DECRETO SUPREMO N° 109-2010-RE - Ratifican el Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversión del Fondo Español de Cooperación para Agua y Saneamiento en América Latina y El Caribe N° GRT/WS-12127-PE entre Perú y el BID relativo al Programa de Mejoramiento y Ampliación de Servicios de Agua y Saneamiento en Perú

Fecha de disposición11 Septiembre 2010
Fecha de publicación11 Septiembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 11 de setiembre de 2010 425599
de octubre de 2009, en la ciudad de Lima, República del
Perú.
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento internacional.
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente
de la República para celebrar y ratif‌i car Tratados o
adherirse a éstos sin el requisito de la aprobación previa
del Congreso.
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura
y la Alimentación y la República del Perú respecto al
proyecto “Fortalecimiento de un mecanismo sub-
regional de apoyo a la erradicación de la f‌i ebre aftosa
en los países miembros de la Comunidad Andina de
Naciones (CAN)”, f‌i rmado el 2 de octubre de 2009, en la
ciudad de Lima, República del Perú.
Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días
del mes de septiembre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
542430-8
Ratifican el Convenio de Financiamiento
No Reembolsable de Inversión del
Fondo Español de Cooperación para
Agua y Saneamiento en América Latina
y El Caribe Nº GRT/WS-12127-PE entre
Perú y el BID relativo al Programa de
Mejoramiento y Ampliación de Servicios
de Agua y Saneamiento en Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 109-2010-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio de Financiamiento No
Reembolsable de Inversión del Fondo Español de
Cooperación para Agua y Saneamiento en América
Latina y El Caribe No. GRT/WS-12127-PE entre la
República del Perú y el Banco Interamericano de
Desarrollo relativo al Programa de Mejoramiento y
Ampliación de Servicios de Agua y Saneamiento en
Perú, fue suscrito el 24 de mayo de 2010, en la ciudad de
Lima, República del Perú;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratif‌i cación del citado instrumento internacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente
de la República para celebrar y ratif‌i car Tratados o
adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del
Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Financiamiento
No Reembolsable de Inversión del Fondo Español de
Cooperación para Agua y Saneamiento en América
Latina y El Caribe No. GRT/WS-12127-PE entre la
República del Perú y el Banco Interamericano de
Desarrollo relativo al Programa de Mejoramiento y
Ampliación de Servicios de Agua y Saneamiento en
Perú, suscrito el 24 de mayo de 2010, en la ciudad de
Lima, República del Perú.
Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días
del mes de septiembre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
542430-9
Autorizan viaje de funcionarios del
Ministerio y del Instituto Geográfico
Nacional a Ecuador, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 357-2010-RE
Lima, 10 de septiembre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el mantenimiento y desarrollo de las relaciones
internacionales es responsabilidad del Ministerio de
Relaciones Exteriores, siendo una de sus funciones coordinar
todo lo relacionado con las fronteras y límites del país;
Que, de conformidad con lo acordado durante la VI
Reunión Técnica de la Comisión Mixta Permanente de
Fronteras Perú-Ecuador (COMPEFEP), celebrada en
la ciudad de Quito, República del Ecuador, en abril de
2010, se ha convenido la realización de los trabajos de
inspección y medición de Hitos de la Sección Oriental
en la zona comprendida entre los Hitos 176 al 201, del
13 al 22 de septiembre de 2010, con el f‌i n de producir la
cartografía binacional;
Que, dada la naturaleza técnica de los trabajos
mencionados; y, al amparo del Convenio Interinstitucional
suscrito el 20 de agosto de 2007, entre el Ministerio de
Relaciones Exteriores y el Instituto Geográf‌i co Nacional
(IGN), mediante Of‌i cio Nº 1533 IGN/DGC, dicho Instituto,
ha designado a tres técnicos para que participen de los
trabajos de campo aludidos;
Teniendo en cuenta los Memoranda (DSL) N° DSL0203/
2010, de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites, de 17
de agosto de 2010, y (FIN) N° FIN0522/2010, de la Dirección de
Finanzas, de 25 de agosto de 2010;
De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria
de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República
y su modif‌i catoria la Ley N° 29318; los artículos 185º inciso
f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático
de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N°
130-2003-RE y su modif‌i catoria el Decreto Supremo N° 065-
2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento
de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley
Nº 27619 y su modif‌i catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento
aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM
y su modif‌i catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el
numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto
de Urgencia Nº 001-2010;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de
servicios, a la ciudad de Quito y localidades ecuatorianas
de El Coca, Taisha y Lorocachi, República del Ecuador,
del 13 al 22 de septiembre de 2010, de los funcionarios
que se detallan a continuación, a f‌i n que realicen los
trabajos de campo en el Sector Oriental de la frontera
peruano-ecuatoriana.
Por el Ministerio de Relaciones Exteriores
Ingeniero Gaudens Ángel Gózar Manyari, funcionario
técnico del Departamento de Cartografía de la Dirección
de Límites; y,
Geógrafo Juan Felipe Meléndez de la Cruz,
funcionario técnico del Departamento de Cartografía de la
Dirección de Límites.

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