La decisión de los otros

AutorLeónidas Wiener
CargoEgresado de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Perú. Adjunto de Docencia del curso Sociología del Derecho en la misma Universidad. Actualmente se encuentra elaborando una tesis acerca de comunidades en el sur andino de Perú.
Páginas120-133

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Lo global y lo particular

La globalización1 es el fenómeno dominante en el mundo contemporáneo de los albores de la nueva centuria. Éste se manifiesta a cada momento, sea cuando mandamos un correo electrónico al otro extremo del mundo, o cuando nos enteramos instantes después de la ocurrencia de un golpe de Estado en algún país remoto. Tenemos la posibilidad de conocernos unos a otros, de expandir nuestros horizontes mentales e intercambiar recursos entre personas dispersas alrededor del mundo. Somos una sociedad global, no hay que dudarlo. Sin embargo, ¿eso quiere decir que seamos una sociedad homogénea?

Aunque suene paradójico, si bien para muchos la globalización conduce a la uniformización de la humanidad, en la realidad está acentuando las diferencias locales, la diversidad cultural o haciendo que los individuos se aferren a una identidad diferenciada. Nunca estuvimos tan unidos, pero somos tan o más disímiles que en el pasado. Nos encontramos en una época en la cual las colectividades humanas encuentran, como nunca antes, vías para poder expresarse, transmitir su cultura, aprender del otro; lo que se conoce como interculturalidad.

Sin embargo, este resurgimiento de los colectivos diferenciados no puede entenderse sólo como una reacción al fenómeno de la globalización, pues existen otros factores concurrentes para que los pueblos y los grupos étnicos puedan encontrar un cauce a través del cual manifestarse y demandar cierta clase de derechos. En primer lugar, la legitimación y difusión de la democracia como modelo de organización política, que abre canales de participación en las decisiones a poblaciones y grupos humanos que históricamente habían sido excluidos y oprimidos; en segundo lugar, la importancia que viene adquiriendo a nivel normativo internacional y en los Estados nacionales, los derechos de las colectividades o pueblos. Una muestra de ello es la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en septiembre del presente año3.

Los derechos colectivos son diversos y ciertamente complejos. Si se pudieran sintetizar de alguna manera, habría que señalar que estos consisten esencialmente en el derecho a decidir o participar en las decisiones que afectan sus intereses. Así, el ejercicio de los derechos colectivos facultaría a un grupo humano con características de pueblo a decidir sobre su propio destino, su propio desarrollo, su propia forma de existencia.

Estos derechos se encuentran directamente vinculados a un espacio territorial dentro del cual se desenvuelve dicho sujeto colectivo, lugar que –en el caso de los pueblos originarios o indígenas– en algún momento del pasado, vio florecer una civilización que ha transmitido hasta la actualidad parte de su legado cultural a dicha colectividad. Sería ilógico pensar que el ejercicio de un derecho colectivo por parte de un grupo humano determinado pudiera ser vinculante para otro sujeto colectivo culturalmente distinto y distanciado geográficamente. No obstante, la historia republicana del Perú se ha caracterizado por la dominación de un grupo humano específico –la clase criolla y mestiza, que responde a la tradición cultural occiden-Page 121tal– sobre todos los demás grupos “minoritarios” (que en conjunto representaban la mayoría de la población hasta mediados del siglo XX).

El estado y lo local

El pasado domingo 17 de septiembre se realizó una consulta popular en tres distritos rurales situados en las provincias de Ayabaca y Huancabamba, departamento de Piura. El propósito de las poblaciones de estos distritos, con respecto a esta consulta, era ejercer su derecho a decidir sobre la conveniencia o no de una explotación minera que removería toneladas de tierra y utilizaría las aguas de la cuenca donde se ha practicado la agricultura y ganadería por cientos de años. Este suceso marca un importante precedente para las relaciones del Estado con las diversas colectividades humanas que habitan el territorio nacional, a pesar de que haya sido considerada como contraria al ordenamiento legal que regula las consultas ciudadanas. Pero en una zona como Majaz, así como en muchas otras zonas del territorio peruano habitadas por poblaciones tradicionales, el Estado y su Derecho no siempre están del todo presentes cuando se trata de defender los intereses de sus habitantes. Esto no es óbice para que estas poblaciones creen sus propias normas de convivencia basadas en prácticas consuetudinarias. El conjunto de normas estatales podría no coincidir con dicho ordenamiento forjado en la costumbre, y ésta es una fuente cada vez más frecuente de conflictos sociales como ocurre en Majaz.

Lo ocurrido en Majaz expresa el punto de vista de una población tradicional sobre lo que entiende son sus intereses en riesgo. No se trata en este caso de reivindicaciones étnicas, aunque tengan el mismo sentido en términos de reclamar que se les reconozca autoridad y derechos sobre el territorio que ocupan. Sin embargo, en el caso peruano existen muchas otras situaciones en las cuales lo étnico y su sentido cultural son factores determinantes cuando se produce un conflicto entre sus intereses o expectativas y los del Estado, o más exactamente, de los intereses que intenta expresar el Estado. Es necesario resaltar que los conflictos se pueden producir tanto entre dos (o más) grupos étnicos, entre un grupo étnico y un grupo externo, como entre un grupo étnico y el Estado. Este ensayo se enfoca en el último caso.

La sociedad peruana se compone de un considerable número de pueblos originarios que habitan sus territorios desde tiempos inmemoriales. Cada uno de ellos tiene una determinada forma de percibir los objetos materiales que se encuentran a su alrededor, de desenvolverse en la cotidianeidad, de acometer su desarrollo. Sin embargo, la dialéctica constante en nuestra historia republicana ha sido que la aspiración de estas colectividades a alcanzar sus proyectos y expectativas, ha colisionado con frecuencia con los intereses de los grupos sociales que han hegemonizado el Estado. Este último, a pesar de haber sido constituido bajo un concepto de igualdad ciudadana, arrastra la herencia colonial del centralismo y la mirada del interior del país como un territorio a conquistar, que lo conduce a confrontar con las poblaciones tradicionales y los grupos étnicos que lo habitan.

No se puede negar que se han producido importantes avances, tomando en cuenta el nivel de sojuzgamiento y represión al cual estuvieron sometidos los pueblos originarios del Perú desde la colonización española. El Estado democrático contemporáneo respeta constitucionalmente la pluralidad existente en su territorio, dotando de una serie de competencias yPage 122derechos a los grupos diferenciados que lo habitan. No obstante, estos avances no se plasman en la práctica del Estado. Esta cuestión se vuelve fáctica cuando se produce alguna clase de conflicto social que enfrenta directamente los derechos de una minoría con un supuesto “interés superior” o “interés nacional”.

En la actualidad es frecuente encontrar en la prensa u otros medios de difusión, información sobre conflictos sociales que se producen en alguna región del país, casi siempre en zonas donde el crecimiento económico no “chorrea”. No es que no haya habido conflictos en el pasado o estas poblaciones se hayan vuelto más conflictivas (aunque sí más concientes de sus derechos), sino que estos hechos adquieren mayor resonancia en el presente, en parte por el mismo fenómeno de la globalización de las comunicaciones. Las causas de estos conflictos se originan en muy variadas razones, ya sea por la mala gestión de un gobierno local, o por la contaminación producida a raíz de una explotación minera. Pero para muchos periodistas o analistas nos encontramos ante hechos inusuales, y es poco común que al describir o intentar explicar el conflicto, se atienda a los factores culturales o étnicos que subyacen, y cuando se abordan, muchas veces es con frivolidad. La pregunta que cabría hacer aquí es: ¿por qué no son tomados en cuenta estos aspectos, tanto por el Estado como por la opinión pública, cuando pareciera que la corriente mundial apunta a su reconocimiento y promoción?

Colectivos y proyectos nacionales

Muchos de los conflictos que se vienen suscitando en los últimos tiempos, ya sea a nivel interno o internacional, se relacionan con la persistencia y revitalización de un conjunto de colectividades humanas que demandan un reconocimiento a su existencia diferenciada con base en una identidad colectiva. A su vez, este fenómeno se vincula directamente al resurgimiento de los nacionalismos.

Con el fin de la Guerra Fría, las reivindicaciones nacionales se han convertido en una bandera renovada por numerosos grupos humanos diferenciados que reivindican cuotas de poder. Las demandas más extremas tienen una connotación secesionista, como la que enarbolan sectores al interior de los vascos y catalanes en España; los flamencos en Bélgica; los quebequeses en Canadá; los tamiles en Sri Lanka; los kurdos, repartidos en cuatro Estados distintos; los albano-kosovares en Serbia; los chechenios en Rusia; los tibetanos en China. Empero, en la mayoría de casos, los sujetos colectivos sólo aspiran al reconocimiento por los Estados centrales de un mayor espacio y autonomías al interior de una misma frontera estatal. En estos casos, los reclamos no representan peligro para la integridad territorial de los Estados.

No obstante, los pueblos originarios, los grupos étnicos, las nacionalidades o toda clase de colectividad que se precie de portar ciertos rasgos comunes y característicos –con respecto a otras colectividades– no representan conjuntos estáticos e...

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