Punta Hermosa, 7 de marzo del 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUNTA HERMOSA
VISTO:
El Informe Nº 047-2024-OPPM-MDP de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, es el órgano de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa, reconocida por la Constitución Política de la Nación, correspondiéndole por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades promover el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental;
Que, de conformidad al Artículo Nº 53 de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión; los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción;
Que, en el Capítulo II del Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, se establecen las “Fases del Proceso de Presupuesto Participativo”
Que, la Ordenanza Nº 513-MDPH de fecha 06 de marzo de 2024 que regula el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Punta Hermosa, en Disposiciones Complementarias y Finales, numeral Tercera establece que, “Mediante Decreto de Alcaldía, se establecerá el monto asignado al Presupuesto Participativo para el año fiscal correspondiente además de la convocatoria para el inicio del proceso de Presupuesto Participativo y aprobaran los formatos que resulten necesarios para el mejor desarrollo del proceso, a propuesta del equipo técnico”.
Que, los artículos 1º y 2º de la Ley Marco del Presupuesto Participativo – Ley Nº 28056 define “El proceso del presupuesto...