DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2015-MDLP/AL - Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos implementado en un 30% de Viviendas del distrito de La Punta.

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Fecha de la disposición28 de Julio de 2015
558338 NORMAS LEGALES Martes 28 de julio de 2015 /
El Peruano
Distritales son responsables de la gestión de residuos
sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas
actividades que generen residuos similares a estos, en
todo ámbito de su jurisdicción, asegurando una adecuada
prestación del servicio de limpieza pública, recolección
y transporte de residuos en su producción, debiendo
garantizar la adecuada disposición nal de los mismos;
Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos
Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
057-2004-PCM, precisa en el Artículo 23 que las
Municipalidades Distritales formulan sus planes sobre
el Manejo de Residuos Sólidos, con participación de la
ciudadanía, en coordinación con el Gobierno regional,
Autoridades de Salud Ambiental y demás autoridades
competentes previstas en la Ley;
Que, el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS)
para el Distrito de La Punta ha sido elaborado por la
Municipalidad Distrital de La Punta a través de los
funcionarios integrantes del Equipo Técnico Local de
Residuos Sólidos y por los miembros Comisión Ambiental
Municipal, el cual establece las condiciones para una
adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en todo
el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición
nal, asegurando una e ciente y e caz prestación de los
servicios y actividades;
Que, mediante Informe Nº 101-2015-MDLP/DMA, la
División de Medio Ambiente, con el visto de la Gerencia
de Servicios a la Ciudad, presenta el Plan de Manejo de
Residuos Sólidos del distrito de La Punta, el cual sustenta
el cumplimiento de metas establecidas en el Plan de
Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal del año 2015;
Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 251-2015-
MDLP/OAJ de la O cina de Asesoría Jurídica y de
conformidad con lo dispuesto en el Numeral 9 del Artículo
9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo
Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación
del acta, APROBÓ la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE
MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO
DE LA PUNTA
Artículo 1º.- APROBAR el “Plan de Manejo de
Residuos Sólidos del Distrito de La Punta”, que como
anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto cualquier normatividad
que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo 3º.- Facultar al Señor Alcalde para que,
mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
necesarias para la correcta aplicación del Plan de Manejo
de Residuos Sólidos del Distrito de La Punta, para el mejor
cumplimiento del mismo.
Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Servicios
a la Ciudad, a través de la División de Medio Ambiente,
la implementación y ejecución del Plan de Manejo de
Residuos Sólidos del Distrito de La Punta, en coordinación
con las demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad.
Artículo 5º.- Encargar a la O cina de Secretaría
General, Archivo e Imagen Institucional la publicación en
el Diario O cial “El Peruano” de la presente Ordenanza.
Artículo 6º.- Encargar a la Unidad de Tecnología de la
Información la publicación de la Ordenanza y el citado Plan
anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe),
en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.
servicioalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional de
la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.
gob.pe).
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JOSE RISI CARRASCAL
Alcalde
1267912-1
Aprueban el Programa de Segregación
en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos implementado en un 30%
de Viviendas del distrito de La Punta
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-2015-MDLP/AL
La Punta, 24 de julio del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PUNTA
VISTO:
El Informe Nº 105-2015-MDLP/DMA de fecha 23 de
julio del 2015, remitido por la División de Medio Ambiente,
y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo
194º de la Constitución Política del Estado, modi cado
por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del
Título IV, sobre descentralización, Ley Nº 27680, establece
que las Municipalidades Distritales tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, los numerales 4.1 y 4.5 del Artículo 80° de
la Ley Nº 27972 establecen que las municipalidades,
administran y reglamentan el servicio de limpieza pública y
tratamiento de residuos sólidos, entre otros, cuando estén
en capacidad de hacerlo;
fecha 22 de febrero del 2015, para el cumplimiento de la
Meta 05 del Plan de Incentivos 2015, “Metas que deben
cumplir las municipalidad al 31 de julio del año 2015”,
la Municipalidad debe implementar en su jurisdicción
un programa de segregación en la fuente y recolección
selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 30% de
las viviendas urbanas del distrito;
Que, en ese sentido, mediante Informe de Visto, la
División de Medio Ambiente, con el visto de la Gerencia
de Servicios a la Ciudad, presenta el documento técnico
denominado PROGRAMA DE SEGREGACIÓN EN LA
FUENTE Y RECOLECCIÓN SELECTIVA DE RESIDUOS
SÓLIDOS DEL DISTRITO DE LA PUNTA, a n de que sea
elevado al órgano de alta dirección para su aprobación
mediante decreto de alcaldía, conforme a lo dispuesto en
las metas establecidas del Plan de Incentivos a las Mejora
de la Gestión y Modernización Municipal;
Que, de acuerdo al Artículo 42° de la Ley Orgánica
de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldía se
establecen normas reglamentarias y se resuelven o regulan
asuntos de orden general y de interés del vecindario;
Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº
260-2015-MDLP/OAJ de la O cina de Asesoría Jurídica,
y en uso de las facultades contenidas en el numeral 6 del
DECRETA:
Artículo 1º.- APROBAR el Programa de Segregación
en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos
implementado en un 30% de Viviendas del Distrito de La
Punta, que forma parte del presente Decreto.
Artículo 2º.- REMITIR al Ministerio del Ambiente copia
del presente Decreto y del Programa de Segregación en
la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos
implementado en un 30% de Viviendas del Distrito de La
Punta.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios
a la Ciudad, a través de la División de Medio Ambiente, el
cumplimiento del presente Decreto.
Artículo 4º.- ENCARGAR a la O cina de Secretaría
General, Archivo e Imagen Institucional la publicación del
presente Decreto en el Diario O cial El Peruano; y a la
Unidad de Tecnología de la Información del mismo y del
Programa anexo en el Portal del Estado Peruano (www.
peru.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y
Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el
Portal Institucional (www.munilapunta.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSE RISI CARRASCAL
Alcalde
1267914-1
NL20150728.pdf 8NL20150728.pdf 8 7/30/2015 9:39:14 AM7/30/2015 9:39:14 AM

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