Decreto de Alcaldia Nº 009-2023-ALC/MSI. Designan al Comité Electoral que conducirá el proceso de elección de los Delegados Vecinales de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro

Fecha de publicación22 Agosto 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Isidro, 17 de agosto de 2023

LA ALCALDESA DISTRITAL DE SAN ISIDRO

VISTO:

El Memorando N°770-2023-0600-SG/MSI de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 194° y 197° de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades son órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;

Que, el artículo 113°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, prescribe que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito mediante, entre otros, el mecanismo de la participación a través de Juntas Vecinales;

Que, mediante Ordenanza N° 532-MSI se aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales del Distrito de San Isidro, el cual tiene por objeto regular y establecer normas, de forma específica, para la conformación, organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro;

Que, al respecto el artículo 6° del citado Reglamento establece que el Comité Electoral es un órgano integrado por tres (03) miembros titulares, que ejercerán las funciones de Presidente, Vicepresidente y Secretario, y un (01) accesitario, como máximo; los cuales serán propuestos por el CCLD de San Isidro. El Comité Electoral es designado por Decreto de Alcaldía y contará con el asesoramiento de la Municipalidad, así como podrá solicitar el apoyo y asistencia técnica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y la participación del Jurado Nacional de Elecciones (JNE);

Que, asimismo, de acuerdo con el artículo 7° de dicho Reglamento, el Comité Electoral tiene como atribuciones y obligaciones: Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del proceso electoral; aprobar la designación de los miembros de mesa; coordinar con la Municipalidad y la ONPE, la elaboración de los documentos necesarios para llevar a cabo el proceso electoral, así como el soporte logístico y tecnológico que se requiera; aprobar el Padrón Electoral y las listas de candidatos y resolver en única instancia las tachas, impugnaciones, observaciones y nulidades, que se produzcan durante el proceso electoral. Asimismo, resolverá en última instancia, las apelaciones contra las impugnaciones de votos en el acto electoral y proclamar a los candidatos elegidos mediante una comunicación dirigida...

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