Cuestionan la exigencia de colocar el RUC en los medios digitales

El 20 de junio pasado, la Sunat emitió una resolución que exige a toda persona natural o negocio a consignar su número de RUC y razón social en todos sus avisos publicitarios, incluyendo aquellos que se realizan en medios digitales. El documento agrega que el nombre o denominación social debe ser incluida ?de manera visible para el cliente? cuando realicen operaciones comerciales.En un primer momento, la entidad planteó que las sanciones por incumplir las disposiciones puedan ser aplicadas desde mañana, 1 de julio; sin embargo, la semana pasada determinó que sea a partir del 1 de enero del 2024.Para Beatriz Hernández, directora ejecutiva del IAB, la medida es desproporcionada, pues en el caso de las personas naturales el RUC incluye su número de DNI. Esto complicaría, además, el alcance de...

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