DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2015/MM - Aprueban el “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas del Distrito de Miraflores”, en un 29% de ellas

EmisorMUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Fecha de la disposición27 de Julio de 2015
558329
NORMAS LEGALES
Lunes 27 de julio de 2015
El Peruano
/
selección de personal para cubrir la mencionada plaza
vacante, elaborando para tal efecto el Reglamento del
Concurso Público Nº 01-2015;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº
000303 de fecha 06 de julio del 2015, se declara concluido
el Concurso Público Nº 01-2015, conforme lo establece el
Acta Final de la Comisión, que forma parte integrante de
la mencionada Resolución;
Que, habiendo desarrollado satisfactoriamente el
citado Concurso Público para cubrir la Plaza CAP Nº
037, Nivel P-1, de la Gerencia General Regional del
Gobierno Regional del Callao, dando por ganadora
del proceso a la Abog. Hortensia Elena Ferreyros
Soto, por lo tanto la Comisión encargada declaró
concluido el mismo y dispone se realicen los trámites
correspondientes para la incorporación del personal
seleccionado;
Que, mediante documentos de vistos, se solicita
designar a la ganadora de la plaza y a su vez, se encargue
a la O cina de Tramite Documentario y Archivo, realizar
los trámites necesarios para la publicación de la presente
Resolución en el Diario O cial El Peruano y en el de
mayor circulación local;
Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DESIGNAR, a la Abog. Hortensia Elena
Ferreyros Soto, como Auxiliar Coactivo, Plaza CAP
Nº 037, Nivel P-1, de la Gerencia General Regional del
Gobierno Regional del Callao, conforme a lo señalado en
el Artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientos
de Ejecución Coactiva.
Artículo 2º.- ENCARGAR, a la O cina de Tramite
Documentario y Archivo, realizar los trámites necesarios
para la publicación de la presente Resolución en el
Diario O cial El Peruano y el diario El Callao, y noti car
la presente Resolución a las diferentes dependencias del
Gobierno Regional del Callao.
Regístrese y comuníquese.
FELIX MORENO CABALLERO
Gobernador
1267237-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
Aprueban el “Programa de Segregación
en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas
Urbanas del Distrito de Miraflores”, en un
29% de ellas
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2015/MM
Mira ores, 24 de julio de 2015
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Perú señala que las municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia. De igual modo, según el artículo II
del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, la autonomía que la Carta Magna
establece para las municipalidades radica en la facultad
de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
se aprueba los procedimientos para el cumplimiento
de metas y la asignación de los recursos del Plan de
Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización
Municipal del año 2015;
Que, una de las metas consideradas en el citado Plan
de Incentivos es la “META 01: Implementar un programa
de segregación en la fuente y recolección selectiva de
residuos sólidos domiciliarios en viviendas urbanas del
distrito, según el porcentaje establecido en el instructivo”.
En ese sentido, acorde con lo previsto en el numeral 3.1
del artículo 80 de la Ley Nº 27972, debe considerarse
que son competencias y funciones especí cas de
las municipalidades distritales, proveer el servicio de
limpieza pública determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios;
Que, la Subgerencia de Desarrollo Ambiental, a través
del Informe Nº 66-2015-SGMA-GDUMA/MM, señala que
es necesario aprobar el programa de segregación en
la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos en
un 29% de las viviendas urbanas de distrito, según lo
previsto en la citada META 01; por lo cual, la Gerencia de
Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, con el Memorando
Nº 0156-2015-GDUMA/MM, indica que debe procederse
con el trámite respectivo para estos efectos;
Que, de acuerdo con la normatividad citada, la
Subgerencia de Racionalización y Estadística, según
Informe Nº 049-2015-SGRE-GPP/MM, señala que
habiendo veri cado el mencionado programa elaborado
por la Subgerencia de Desarrollo Ambiental, advierte que
este cumple con los contenidos mínimos previsto en el
instructivo aplicable, por lo que a efectos de cumplir con la
META 01 es necesario aprobar dicho programa mediante
un decreto de alcaldía, el mismo que deberá ser publicado
conforme con lo previsto en el artículo 44 de la Ley Nº
27972;
Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoría
Jurídica concluye, en el Informe Legal Nº 214-2015-
GAJ/MM, que no existe impedimento legal alguno para
aprobar, mediante decreto de alcaldía, el Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas del
Distrito de Mira ores”, con la nalidad de cumplir la META
01 del Decreto Supremo Nº 033-2015-EF, de acuerdo con
lo recomendado por las áreas técnicas;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de
DECRETA:
Artículo Primero.- Aprobar el “Programa de
Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de
Residuos Sólidos Domiciliarios en Viviendas Urbanas
del Distrito de Mira ores”, en un 29% de ellas, en
cumplimiento de lo indicado en la META 01 del Decreto
Supremo Nº 033-2015-EF
Artículo Segundo.- Precisar que la Subgerencia de
Desarrollo Ambiental es la unidad orgánica responsable
de la implementación, desarrollo y actualización, de ser
el caso, del programa aprobado en virtud del artículo
precedente.
Artículo Tercero.- Encargar a la Subgerencia de
Limpieza Pública y Áreas Verdes como la unidad orgánica
responsable de la coordinación operativa del recojo de los
residuos sólidos generados por la ejecución del programa
aprobado, según el artículo primero del presente
dispositivo.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la
publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario
O cial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones
e Imagen Institucional, su publicación en el Portal
Institucional (www.mira ores.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE MUÑOZ WELLS
Alcalde
1267604-1
NL20150727.pdf 15 7/30/2015 9:38:26 AM

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