DECRETO SUPREMO N° 083-2011-RE - Ratifican el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/FT-12373-PE 'Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación en el Aseguramiento de Salud'

Fecha de publicación05 Julio 2011
Fecha de disposición05 Julio 2011
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, martes 5 de julio de 2011
445797
AÑO DEL
CENTENARIO DE
MACHU PICCHU
PARA EL MUNDO
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ley N° 29735.- Ley que regula el uso, preservación,
desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas
originarias del Perú 445799
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
D.S. N° 058-2011-PCM.- Actualizan la calif‌i cación y
relación de los Organismos Públicos 445801
D.S. N° 059-2011-PCM.- Modif‌i can el Artículo 25° del
Reglamento de la Ley del Cuerpo General de Bomberos
Voluntarios del Perú 445804
R.S. N° 165-2011-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de
Transportes y Comunicaciones a Ecuador y encargan
su Despacho a la Presidenta del Consejo de Ministros
445804
AGRICULTURA
R.S. N° 010-2011-AG.- Precisan que designación de Jefa
del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, es con
reserva de su plaza, nivel, cargo y sede laboral de origen
445805
R.M. Nº 0244-2011-AG.- Designan representantes del
Ministerio ante la Comisión Multisectorial de naturaleza
temporal encargada de elaborar la propuesta del Plan
Nacional de Desarrollo Apícola 445805
R.M. Nº 0247-2011-AG.- Aprueban el Plan de Contingencia
del Sector Agropecuario 2011-2012 445805
R.M. Nº 0253-2011-AG.- Ratif‌i can los Artículos 1° y 2° de
la R.M. N° 0613-2010-AG, sobre redimensionamiento del
Bosque de Producción Permanente de Ayacucho 445806
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Fe de Erratas Anexo D.S. N° 010-2011-MINCETUR.- .
445807
DEFENSA
R.S. N° 273-2011-DE/MGP.- Autorizan viaje de Of‌i ciales
de la Marina de Guerra para participar en la XVI Ronda
de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas
Armadas de Perú y Ecuador 445807
R.S. N° 274-2011-DE/MGP.- Autorizan viaje de Of‌i ciales
de la Marina de Guerra a Chile, en misión de estudios
445808
R.S. N° 275-2011-DE/MGP.- Autorizan viaje de Of‌i ciales
de la Marina de Guerra para participar en actos por el
Aniversario de la Independencia Nacional de la República
de Colombia 445809
R.S. N° 276-2011-DE/.- Autorizan viaje de Of‌i cial
Subalterno EP para participar en el Curso de Fuerzas
Especiales para Of‌i ciales Extranjeros del Ejército de
Colombia 445810
R.S. N° 277-2011-DE/.- Autorizan ampliación de
autorización de permanencia de Of‌i cial EP en los EE.UU.,
como Sub Director de la Subsecretaría de Asesoramiento
de la Junta Interamericana de Defensa 445811
ENERGIA Y MINAS
R.M. Nº 302-2011-MEM/DM.- Designan Comisión
Multisectorial encargada de estudiar y proponer acciones
pertinentes respecto a concesiones mineras otorgadas en
la provincia de Melgar, departamento de Puno 445812
JUSTICIA
D.S. N° 007-2011-JUS.- Autorizan al INPE contratar
agentes penitenciarios de seguridad formados en el
CENECP 445812
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
R.M. Nº 206-2011-MIMDES.- Aceptan renuncia y
encargan funciones de Directora General de la Dirección
General de la Familia y la Comunidad 445813
PRODUCE
R.M. Nº 200-2011-PRODUCE.- Disponen publicación de
Decreto Supremo con el que se establecería un régimen
transitorio y de excepción para el procesamiento de los
descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos en los
lugares en donde las plantas de reaprovechamiento no
logren procesarlos, en el Portal Institucional del Ministerio
de la Producción 445813
RELACIONES EXTERIORES
D.S. N° 083-2011-RE.- Ratif‌i can el Convenio de
Cooperación Técnica No Reembolsable N° ATN/FT-
12373-PE “Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación
en el Aseguramiento de Salud” 445814
Sumario
Año XXVIII - Nº 11457
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 5 de julio de 2011
445798
R.S. N° 256-2011-RE.- Delegan facultades para suscribir
el Convenio con el Gobierno del Reino de Marruecos sobre
Protección y Restitución de Bienes Culturales Robados o
Ilícitamente Transferidos 445814
R.S. N° 257-2011-RE.- Reconocen Cónsul Honorario de
Austria en Trujillo 445815
R.S. N° 258-2011-RE.- Autorizan uso de Pasaporte
Especial a Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de
Manta, Ecuador 445815
R.S. N° 259-2011-RE.- Dan por terminadas funciones de
Cónsul General del Perú en San Pablo, Brasil 445815
R.S. N° 260-2011-RE.- Dan por terminadas las funciones
de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Porto,
República Portuguesa 445816
R.S. N° 261-2011-RE.- Pasan a situación de retiro a
Embajador en el Servicio Diplomático de la República
445816
RR.SS. N°s. 262 y 263-2011-RE.- Autorizan a los
Ministerios del Ambiente y de Relaciones Exteriores el
pago de cuotas a diversos organismos internacionales
445816
R.M. Nº 615/RE.- Dan término a designación de Consejero
Económico Comercial del Consulado General del Perú en
Shanghai, República Popular China 445817
R.M. Nº 616/RE.- Autorizan viaje de funcionario diplomático
a los EE.UU., en comisión de servicios 445818
R.M. Nº 0617/RE-2011.- Autorizan viaje de Viceministro
de Relaciones Exteriores para participar en ceremonias
del Bicentenario de la Independencia de la República
Bolivariana de Venezuela 445818
R.M. Nº 0619/RE-2011.- Autorizan viaje de funcionario
diplomático a f‌i n de acompañar a Presidente electo de la
República en visita de trabajo que realizará en los EE.UU.
