DECRETO SUPREMO N° 109-2010-RE - Ratifican el Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversión del Fondo Español de Cooperación para Agua y Saneamiento en América Latina y El Caribe N° GRT/WS-12127-PE entre Perú y el BID relativo al Programa de Mejoramiento y Ampliación de Servicios de Agua y Saneamiento en Perú
Fecha de disposición | 11 Septiembre 2010 |
Fecha de publicación | 11 Septiembre 2010 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 11 de setiembre de 2010 425599
de octubre de 2009, en la ciudad de Lima, República del
Perú.
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratifi cación del citado instrumento internacional.
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente
de la República para celebrar y ratifi car Tratados o
adherirse a éstos sin el requisito de la aprobación previa
del Congreso.
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura
y la Alimentación y la República del Perú respecto al
proyecto “Fortalecimiento de un mecanismo sub-
regional de apoyo a la erradicación de la fi ebre aftosa
en los países miembros de la Comunidad Andina de
Naciones (CAN)”, fi rmado el 2 de octubre de 2009, en la
ciudad de Lima, República del Perú.
Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días
del mes de septiembre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
542430-8
Ratifican el Convenio de Financiamiento
No Reembolsable de Inversión del
Fondo Español de Cooperación para
Agua y Saneamiento en América Latina
y El Caribe Nº GRT/WS-12127-PE entre
Perú y el BID relativo al Programa de
Mejoramiento y Ampliación de Servicios
de Agua y Saneamiento en Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 109-2010-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio de Financiamiento No
Reembolsable de Inversión del Fondo Español de
Cooperación para Agua y Saneamiento en América
Latina y El Caribe No. GRT/WS-12127-PE entre la
República del Perú y el Banco Interamericano de
Desarrollo relativo al Programa de Mejoramiento y
Ampliación de Servicios de Agua y Saneamiento en
Perú, fue suscrito el 24 de mayo de 2010, en la ciudad de
Lima, República del Perú;
Que, es conveniente a los intereses del Perú la
ratifi cación del citado instrumento internacional;
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos
57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el
artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente
de la República para celebrar y ratifi car Tratados o
adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del
Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Financiamiento
No Reembolsable de Inversión del Fondo Español de
Cooperación para Agua y Saneamiento en América
Latina y El Caribe No. GRT/WS-12127-PE entre la
República del Perú y el Banco Interamericano de
Desarrollo relativo al Programa de Mejoramiento y
Ampliación de Servicios de Agua y Saneamiento en
Perú, suscrito el 24 de mayo de 2010, en la ciudad de
Lima, República del Perú.
Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la
República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días
del mes de septiembre del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
542430-9
Autorizan viaje de funcionarios del
Ministerio y del Instituto Geográfico
Nacional a Ecuador, en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 357-2010-RE
Lima, 10 de septiembre de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el mantenimiento y desarrollo de las relaciones
internacionales es responsabilidad del Ministerio de
Relaciones Exteriores, siendo una de sus funciones coordinar
todo lo relacionado con las fronteras y límites del país;
Que, de conformidad con lo acordado durante la VI
Reunión Técnica de la Comisión Mixta Permanente de
Fronteras Perú-Ecuador (COMPEFEP), celebrada en
la ciudad de Quito, República del Ecuador, en abril de
2010, se ha convenido la realización de los trabajos de
inspección y medición de Hitos de la Sección Oriental
en la zona comprendida entre los Hitos 176 al 201, del
13 al 22 de septiembre de 2010, con el fi n de producir la
cartografía binacional;
Que, dada la naturaleza técnica de los trabajos
mencionados; y, al amparo del Convenio Interinstitucional
suscrito el 20 de agosto de 2007, entre el Ministerio de
Relaciones Exteriores y el Instituto Geográfi co Nacional
(IGN), mediante Ofi cio Nº 1533 IGN/DGC, dicho Instituto,
ha designado a tres técnicos para que participen de los
trabajos de campo aludidos;
Teniendo en cuenta los Memoranda (DSL) N° DSL0203/
2010, de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites, de 17
de agosto de 2010, y (FIN) N° FIN0522/2010, de la Dirección de
Finanzas, de 25 de agosto de 2010;
De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria
de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República
y su modifi catoria la Ley N° 29318; los artículos 185º inciso
f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático
de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N°
130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065-
2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento
de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley
Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento
aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM
y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el
numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto
de Urgencia Nº 001-2010;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de
servicios, a la ciudad de Quito y localidades ecuatorianas
de El Coca, Taisha y Lorocachi, República del Ecuador,
del 13 al 22 de septiembre de 2010, de los funcionarios
que se detallan a continuación, a fi n que realicen los
trabajos de campo en el Sector Oriental de la frontera
peruano-ecuatoriana.
Por el Ministerio de Relaciones Exteriores
− Ingeniero Gaudens Ángel Gózar Manyari, funcionario
técnico del Departamento de Cartografía de la Dirección
de Límites; y,
− Geógrafo Juan Felipe Meléndez de la Cruz,
funcionario técnico del Departamento de Cartografía de la
Dirección de Límites.
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