RESOLUCION, Nº 0291-2015-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran infundada solicitud de vacancia de regidor del Concejo Provincial de Pacasmayo, departamento de La Libertad

Fecha de disposición13 Octubre 2015
Fecha de publicación17 Noviembre 2015

Expediente N° J-2015-00230-A01

PACASMAYO - LA LIBERTAD

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, trece de octubre de dos mil quince.

VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación que José Manuel Castro Huamaní interpuso en contra del Acuerdo de Concejo N° 046-2015-MPP, del 15 de julio de 2015, que declaró su vacancia en el cargo de regidor del Concejo Provincial de Pacasmayo, departamento de La Libertad, y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES

La solicitud de vacancia

El 2 de junio de 2015, Fredy Willian Ventura Carlos solicitó que se declare la vacancia de José Manuel Castro Huamaní, regidor del Concejo Provincial de Pacasmayo, departamento de La Libertad. Esto por cuanto considera que dicha autoridad incurrió en las causales de impedimento sobreviniente a la elección, restricciones en la contratación y nepotismo, previstas en los numerales 10, 9 y 8, respectivamente, del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM).

Sobre la causal de impedimento sobreviniente a la elección (artículo 22, numeral 10 de la LOM), el solicitante de la vacancia manifestó que el regidor se encontraba impedido de postular al cargo debido a que mantiene una deuda con la Municipalidad Provincial de Pacasmayo. Indicó que en diciembre de 2010, el entonces también regidor suscribió un compromiso de pago para devolver S/. 17,805.00 a la comuna edil, por concepto de dietas cobradas de manera indebida, pero que en setiembre de 2012 solicitó y le fueron devueltos los S/. 1,200.00 hasta entonces abonados, sin que previamente dejara sin efecto el compromiso de pago que suscribió el año 2010. Asimismo, afirmó que el compromiso de pago aún vigente constituyó para el regidor un impedimento para postular a la reelección en las pasadas Elecciones Municipales de 2014, porque así lo dispone el artículo 9, numeral 4, de la Ley de Elecciones Municipales, que se remite a su vez al artículo 23, numeral 8, de la LOM.

El solicitante de la vacancia también refirió que el compromiso de pago celebrado entre la entidad municipal y el regidor, de setiembre de 2010, es un contrato dentro de los términos previstos en el artículo 63 de la LOM, al que se remite el artículo 22, numeral 9, de la misma ley, por lo que la autoridad edil cuestionada está incursa en la causal de restricciones en la contratación.

Finalmente, el solicitante de la vacancia alegó que el regidor incurrió en la causal de nepotismo, pues ejerció injerencia para que la administración municipal contrate a su hermana Arlita Cecilia Rodríguez Huamaní y a los parientes de su esposa Karina Magdalena Cruz Veramatos, a saber, Juan Carlos Romero Cruz, Enco Ruggieri Veramatos Gutiérrez, Evelyn Tatiana Veramatos Gutiérrez y Petronila Gutiérrez Núñez.

Como prueba, se presentaron los siguientes documentos:

  1. Copia del Oficio N° 098-2013-OCI/MPP, del 7 de octubre de 2013, que el jefe (e) del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo dirige al alcalde (fojas 507 y 508), mediante el cual se alcanza copia del convenio suscrito por el regidor José Manuel Castro Huamaní.

  2. Copia del Oficio N° 124-2011-OCI/MPP, del 2 de setiembre de 2011, mediante el cual el jefe (e) del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo remite al alcalde el informe largo de la auditoría a la información financiera de la entidad municipal del año 2009 (fojas 509).

  3. Copia de parte del informe largo de auditoría antes mencionado, en el que se indica que el regidor, entre otros miembros del concejo municipal, han firmado un acta de compromiso con la entidad sobre la devolución de remuneraciones y dietas pagadas indebidamente correspondientes al periodo 2007-2010 (fojas 510 a 516).

  4. Copia autenticada por fedatario del compromiso de pago del 27 de diciembre de 2010, firmado por el regidor José Manuel Castro Huamaní, mediante el cual se comprometió a devolver el íntegro de las dietas según lo detallado en el informe de auditoría, ascendente a S/. 17,805.00 (fojas 517).

  5. Copia autenticada por fedatario del Informe N° 034-2012-UT/MPP, del 10 de setiembre de 2012, que el tesorero de la comuna edil dirige al subgerente de asesoría legal, por el cual informa que el regidor depositó S/. 1,200.00 por concepto de devolución según la auditoría a la información financiera del año 2009 (fojas 518 a 525, incluidos los anexos).

  6. Copia simple de la Disposición Fiscal N° 02, del 27 de febrero de 2012, recaída en la carpeta fiscal N° 1665-2011, mediante la cual la fiscalía provincial corporativa especializada en delitos de corrupción de funcionarios de La Libertad resuelve no haber lugar a formalizar investigación preparatoria contra el regidor José Manuel Castro Huamaní, entre otros, como autores de los delitos contra la administración pública en las modalidades de peculado doloso por apropiación y malversación de fondos en agravio de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo (fojas 527 a 532).

  7. Copia de la Carpeta Fiscal N° 1665-2011, del 25 de julio de 2012, mediante la cual se declara consentida la Disposición Fiscal N° 02 (fojas 533).

  8. Copia autenticada por fedatario del escrito del 5 de setiembre de 2012, mediante el cual el regidor José Manuel Castro Huamaní solicitó la devolución de los importes abonados por “el supuesto pago indebido” de dietas correspondientes a la gestión 2007-2010 (fojas 534).

  9. Copia autenticada por fedatario de la Resolución de Alcaldía N° 587-2012-MPP, del 14 de setiembre de 2012, mediante la cual se autoriza la devolución de S/. 1,200.00 al regidor José Manuel Castro Huamaní, por concepto de pago indebido durante la gestión 2007-2010 (fojas 535).

  10. Copia autenticada por fedatario del comprobante de pago N° 03498, del 20 de setiembre de 2012, emitido a nombre de José Manuel Castañeda Huamaní, por S/. 1,200.00 (fojas 536).

  11. Copia autenticada por fedatario del Informe N° 007-2013-MPP-GM, del 19 de julio de 2013, que el gerente municipal dirige al alcalde de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, en el cual indica que este último “debe expedir resolución declarando la nulidad de la Resolución de Alcaldía N° 587-2012 MPP y a su vez resolver el compromiso de devolución de la suma adeudada en forma mensual y por la suma de S/. 100.00 […]” (fojas 537 a 539).

  12. Copia autenticada por fedatario de la Resolución de Alcaldía N° 433-2013-MPP, del 2 de agosto de 2013, mediante la cual se declara la nulidad de la Resolución de Alcaldía N° 587-2012-MPP y se resuelve el compromiso de devolución de la suma adeudada por el regidor José Manuel Castro Huamaní (fojas 540 y 541).

  13. Copia autenticada por fedatario de la carta notarial, del 4 de octubre de 2013, dirigida al regidor José Manuel Castro Huamaní, con la que se remite la Resolución de Alcaldía N° 433-2013-MPP (fojas 542).

  14. Copia certificada de la partida de nacimiento del regidor José Manuel Castro Huamaní, en el que se indica que es hijo de Juan Sacramento Castro, natural de San Pedro de Lloc, y de María Luz Huamaní, natural de Cajamarca (fojas 543).

  15. Copia certificada del acta de nacimiento de Arlita Cecilia Rodríguez Huamaní, en el que se indica que es hija de Juan Rodríguez Torres, natural de San Pedro de Lloc...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR