1768 479-PE-ESSALUD-2005 - Declaran nulidad de adjudicación directa selectiva convocada para la adquisición de insumos y material de laboratorio del Centro de Hemodiálisis

Fecha de disposición29 Agosto 2005
Fecha de publicación29 Agosto 2005
Pág. 299332
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 29 de agosto de 2005
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Pierre Eduardo
Barrón Mifflin para que se le autorice la inscripción en el
Registro del Sistema de Seguros - Sección A: Personas
Naturales Sección III de Ajustadores de Siniestros y/o
Peritos de Seguros; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27
de mayo de 2004, se estableció los requisitos formales
para la inscripción de los Ajustadores y Peritos de
Seguros;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
formales exigidos por la citada norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros
mediante Convocatoria Nº 15-2005-RIAS, en
concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del
Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha
calificado y aprobado la inscripción respectiva en el
indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la
facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7
de enero de 1998.
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor
Pierre Eduardo Barrón Mifflin, con Matrícula Nº AN-281
en el Registro del Sistema de Seguros - Sección A:
Personas Naturales Sección III de Ajustadores de
Siniestros y/o Peritos de Seguros, para operar como
Ajustador de Seguros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
14899
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
APCI
Autorizan viaje de funcionaria a EE.UU.
para participar en la Convención
Internacional de Consejo de Consulta y
en Talleres de Donaciones
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 055-2005/APCI-DE
Lima, 24 de agosto de 2005
VISTO:
La Carta del Centro Comunitario Peruano-Americano,
del 18 de agosto del 2005;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta s/n del 18 de agosto del presente
año, la Presidente del Centro Comunitario Peruano-
Americano informó al Director Ejecutivo de la Agencia
Peruana de Cooperación Internacional la participación de
la señorita Verónica Mariela Pineda Paniagua, funcionaria
de la Gerencia de Operaciones y Capacitación de la
Agencia, como expositora en la Convención Internacional
de Consejo de Consulta y en los Talleres de Donaciones,
a realizarse en las ciudades de New Yersey y New York,
de los Estados Unidos de América, los días 3 al 8 de
septiembre del 2005;
Que, dichos eventos tienen como objeto establecer un
adecuado entendimiento de las normas sobre donaciones,
la misma que traería como consecuencia incentivar a la
comunidad peruana residente en New Yersey y New York a
seguir apoyando al Perú en la labor social y humanitaria,
así como el apoyo al desarrollo de las Instituciones Peruanas;
Que, conforme al Memorándum Nº 206-2005/APCI-
OAFI, de fecha 22 de agosto del 2005, la Oficina de
Administración, Finanzas e Informática de APCI, la
Agencia Peruana de Cooperación Internacional asume
el financiamiento de los pasajes, viáticos y tarifa Corpac
que irrogue el viaje de la funcionaria;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario
autorizar el viaje en comisión de servicios de la señorita
Verónica Mariela Pineda Paniagua para participar en la
Convención Internacional de Consejo de Consulta y en
los Talleres de Donaciones que se realizarán del 3 al 8 de
septiembre del 2005, en las ciudades de New Yersey y
New York, de los Estados Unidos de América;
Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica, de
la Gerencia de Operaciones y Capacitación, y de la Oficina
de Administración, Finanzas e Informática de la Agencia
Peruana de Cooperación Internacional; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley que regula
la autorización de viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos, Ley Nº 27619, su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en
la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación
Internacional - APCI, Ley Nº 27692;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de
servicios a la señorita Verónica Mariela Pineda Paniagua,
funcionaria de la Gerencia de Operaciones y Capacitación
de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -
APCI, a las ciudades de New Yersey y New York, de los
Estados Unidos de América, del 2 al 8 de septiembre del
2005, para participar en la Convención Internacional de
Consejo de Consulta y en los Talleres de Donaciones
organizado por el Centro Comunitario Peruano Americano,
el Consejo de Consulta de New Yersey y el Activista
Comunitario Kilder Fuentes.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje
de la citada funcionaria serán asumidos con cargo al
presupuesto del Pliego 080: Agencia Peruana de
Cooperación Internacional debiéndose rendir cuenta
documentada en un plazo no mayor de quince (15) días
al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo
al siguiente detalle:
NOMBRE Y APELLIDO PASAJES VIÁTICOS TARIFA
US$ US$ CORPAC
US$
VERÓNICA MARIELA PINEDA PANIAGUA 869.13 1,540.00 28.24
Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días
calendario posteriores a su retorno, la funcionaria cuyo
viaje se autoriza deberá presentar un informe detallado
de las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral
Ejecutiva no otorga derecho a exoneración ni liberación
del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna
clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR SCHIAPPA-PIETRA
Director Ejecutivo
Agencia Peruana de Cooperación Internacional
14978
ESSALUD
Declaran nulidad de adjudicación
directa selectiva convocada para la
adquisición de insumos y material de
laboratorio del Centro de Hemodiálisis
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 479-PE-ESSALUD-2005
Lima, 24 de agosto del 2005

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