DECRETO SUPREMO N° 124-2013-EF - Autorizan Crédito Suplementario para la incorporación de los recursos del FONIPREL en el Año Fiscal 2013 a favor de los Gobiernos Locales ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2011-II

Fecha de disposición15 Junio 2013
Fecha de publicación15 Junio 2013
El Peruano
Sábado 15 de junio de 2013
497176
publicación de la presente norma en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Artículo 7.- Del Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y por
el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de junio del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
950948-2
Autorizan Crédito Suplementario para
la incorporación de los recursos del
FONIPREL en el Año Fiscal 2013 a favor
de los Gobiernos Locales ganadores de
la Convocatoria FONIPREL 2011-II
DECRETO SUPREMO
Nº 124-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28939, Ley que aprueba Crédito
Suplementario y Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras
medidas, creó el Fondo de Promoción a la Inversión
Pública Regional y Local – FONIPREL, cuya f‌i nalidad
es el f‌i nanciamiento o cof‌i nanciamiento de proyectos
de inversión pública de los Gobiernos Regionales o
Gobiernos Locales, para lo cual podrán destinarse
los recursos al f‌i nanciamiento o cof‌i nanciamiento de
estudios de preinversión;
Que, la Ley Nº 29125, Ley que establece la
implementación y el funcionamiento del Fondo de
Promoción a la Inversión Pública Regional y Local
– FONIPREL y su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 204-2007-EF, establecieron que los estudios
de preinversión o proyectos de inversión pública antes
referidos, deben estar orientados a reducir las brechas en
la provisión de los servicios e infraestructura básicos, que
tengan el mayor impacto en la reducción de la pobreza y
pobreza extrema;
Asimismo, la Ley Nº 29125 y su Reglamento
establecieron la implementación y el funcionamiento
del FONIPREL, disponiendo que la Secretaría Técnica
presenta la lista de los estudios de preinversión y/o
proyectos de inversión pública que hayan resultado
seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, el cual
procede a su aprobación;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final de
la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2011, autorizó a la Dirección Nacional
de Tesoro Público para transferir directamente y por
única vez la suma de QUINIENTOS MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 500 000 000,00), a la cuenta del
FONIPREL, señalando que dichos recursos quedan
sujetos a lo establecido en el numeral 8.3 del artículo 8º
de la Ley Nº 29125;
Asimismo, los ingresos del FONIPREL se encuentran
constituidos por los recursos señalados en el artículo 6 de
la Ley Nº 29125;
Que, en tal sentido, la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público, reporta que los
recursos del FONIPREL depositados en el Banco
Central de Reserva del Perú, ascienden en la Cuenta
Moneda Nacional, a la suma de S/. 413 413 657,00
Nuevos Soles y en la Cuenta Moneda Extranjera a la
suma de US$ 41 216 546,41 Dólares Americanos;
Que, el numeral 1.3 del artículo 1º del Decreto
de Urgencia Nº 030-2008 y la Única Disposición
Complementaria de la Ley Nº 29125, disponen que los
recursos del FONIPREL se depositan en la cuenta del
Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto
Supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas en la fuente de f‌i nanciamiento “Recursos
Determinados” del Presupuesto Institucional de las
entidades cuyos estudios de preinversión o proyectos de
inversión resulten ganadores del concurso a solicitud de
la Secretaría Técnica del FONIPREL;
Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión
ordinaria del 29 de marzo de 2012, aprobó la lista de los
estudios de preinversión y proyectos de inversión pública
de la Convocatoria FONIPREL 2011-II seleccionados por
la Secretaría Técnica para el respectivo cof‌i nanciamiento,
por una suma total de CIENTO CUARENTA Y UN
MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES Y 96/100 NUEVOS
SOLES (S/. 141 568 993,96);
Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL suscribió
los respectivos convenios de cof‌i nanciamiento con
los Gobiernos Locales cuyas propuestas ganaron
la Convocatoria FONIPREL 2011-II, los mismos que
contienen los cronogramas de ejecución en los que
se ha determinado el requerimiento anual de recursos
para la elaboración de los estudios de preinversión
o la ejecución de los proyectos de inversión
correspondientes;
se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2012 hasta por un monto total
de SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS
NOVENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 67 390 388,00) en la
fuente de f‌i nanciamiento “Recursos Determinados” a
favor de los Gobiernos Locales, para la ejecución de
los proyectos de inversión y elaboración de estudios
de preinversión que resultaron ganadores de la
Convocatoria FONIPREL 2011-II;
Que, conforme a lo informado en los referidos
cronogramas de ejecución f‌i nanciera, se ha determinado
que es necesario incorporar vía Crédito Suplementario,
en el Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2013 los recursos previstos para la segunda
entrega, que ascienden a un monto total de SETENTA
Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL
OCHOCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 74 131 829,00) en la fuente de f‌i nanciamiento
“Recursos Determinados” a favor de los Gobiernos
Locales cuyos estudios de preinversión o proyectos
de inversión resultaron ganadores de la Convocatoria
FONIPREL 2011-II;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125,
Ley que establece la implementación y el funcionamiento
del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y
Local – FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante
el Decreto Supremo Nº 204-2007-EF, y el Decreto de
Urgencia Nº 030-2008;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013 hasta por la suma de SETENTA
Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y UN MIL
OCHOCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 74 131 829,00) para la ejecución de los
proyectos de inversión y elaboración de estudios de
preinversión que resultaron ganadores de la Convocatoria
FONIPREL 2011-II, de acuerdo con el Anexo de la
presente norma, según el siguiente detalle:
INGRESOS En Nuevos Soles
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR