Decreto de Alcaldia Nº 008-2022-A/MDSJL. Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 420-MDSJL, que establece “Beneficio Tributario y no Tributario en la jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho”

Fecha de publicación31 Agosto 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
San Juan de Lurigancho, 25 de agosto de 2022

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

VISTO: El Memorando Nº 707-2022-GM/MDSJL, de fecha 25 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Legal Nº 126-2022-GAJ/MDSJL, de fecha 25 de agosto de 2022, expedido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 046-2022-GAT/MDSJL, de fecha 18 de agosto de 2022, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; y el Informe Nº 261-2022-SGRyOT-GAT/MDSJL, de fecha 04 de agosto de 2022, expedido por la Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria; mediante el cual se solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 420-MDSJL, de fecha 16 de junio de 2022, que aprobó el “Beneficio Tributario y no Tributario en el distrito de San Juan de Lurigancho; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ordenanza Nº 420-MDSJL, de fecha 16 de junio de 2022, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 19 de junio de 2022, se aprobó el “Beneficio tributario y no tributario en el distrito de San Juan de Lurigancho”; asimismo, en la Quinta Disposición Transitoria y Final de dicha ordenanza, se faculta al Alcalde para que dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la ordenanza, así como para aprobar y determinar la prórroga de su vigencia;

Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-2022-A/MDSJL, de fecha 27 de junio de 2022, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 420-MDSJL, ordenanza que aprobó el “Beneficio tributario y no tributario en el distrito de San Juan de Lurigancho”, hasta el 30 de julio de 2022; con Decreto de Alcaldía Nº 007-2022-A/MDSJL, de fecha 20 de julio de 2022, se prorrogó la vigencia de la mencionada ordenanza hasta el 31 de agosto de 2022, a fin de mantener el beneficio tributario y no tributario descrito en el párrafo precedente, con resultados positivos;

Que, a través del Informe Nº 261-2022-SGRyOT-GAT/MDSJL, de fecha 25 de agosto de 2022, la Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria, propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 420-MDSJL, de fecha 16 de junio de 2022, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 19 de junio de 2022, que aprobó el “Beneficio tributario y no tributario en el distrito de San Juan de...

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