DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2015-MDS - Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 339-MDS, que aprobó amnistía general tributaria y no tributaria denominada “Pasa la Voz”

Fecha de disposición04 Septiembre 2015
Fecha de publicación04 Septiembre 2015
560729
NORMAS LEGALES
Viernes 4 de setiembre de 2015
El Peruano
/
fecha 05.12.2002, la Municipalidad de Santiago de Surco,
aprobó la independización del terreno sin cambio de uso
en dos parcelas, Parcela N° 3 y Parcela N° 3A, que corren
inscritos en el Asiento B0001 de la Partida Electrónica N°
44653060 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima,
ambos terrenos serán habilitados de of‌i cio en dos etapas.
La primera etapa corresponde a la Parcela N° 3, inscrito
en la Partida Electrónica N°11882571, y la Parcela N° 3-A
en la Segunda etapa que se mantiene en la matriz;
Que, del resultado del Levantamiento Topográf‌i co y
de la revisión técnica realizada, se ha determinado que
esta primera etapa, Parcela N° 3 que formo parte de los
potreros “ Rio Hondo “ y “San Jerónimo “ del Fundo San
Juan con un área de 13,619.70m2, y un perímetro total
de 504.58 ml es concordante con los linderos inscritos
registralmente siendo los siguientes; por el frente con
una línea recta de 78.29 ml colinda con el Jr. Tnte. Gral
Jorge Chamot Biggs ( Antes Calle A); por la derecha con
una línea recta de 174.00 ml colinda con propiedad de
terceros ( Ex- Fundo San Gerónimo Parcela 3A); por la
izquierda con una línea recta de 174.00 ml colinda con
propiedad de terceros; por el fondo con una línea recta de
78.29 ml colinda con propiedad de terceros (Urbanización
Parque de Surco y Urbanización Sagitario);
Que, se ha determinado que el predio matriz a habilitar de
of‌i cio no tiene en trámite ante la municipalidad de Santiago
de Surco, ningún procedimiento de habilitación urbana,
ni de regularización de una ejecutada, ni de recepción de
obras de habilitación urbana a la fecha de publicación de
la Ley N° 29898, Ley que modif‌i ca la Ley N° 29090, Ley de
Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones, ni
está inmerso en los supuestos indicados en el Artículo 40-D
Que, con Informe Nº 776-2015-GAJ-MSS del 24.08.2015,
la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que, mediante los
Informes Nros. 092 y 102-2015-GDU-MSS, la Gerencia
de Desarrollo Urbano remite la propuesta de Habilitación
Urbana de Of‌i cio de la zona denominada Parcela 3, que
forma parte de los potreros Río Hondo y San Jerónimo, del
Fundo San Juan, Urbanización Coovisan Sector 2, del distrito
de Santiago de Surco, inscrito en la Partida 11882571 de la
Zona Registral N° IX - Sede Lima, de la Superintendencia
Nacional de los Registros Públicos, cuyo propietario registral
es Cooperativa de Vivienda del Servicio de Sanidad de la
Policía Nacional del Perú Ltda. y Otros, sustentado en el
Informe N° 738-2015-SGLH-GDU- MSS del 26.06.2015,
de la Subgerencia de Licencias y Habilitación, el cual hace
suyo el Informe Técnico N° 030-2015-OCB del 08.06.2015,
suscrito por la Arquitecta Eva Rocío Cubillas Quispe, en
donde se señala que el citado terreno cuenta con un área de
13,619.70 m2, siendo sus linderos los señalados en dicho
informe técnico, los mismos que no presentan antecedentes
de trámite de habilitación urbana, concluye señalando que
resulta procedente, teniendo en cuenta que la declaración
de la Habilitación Urbana de Of‌i cio, es un procedimiento
excepcional que compete a las Municipalidades; en
consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldía emitir la
Resolución que así lo declare;
Estando a los Informes Nros. 092 y 102-2015-GDU-
MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe
Nº 738-2015-SGLH-GDU-MSS de la Subgerencia de
Licencias y Habilitación, el Informe Nº 776-2015-GAJ-
MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y al amparo
de lo regulado en la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación
de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones, modif‌i cada
del Decreto de Alcaldía Nº 11-2011-MSS; en uso de las
facultades conferidas por los Artículos 20°, numeral 6, y
RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR la HABILITACIÓN
URBANA DE OFICIO de la Primera Etapa correspondiente
a la Urbanización COOVISAN, ubicado en la Parcela N°
3 que forma parte de los Potreros “ Rio Hondo” y “San
Jerónimo “ del Fundo San Juan, ubicada en el Sector
2 del distrito de Santiago de Surco, conformada por el
terreno inscrito en la Partida Registral N° 11882571, cuya
titularidad registral le corresponden a la Cooperativa de
Vivienda del Servicio de Sanidad de la Policía Nacional
del Perú LTDA, Ana Cecilia Olivera Barrera, Carlos
Alfredo Pérez Carranza y su cónyuge Marina Fidela
Casquino Huamán de Pérez, Luis Alberto Pisf‌i l Cabrera
y su cónyuge Rosa Milagros Reyes Sotelo, Freddy Kelber
Ortega Berrospi, John Clementino Villar Aranda y su
cónyuge Teóf‌i la Martha Pulcha Pulcha, Karina Chávez
López, Graciela Medalid Avelino Navarro y su cónyuge
Alberto Felipe Yinki Zavala, AVM Constructora SAC,
Liz Ketty Vargas Tuero y su cónyuge Wilber Ramírez
Martínez.
Artículo Segundo.- APROBAR los planos PU-046-
2015-SGLH-GDU-MSS, PP-048-2015-SGLH-GDU-MSS,
PTL-049-2015-SGLH-GDU-MSS, y PA-050 -SGLH-GDU-
MSS que forman parte de la ´presente resolución.
Artículo Tercero.- APROBAR consecuentemente
el Cuadro General de Distribución de Áreas del Predio
ubicado en la Parcela N° 3 que forma parte de los
Potreros “ Río Hondo” y “San Jerónimo “del Fundo San
Juan Santiago de Surco, contenidos en el plano PTL-049-
2015-SGLH-GDU-MSS, según el siguiente detalle:
CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS
PREDIO RÚSTICO UBICADO EN LA PARCELA N° 3 QUE FORMA
PARTE DE LOS POTREROS “RIO HONDO” Y “SAN JERÓNIMO”
DEL FUNDO SAN JUAN SANTIAGO DE SURCO
P.E N° 11882571
USO ÁREA (M2) % PARCIAL % GENERAL
ÁREA BRUTA 13,619.70 100.00
ÁREA DE VIVIENDA 8527.90 62.62
ÁREA DE CIRCULACIÓN
Y VÍA 3,794.40 27.86
PARQUE 914.20 6.71
ÁREA RESERVADA 383.20 2.81
Artículo Cuarto.- DISPONER la Inscripción Registral
del cambio de rustico a urbano de la Urbanización
COOVISAN, ubicado en la Parcela N° 3 que forma
parte de los Potreros “ Río Hondo” y “San Jerónimo “del
Fundo San Juan, ubicada en el Sector 2 del distrito de
Santiago de Surco, conformada por el terreno inscrito en
la Partida Registral N°11882571, al haberse declarado la
Habilitación Urbana de Of‌i cio, de acuerdo a los planos
PU-046-2015-SGLH-GDU-MSS, PP-048-2015-SGLH-
GDU-MSS, PTL-049-2015-SGLH-GDU-MSS, y PA-050
-SGLH-GDU-MSS que forman parte de la presente
Resolución, acto que se formalizará mediante la gestión
individual del propietario ante el Registro de Predios de
la Zona Registral Nº IX – Sede Lima, precisando que
los referidos planos serán publicados en la página web
institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco:
www.munisurco.gob.pe.
Las áreas de vías de acuerdo al Artículo 56° de la Ley
de uso y dominio público.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano remitir a la Municipalidad Metropolitana
de Lima copia de la Resolución y los planos que la
sustentan.
Artículo Sexto.-. ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación de la presente Resolución, en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
ROBERTO GÓMEZ BACA
Alcalde
1282938-1
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº
339-MDS, que aprobó amnistía general
tributaria y no tributaria denominada “Pasa
la Voz”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 009-2015-MDS
Surquillo, 31 de agosto de 2015

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