445819
ORGANISMOS EJECUTORES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. Nº 180-2011/SUNAT.- Designan Fedatarios
Administrativos Titular y Alterno de la Intendencia de
Aduana de Mollendo 445819
Res. Nº 183-2011/SUNAT.- Aprueban Normas y Procedi-
mientos para la presentación de la Planilla Electrónica
conformada por el Registro de Información Laboral y la
Planilla Mensual de Pagos así como para la presentación de
declaraciones de los Empleadores 445820
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
COMISION NACIONAL SUPERVISORA
DE EMPRESAS Y VALORES
Res. Nº 052-2011-EF/94.01.1.- Autorizan funcionamiento
de Larrain Vial Sociedad Agente de Bolsa S.A. y disponen
su inscripción en el Registro Público del Mercado de
Valores 445828
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 530-2011-P-CSJLI/PJ.- Establecen
conformación de la Segunda Sala de Familia de Lima
445828
Res. Adm. Nº 531-2011-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez
Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado
de El Agustino de la Corte Superior de Justicia de Lima
445829
Res. Adm. Nº 532-2011-P-CSJLI/PJ.- Designan
miembros de la Comisión de Trabajo para coordinar las
acciones necesarias con el Centro de Investigaciones
Judiciales del Poder Judicial para la organización
y ejecución del Pleno Jurisdiccional Distrital de los
Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de
Justicia de Lima 445829
Res. Adm. Nº 534-2011-P-CSJLI/PJ.- Disponen
ampliación de fecha de culminación de la remisión
y/o redistribución dispuestas mediante Resoluciones
Administrativas Nros. 339, 387, 388, 396 y 397-2011-P-
CSJLI-PJ hasta el 14 de julio de 2011 445830
Res. Adm. Nº 540-2011-P-CSJLI/PJ.- Establecen
conformación de la Tercera Sala Penal con Reos Libres
de Lima 445830
Res. Adm. Nº 541-2011-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez
Superior Provisional de la Sexta Sala Civil de Lima y Juez
Supernumerario del Octavo Juzgado Constitucional de
Lima 445831
Res. Adm. Nº 542-2011-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez
Superior Provisional de la Quinta Sala Civil de Lima y
Juez Supernumeraria del Trigésimo Juzgado Civil de Lima
445832
Res. Adm. Nº 543-2011-P-CSJLI/PJ.- Establecen
conformación de la Sétima Sala Civil de Lima 445832
Res. Adm. Nº 544-2011-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez
Supernumerario del Sétimo Juzgado Civil de Lima
445833
ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Res. Nº 0589-2011-JNE.- Def‌i nen circunscripción
administrativo - electoral para las Elecciones
Municipales convocadas para el 20 de noviembre de
2011 que estarán a cargo de Jurado Electoral Especial
con sede en el distrito de San Isidro, provincia de Lima
445833
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
R.J. Nº 329-2011-JNAC/RENIEC.- Aprueban Cuadro
para Asignación de Personal - CAP del RENIEC
445834
MINISTERIO PUBLICO
RR. Nºs. 1200, 1201, 1202, 1203, 1204, 1206, 1207 y
1208-2011-MP-FN.- Nombran f‌i scales en los Distritos
Judiciales de Lima, Lima Sur, Amazonas, Huancavelica,
Puno y Ucayali 445835
Res. Nº 1205-2011-MP-FN.- Aceptan renuncia de f‌i scal
adjunta provisional y su designación en la Fiscalía
Provincial Corporativa Especializada en Delitos de
Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de
Huancavelica 445837
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
SAN JUAN DE LURIGANCHO
Acuerdo Nº 029.- Convocan a Concurso Público
de Méritos para cubrir la plaza de Ejecutor Coactivo
445837
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 5 de julio de 2011 445799
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE REGULA EL USO, PRESERVACIÓN,
DESARROLLO, RECUPERACIÓN, FOMENTO
Y DIFUSIÓN DE LAS LENGUAS
ORIGINARIAS DEL PERÚ
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la Ley
1.1 La presente Ley tiene el objeto de precisar el
alcance de los derechos y garantías individuales
y colectivas que, en materia lingüística, se
establecen en el artículo 48 de la Constitución
Política del Perú.
