ORDENANZA, Nº 532-MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Ordenanza que aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro-ORDENANZA-Nº 532-MSI

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2020

Ordenanza que aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro

ORDENANZA Nº 532-MSI

EL ALCALDE DE SAN ISIDRO

POR CUANTO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 060-2020-CAJLI/MSI de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Laborales e Informática; el Dictamen Nº 015-2020-CCECDHPV/MSI de la Comisión de Comunicaciones, Educación, Cultura, Desarrollo Humano y Participación Vecinal; los Informes Vía Remota N° 01 y N° 014-2020-0130-GPV/MSI de la Gerencia de Participación Vecinal; el Memorándum Vía Remota N° 124-2020-10.00-GTIC/MSI de la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones; y, el Informe Vía Remota N° 0279-2020-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los artículos 194º y 197º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como, promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal;

Que, los artículos 111° y 113°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, prescriben que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal y del ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la Constitución y la respectiva ley de la materia, y que el vecino de una jurisdicción municipal puede ejercer su derecho de participación vecinal en la municipalidad de su distrito mediante, entre otros, el mecanismo de la participación a través de Juntas Vecinales;

Que, a su vez, los artículos 109° y 110º de la precitada Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, y la forma de su elección y revocatoria, serán establecidos mediante ordenanza de la respectiva municipalidad distrital; así como, que el delegado vecinal comunal es elegido, en forma directa, por los vecinos del área urbana o rural a la que representan;

Que, asimismo, el artículo 116° de la misma Ley señala que los concejos municipales, a propuesta del alcalde, de los regidores, o a petición de los vecinos, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones; y que las juntas estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la ordenanza de su creación, así como, el concejo municipal aprueba el reglamento de organización y funciones de las juntas vecinales comunales, donde se determinan y precisan las normas generales a las que deberán someterse;

Que, en este marco normativo, mediante la Ordenanza N° 334-MSI, publicada el 05 de octubre de 2011, la Municipalidad de San Isidro aprobó la Constitución y Reglamento de Organización y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro; norma que ha sido modificada por Ordenanza N° 400-MSI, publicada el 17 de setiembre de 2015, y por Ordenanza N° 497-MSI, publicada el 03 de marzo de 2019;

Que, por su parte, mediante la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 28581 y el Artículo Único de la Ley 29603, se autorizó a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) la implementación progresiva y gradual del voto electrónico con medios electrónicos e informáticos o cualquier otra modalidad tecnológica que garantice la seguridad, y confidencialidad de la votación, la identificación del elector, la integridad de los resultados y la transparencia en el proceso electoral, y la emisión de normas reglamentarias para la implementación del voto electrónico presencial y no presencial, así como, mediante Resolución Jefatural Nº 000022- 2016-J-ONPE, publicada el 28 de enero de 2016, la ONPE ha aprobado el Reglamento de Voto Electrónico;

Que, a su vez, por Decreto Supremo N° 066-2011-PCM, se aprobó el Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - Agenda Digital Peruana 2.0., el cual en la Estrategia 3 de su Objetivo 7, considera desarrollar e implementar mecanismos para asegurar una participación ciudadana como medio para aportar a la gobernabilidad y transparencia de la gestión del Estado, a través del uso de herramientas de Tecnologías de Información y Comunicación -TICs, tales como los foros electrónicos, encuestas específicas, votaciones electrónicas o mediante el correo electrónico;

Que, los artículos y del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM señalan que los Gobiernos Locales continuarán promoviendo y/o vigilando las prácticas saludables y actividades necesarias para afrontar la emergencia sanitaria, y que se encuentran suspendidos todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas, que pongan en riesgo la salud pública, así como el artículo 10° del Decreto Supremo Nº 116-2020-PCM, vigente de acuerdo con la Primera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, establece que los gobiernos locales desarrollan sus actividades de manera gradual, para lo cual adoptarán las medidas pertinentes para el desarrollo de las mismas y la atención a la ciudadanía, salvaguardando las restricciones sanitarias y el distanciamiento social, implementando o habilitando la virtualización de trámites, servicios u otros;

Que, asimismo, por Ordenanza N° 505-MSI, aplicable a partir del 27 de diciembre de 2019, se aprobó la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización de Funciones - ROF de la Municipalidad de San Isidro;

Que, en este nuevo contexto, de acuerdo con sus funciones previstas en el ROF, la Gerencia de Participación Vecinal, con el documento del visto, propone la formulación de una nueva norma que actualice y consolide la regulación de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro, para facilitar y dar transparencia a la normativa de fomento y fortalecimiento de tales espacios de participación vecinal en el distrito, así como para incorporar el uso de herramientas vinculadas a las tecnologías de información y comunicación, en el proceso de elección (voto electrónico presencial y no presencial), con el apoyo técnico de la ONPE, y para el funcionamiento de las Juntas Vecinales (convocatorias y reuniones virtuales), a fin de fomentar y garantizar plenamente la participación vecinal en el distrito en cualquier situación de emergencia o similar;

Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas por los artículos 9°, numeral 8, y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias, el Concejo Municipal por mayoría y con la dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LAS JUNTAS VECINALES DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO

Artículo Primero APROBAR el Reglamento de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro y un (01) Anexo, los que forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo DEROGAR la Ordenanza Nº 334-MSl, sus modificatorias aprobadas por Ordenanzas N° 400-MSI y N° 497-MSI, y todas las demás disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.
Artículo Tercero ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Participación Vecinal.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique, publique y cumpla.

Dado en San Isidro, a los 16 días del mes de diciembre de 2020.

AUGUSTO CACERES VIÑAS

Alcalde

REGLAMENTO DE LAS JUNTAS VECINALES

DEL DISTRITO DE SAN ISIDRO

TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 42
Artículo 1º Objeto

El presente Reglamento tiene por objeto regular y establecer normas, de forma específica, para la conformación, organización y funcionamiento de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro, en adelante, las Juntas Vecinales.

Artículo 2º Finalidad

Garantizar la representatividad de los vecinos del distrito de San Isidro, fomentando un espacio de participación ciudadana como canal de comunicación entre la Municipalidad de San Isidro, en adelante, la Municipalidad, y los vecinos de San Isidro.

Artículo 3º Principios

Son principios que rigen el presente Reglamento:

  1. Participación.- Se busca promover mecanismos, estrategias y espacios que garanticen la interacción entre las Juntas Vecinales y la Municipalidad, con la finalidad de satisfacer el interés común.

  2. Transparencia.- Establece y determina las acciones necesarias con la finalidad de permitir el acceso a la información relacionada con el desarrollo del distrito.

  3. Rendición de cuentas.- Establece la obligación de los representantes de las Juntas Vecinales de informar a los vecinos y autoridades competentes, respecto a los avances, logros y dificultades de las acciones realizadas durante su mandato.

  4. Igualdad.- Todos los vecinos integrantes del Padrón Electoral tienen derecho a participar en el proceso electoral sin importar su raza, sexo, identidad cultural...

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