RESOLUCION DE ALCALDIA N° 235-2014/MDSMP - Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de inmueble constituido por terreno sobre el cual se localiza la Urbanización Fhiladelfia I Etapa, ubicado en el distrito

Fecha de disposición08 Octubre 2014
Fecha de publicación08 Octubre 2014
El Peruano
Miércoles 8 de octubre de 2014
534382
- de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edif‌i caciones,
su modif‌i catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento
con las facultades conferidas mediante Resolución de Alcaldía
Nº 211-2014/MDSMP (19.SETIEMBRE.2014);
RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación
de la Habilitación Urbana del inmueble con un área total de
22,900.00 m², terreno constituido por las Parcelas 10201,
10203 y 10204 del ex Fundo Santa Rosa e inscrito en la Ficha
Nº 300053 y Partida Nº 46244702 del Registro de la Propiedad
Inmueble de Lima, sobre el cual se localiza la Urbanización
Dueñas y la Urbanización San Valentín II Etapa, ubicado en
esta jurisdicción, provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la
Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado
con el Nº 088-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria
Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle:
CUADRO DE AREAS “URB. DUEÑAS”
AREA BRUTA TOTAL: 10,965.00 M2
AREA DE LOTES DE VIVIENDA 6,685.72 M2
AREA DE COMPENSACION 285,69 M2
AREA DE VIAS 3,993.59 M2
CUADRO DE AREAS “SAN VALENTIN II”
AREA BRUTA TOTAL: 11,935.00 M2
AREA DE LOTES DE VIVIENDA 7,398.13 M2
AREA DE COMPENSACION 755.31 M2
AREA DE VIAS 3,781.56 M2
CUADRO GENERAL DE AREAS
AREA BRUTA TOTAL: 22,900.00 M2
AREA UTIL DE VIVIENDA (111 LOTES) 14,083.85 M2
AREA DE COMPENSACION 1,041.00 M2
AREA DE VIAS 7,775.15 M2
Artículo Cuarto.- REMITIR a la Municipalidad
Metropolitana de Lima copia certif‌i cada de la resolución
municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de
Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano
Catastral y Plano de Lotización Nº 088-2014-SGCyHU-
GDU-MDSMP, para su conocimiento.
Artículo Quinto.- COMUNICAR la presente resolución
a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales –SBN,
para los f‌i nes que corresponda.
Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la
presente resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano, en
un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de
notif‌i cada la misma, a cargo de los propietarios del predio
objeto de la Habilitación Urbana de Of‌i cio.
Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas,
Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de
Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo
Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias,
incorporen la Habilitación Urbana de Of‌i cio a que se ref‌i ere
el artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano
del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los
predios resultantes en su Registro de Contribuyentes.
Artículo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO
el presente acto administrativo a la parte interesada e
instancias administrativas que correspondan.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARMEN ROSA BEAS ARANDA
(e) Alcaldía
1146746-1
Declaran de oficio la aprobación de
la habilitación urbana de inmueble
constituido por terreno sobre el cual se
localiza la Urbanización Fhiladelfia I
Etapa, ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 235-2014/MDSMP
San Martín de Porres, 1 de octubre del 2014.
LA TENIENTE ALCALDESA DEL DISTRITO DE
SAN MARTÍN DE PORRES
VISTO: El Informe Nº 471-2014-GDU-MDSMP de la
Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de
Habilitación Urbana de Of‌i cio de predio; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de
Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación
Urbana de Of‌i cio, del terreno constituido por la Parcela
Nº 10223 del ex Fundo Santa Rosa que, según la Ficha
Nº 444128 y continuada en la Partida Electrónica Nº
46244893 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima,
se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción, y sobre el
cual se ha constituido la Urbanización Fhiladelf‌i a I Etapa,
cuya área total es de 48,400.00 m²;
Que, mediante Informe Nº 1244 -2014-SGCyHU-GDU-
MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones
Urbanas señala que, recogiendo el Informe Nº 003-
2014-MPA-SGCHU-GDU/MDSMP, se indica que el
terreno de 48,400.00.00 m², sobre el cual se desarrolla
la Urbanización Fhiladelf‌i a I Etapa, se encuentra
totalmente consolidada respecto al área útil, contando
con edif‌i caciones y servicios públicos domiciliarios; por
lo que cumple con las condiciones para que se declare
habilitado de of‌i cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº
29898, que modif‌i ca la Ley Nº 29090 – de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones que establece
el procedimiento de Habilitación Urbana de Of‌i cio y el
Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario
of‌i cial El Peruano el 14.MAYO.2007, aprueba el Reajuste
Integral de la Zonif‌i cación de los Usos del Suelo de los distritos
de San Martín de Porres, Independencia, Comas y Los Olivos
y de una parte del distrito del Rímac, que son parte de las
Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana,
conforme al Plano de Zonif‌i cación de los Usos del Suelo,
calif‌i cando al terreno materia de tráimte con zonif‌i cación:
Zonif‌i cación Residencial de Densidad Media – RDM;
Que, de conformidad con el Plano del Sistema Vial
Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº
341-MML, que aprueba el Sistema Vial Metropolitano, el
terreno se encuentra afectado por vías metropolitanas de
nivel vía expresa, como es la Av. Canta Callao; y respecto
a las vías locales se tiene que sobre el terreno se propone
la continuidad de las vías colindantes que han def‌i nido
los derechos de vías existentes, así como su conexión
a través de estas calles locales con la Av. Canta Callao;
que las vías locales propuestas se denominan: Calle 1,
Calle 2, Calle 4, Calle 5 y Calle B con una sección D-D de
11.40 m., Pasaje S/N con una sección F-F con 6.00 m.,
Prolongación Av. Pacasmayo con sección variable D-D de
11.40 m. y C-C de 15.40 m., cumpliendo los módulos con
lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edif‌i caciones;
y con relación a los aportes reglamentarios, en aplicación a
lo establecido en el artículo 40º, numeral 40.3 del Decreto
Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, las habilitaciones
urbanas declaradas de of‌i cio no se encuentran sujetas a
los aportes de la Habilitación Urbana; pero ésta contempla
un área reservada para Recreación Pública ( Parque), por
lo que la propuesta resulta Conforme;
Que, el Informe Nº 1429-2014-GAJ/MDSMP de la
Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente
trámite cumple con las disposiciones establecidas para
el procedimiento de Habilitación Urbana de Of‌i cio,
incorporado a la Ley Nº 29090 mediante Ley Nº 29898 y
se emita la respectiva resolución de alcaldía;
Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de
Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano;
De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43
de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley
Nº 29090 - de Regulación de Habilitaciones Urbanas y
Edif‌i caciones, su modif‌i catoria Ley Nº 29898, así como
su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº
008-2013-VIVIENDA; y con las facultades conferidas
por la Resolución de Alcaldía Nº 211-2014/MDSMP (19.
SETIEMBRE.2014);
RESUELVE
Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la
aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con

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