1.2 Todas las lenguas originarias son la expresión
de una identidad colectiva y de una manera
distinta de concebir y de describir la realidad,
por tanto gozan de las condiciones necesarias
para su mantenimiento y desarrollo en todas las
funciones.
Artículo 2. Declaración de interés nacional
Declárase de interés nacional el uso, preservación,
desarrollo, recuperación, fomento y difusión de las lenguas
originarias del país.
Artículo 3. Def‌i nición de lenguas originarias
Para los efectos de la aplicación de la presente Ley, se
entiende por lenguas originarias del Perú a todas aquellas
que son anteriores a la difusión del idioma español y
que se preservan y emplean en el ámbito del territorio
nacional.
Artículo 4. Derechos de la persona
4.1 Son derechos de toda persona:
a) Ejercer sus derechos lingüísticos de manera
individual y colectiva.
b) Ser reconocida como miembro de una
comunidad lingüística.
c) Usar su lengua originaria en los ámbitos
público y privado.
d) Relacionarse y asociarse con otros miembros
de la comunidad lingüística de origen.
e) Mantener y desarrollar la propia cultura.
f) Ser atendida en su lengua materna en los
organismos o instancias estatales.
g) Gozar y disponer de los medios de traducción
directa o inversa que garanticen el ejercicio
de sus derechos en todo ámbito.
h) Recibir educación en su lengua materna
y en su propia cultura bajo un enfoque de
interculturalidad.
i) Aprender el castellano como lengua de uso
común en el territorio peruano.
4.2 La titularidad individual de estos derechos no
impide el ejercicio colectivo de los mismos.
De igual modo, el ejercicio de estos derechos
no está supeditado a la aprobación del Mapa
Etnolingüístico del Perú o el establecimiento del
Registro Nacional de Lenguas Originarias, a que
se ref‌i eren los artículos 5 y 8.
CAPÍTULO II
Mapa Etnolingüístico del Perú
Artículo 5. Formulación
5.1 El Ministerio de Educación es responsable de
elaborar, of‌i cializar y actualizar periódicamente,
mediante decreto supremo, el Mapa
Etnolingüístico del Perú, como herramienta de
planif‌i cación que permite una adecuada toma
de decisiones en materia de recuperación,
preservación y promoción del uso de las lenguas
originarias del Perú.
5.2 El Mapa Etnolingüístico del Perú determina el
número de comunidades campesinas o nativas
que pertenecen a un grupo etnolingüístico. Para
determinar el número de personas que hablan
lenguas originarias, el Ministerio de Educación
establece, en coordinación con el Instituto
Nacional de Estadística e Informática (INEI),
los procedimientos necesarios para realizar los
análisis cualitativos y cuantitativos y determinar el
carácter predominante de una lengua originaria.
Artículo 6. Criterios
6.1 Para determinar el carácter predominante de una
lengua originaria, son criterios cualitativos:
a) Los vínculos históricos de un distrito, provincia
o región, según sea el caso, con una lengua
originaria.
b) La identif‌i cación personal y social de los
ciudadanos con una lengua originaria y su
percepción de la misma como bien cultural.
c) El interés de la persona de emplear la
lengua originaria como el mejor vehículo de
expresión ciudadana.
6.2 De igual modo, son criterios cuantitativos:
a) La concentración espacial de ciudadanos que
hablan una lengua originaria en un distrito,
una provincia o una región.
b) Los recursos humanos de los que se dispone
en un distrito, una provincia o una región
para implementar una lengua originaria como
of‌i cial.
6.3 El Ministerio de Educación pondera los criterios
cualitativos y cuantitativos teniendo como principio
general la extensión permanente de los derechos
a la igualdad idiomática, la identidad y la dignidad
cultural de todos los ciudadanos del país, el
resguardo del principio que ampara la igualdad
de oportunidad entre ellos y la eliminación de las
desventajas derivadas de la discriminación a las
lenguas originarias.
Artículo 7. Zonas de predominio
Son zonas de predominio, para efectos de lo dispuesto
distrito, como unidad mínima, la provincia o la región.
Artículo 8. Registro Nacional de Lenguas
Originarias
8.1 El Ministerio de Educación, en coordinación con
el Instituto Nacional de Cultura (INC), implementa
el Registro Nacional de Lenguas Originarias, en
donde registra las lenguas originarias contenidas

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