RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 431-2015-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Declaran plataforma oficial del Ministerio a la Plataforma de Acción contra la Discriminación Étnico y/o Racial "Alerta Contra el Racismo"
Fecha de disposición | 23 Noviembre 2015 |
Fecha de publicación | 25 Noviembre 2015 |
Lima, 23 de noviembre de 2015
Vistos, el Informe N° 068-2015-DEDR-DGCI-VMI/MC de la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial; el Informe N° 113-2015-DGCI-VMI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Memorando N° 334-2015-VMI/MC de la Viceministra de Interculturalidad; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley, y nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole; asimismo, el numeral 19 del referido artículo señala que, toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural, y el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación;
Que, asimismo el artículo 55 de nuestra Carta Magna, establece que los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional; y, la cuarta disposición final y transitoria estipula que las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú;
Que, el Estado peruano ha suscrito tratados internacionales que lo obligan a promover y proteger los derechos humanos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial; la Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos; el Convenio N°169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos indígenas y tribales en países independientes, los cuales establecen la obligación de respetar y garantizar los derechos y libertades en ellos reconocidos, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social;
Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, constituyendo un...
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