ACUERDO N° 010-2014-MDC - Aprueban el Convenio Marco de Cooperación Técnica Interinstitucional entre las Municipalidad Distrital de Comas y el Instituto Metropolitano de Planificación IMP
Fecha de disposición | 04 Abril 2014 |
Fecha de publicación | 04 Abril 2014 |
El Peruano
Viernes 4 de abril de 2014
520334
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Raíz el cierre
de una (01) ofi cina especial ubicada en Prolongación Av.
Ejército Nº 632 – Zona Cerrito Los Álvarez, distrito de
Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIANA LEÓN CALDERÓN
Intendente General de Microfi nanzas (a.i.)
1069917-1
RESOLUCIÓN SBS Nº 1872-2014
Lima, 25 de marzo de 2014
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la EDPYME Raíz para que
se le otorgue autorización para el cierre de una (01) ofi cina
especial ubicada en el distrito y provincia de Moyobamba,
departamento de San Martín; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 11658-2011 del
22 de noviembre de 2011 se autorizó la apertura de la
referida ofi cina especial;
Que, la EDPYME Raíz ha cumplido conforme a lo
dispuesto en el Reglamento de apertura, conversión, traslado
o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros
automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante
Resolución SBS Nº 6285-2013 y en el procedimiento Nº 14 del
TUPA de esta Superintendencia con remitir la documentación
correspondiente para el cierre de la citada ofi cina;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microfi nanciera “D”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias; y, en uso
de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº
12883-2009 y Memorándum Nº 252-2014-SABM;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Raíz el cierre
de una (01) ofi cina especial ubicada en el Jr. Serafín
Filomeno Cuadra 06, sector Belén, distrito y provincia de
Moyobamba, departamento de San Martin.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIANA LEÓN CALDERÓN
Intendente General de Microfi nanzas (a.i.)
1069917-2
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban el Convenio Marco de
Cooperación Técnica Interinstitucional
entre la Municipalidad Distrital de
Comas y el Instituto Metropolitano de
Planificación IMP
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 010-2014-MDC
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE COMAS
POR CUANTO:
VISTO; En Sesión Extraordinaria de fecha 20.03.2014,
el Dictamen Nº 04-2014-CDU-MDC emitido por la Comisión
de Desarrollo Urbano; el Expediente N° 4217PM-2014 de
fecha 27.02.2014, presentado por el Instituto Metropolitano
de Planifi cación IMP; el Informe Nº 097-2014-GDU/MDC
de fecha 03.03.2014, emitido por la Gerencia de Desarrollo
Urbano; el Informe Técnico N° 22-2014-GDE/MC de
fecha 04.03.2014, emitido por la Gerencia de Desarrollo
Económico; el Informe N° 163-2014-GPP/MC, emitido por
la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe N°
238-2014-GAJ-MDC de fecha 14.03.2014, emitido por la
Gerencia de Asesoría Jurídica; la Carta N° 05-2014-CDU/
RJER/MDC de fecha 17.03.2014, emitido por el Regidor
Rider Jaime Egusquiza Roque, Presidente de la Comisión
de Desarrollo Urbano; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del
Estado, modifi cado mediante Ley Nº 28607, Ley de
Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto
en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las
Municipalidades son órganos de Gobierno Local que
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia;
Orgánica de Municipalidades establece…” Los convenios
establecen la modalidad y el tiempo de la delegación, así
como las condiciones y causales para su renovación (…),
pero que dicha norma tiene su límite en que la propia
administración debe analizar en los casos concretos las
conveniencias de la suscripción de Convenios atendiendo
a que la ejecución de estos deben estar acorde con las
políticas implementarías en su jurisdicción.
Que, el numeral 26) del artículo 9º de la Ley 27972-
Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración,
actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará
un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN
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