Decreto de Alcaldia N° 002-2023-MPL. Convocan a los Comités Vecinales del distrito a las elecciones de Juntas Directivas de las Juntas Vecinales Sectoriales del distrito de Pueblo Libre y aprueban cronograma del proceso electoral
Fecha de publicación | 20 Abril 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Pueblo Libre, 14 de abril de 2023
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO
LIBRE
VISTO, el Informe Nº 051-2023-MPL/SG/SGPV de fecha 24 de marzo de 2023 emitido por la Subgerencia de Participación Vecinal; el Informe Nº 209-2023-MPL-GAJ, de fecha 31 de marzo de 2023 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando Nº 963-2023-MPL-GM de fecha 31 de marzo de 2023 emitido por la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, dispone que la municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; asimismo, de acuerdo al inciso 5.1) del artículo 73 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las municipalidades están facultadas para: Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local; asimismo, el artículo 110º de la citada norma señala que la constitución y delimitación de los comités vecinales, el número de sus delegados así como la norma de su elección y revocatoria serán establecidos mediante ordenanza de la respectiva municipalidad distrital;
Que, la Ordenanza Nº 612-MPL aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de los Comités Vecinales y Junta Vecinales Sectoriales del distrito de Pueblo Libre, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de marzo de 2023;
Que, el artículo 40º del Reglamento en mención, señala en su parte pertinente que, el Acalde, mediante Decreto de Alcaldía convoca a elecciones para integrar los Órganos Directivos de las Juntas Vecinales Sectoriales, con una anticipación no menor de 30 días naturales, las que se llevará a cabo obligatoriamente a más tardar en la primera quincena del mes de noviembre del año en el que concluye el mandato de los órganos directivos salientes.
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final y Transitoria de la referida Ordenanza, señala que, por única vez y por tratarse del inicio de una nueva gestión y un nuevo Reglamento, la convocatoria para la elección de los Comités Vecinales y las juntas Vecinales Sectoriales para el periodo 2023-2024, se realizará de forma inmediata por Decreto del Alcaldía dentro del cuarto mes del año electivo a la publicación de la presente Ordenanza;
Que, en atención a lo expuesto, mediante el Informe Nº 051-2023-MPL-SG/SGPV del 24 de marzo de 2023, la Subgerencia de Participación Vecinal solicita se convoque a la elección de las Juntas Directivas de las Juntas Vecinales Sectoriales del Distrito de Pueblo Libre para el...
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO
LIBRE
VISTO, el Informe Nº 051-2023-MPL/SG/SGPV de fecha 24 de marzo de 2023 emitido por la Subgerencia de Participación Vecinal; el Informe Nº 209-2023-MPL-GAJ, de fecha 31 de marzo de 2023 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando Nº 963-2023-MPL-GM de fecha 31 de marzo de 2023 emitido por la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, dispone que la municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; asimismo, de acuerdo al inciso 5.1) del artículo 73 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las municipalidades están facultadas para: Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local; asimismo, el artículo 110º de la citada norma señala que la constitución y delimitación de los comités vecinales, el número de sus delegados así como la norma de su elección y revocatoria serán establecidos mediante ordenanza de la respectiva municipalidad distrital;
Que, la Ordenanza Nº 612-MPL aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de los Comités Vecinales y Junta Vecinales Sectoriales del distrito de Pueblo Libre, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de marzo de 2023;
Que, el artículo 40º del Reglamento en mención, señala en su parte pertinente que, el Acalde, mediante Decreto de Alcaldía convoca a elecciones para integrar los Órganos Directivos de las Juntas Vecinales Sectoriales, con una anticipación no menor de 30 días naturales, las que se llevará a cabo obligatoriamente a más tardar en la primera quincena del mes de noviembre del año en el que concluye el mandato de los órganos directivos salientes.
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final y Transitoria de la referida Ordenanza, señala que, por única vez y por tratarse del inicio de una nueva gestión y un nuevo Reglamento, la convocatoria para la elección de los Comités Vecinales y las juntas Vecinales Sectoriales para el periodo 2023-2024, se realizará de forma inmediata por Decreto del Alcaldía dentro del cuarto mes del año electivo a la publicación de la presente Ordenanza;
Que, en atención a lo expuesto, mediante el Informe Nº 051-2023-MPL-SG/SGPV del 24 de marzo de 2023, la Subgerencia de Participación Vecinal solicita se convoque a la elección de las Juntas Directivas de las Juntas Vecinales Sectoriales del Distrito de Pueblo Libre para el...
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