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- Palestra Del Tribunal Constitucional. Revista de Doctrina y Jurisprudencia
- Núm. 2-2007, Febrero 2007
Consultorio de jurisprudencia constitucional
Autor | Palestra Editores |
Páginas | 647-649 |
Page 647
Hasta antes de la STC 0259/2007, Exp. N.º 1776-2004-PA/TC (publicada en este volumen), el Tribunal había sido categórico en señalar la improcedencia de este tipo de demandas en la vía constitucional (Cfr. STC Exp. N.° 1417-2005-AA/TC, STC Exp. N.° 2156-2003- AA/TC). Sin embargo, en la sentencia antes mencionada se cambia de criterio y afirma la posibilidad de utilizar este proceso para demandar el retorno de las personas que estando afiliadas a una AFP deseen «retornar» al Sistema Nacional de Pensiones. La razón esgrimida por el TC es que dicha posibilidad de traspaso entre sistemas pensionarios es una expresión del derecho al libre acceso a las pensiones señalado en el art. 11 de la Constitución.
Los supuestos en los que el Tribunal ha reconocido la posibilidad de solicitar el retorno ante estas instituciones son las siguientes cuando: i) el derecho a la pensión se adquirió con anterioridad al traslado del Sistema Nacional al Sistema Privado; es decir, si antes de la afiliación a una AFP cumplía con los requisitos para acceder a una pensión en el SNP y ésta no fue reclamada; ii) se demuestra de manera fehaciente que existió ausencia o deficiencia (inducción al error) en
la información brindada al trabajador sobre las consecuencias de su afiliación a un AFP; y, iii) se trata de proteger trabajadores expuestos a labores que impliquen un riesgo para vida o la salud. Como se ve, el Tribunal ha descartado la posibilidad de un retiro incondicionado basado únicamente en la voluntad del trabajador, lo cual –explica el propio TC– comporta una limitación a la libertad y autonomía de los trabajadores, pero dicha restricción tiene su base en el principio de solidaridad que informa a la Constitución y la sociedad en su conjunto, porque un retiro masivo originaría la crisis total e inviabilidad del SNP que perjudicaría no solo a quienes actualmente se encuentran en dicho sistema, sino que redundaría en perjuicio de los propios trabajadores que efectúen su traslado.
Ahora bien, la utilización del amparo no es la vía inicial para solicitar el retorno al SNP, sino que procederá solo en la medida en que tanto la AFP como la SBS no acepten el...
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