RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0076-2009-ED - Exoneran de proceso de selección la contratación de consultorías para elaboración de expediente técnico de obras a realizarse en diversas instituciones educativas del departamento de Ica

Fecha de publicación31 Marzo 2009
Fecha de disposición31 Marzo 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 31 de marzo de 2009 393489
reglamentarias y conexas;
Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de
PROINVERSIÓN, de fecha 16 de diciembre de 2008, se
acordó aprobar que la modalidad bajo la cual se promoverá
la inversión privada, en el Proyecto “Banda Ancha para el
desarrollo del Valle de los ríos Apurímac y Ene - VRAE”,
será la prevista en el literal a) del Artículo 2º del Decreto
Legislativo Nº 674;
Que, asimismo en la sesión indicada en el considerando
precedente, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN
aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del
Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los
ríos Apurímac y Ene” - VRAE, conforme a lo establecido en
el inciso 3) del artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674;
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º
del Decreto Legislativo Nº 674, el acuerdo señalado en el
considerando precedente debe ser ratif‌i cado por resolución
suprema;
De conformidad con lo establecido en el artículo 4º del
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
$UWtFXORRatif‌i car el acuerdo del Consejo Directivo
de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 16 de
diciembre de 2008, mediante el cual se acordó aprobar que
la modalidad bajo la cual se promoverá la inversión privada,
en el Proyecto “Banda Ancha para el desarrollo del Valle
de los ríos Apurímac y Ene - VRAE”, será la prevista en el
literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674.
$UWtFXORRatif‌i car el acuerdo del Consejo Directivo
de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 16 de
diciembre de 2008, mediante el cual se acordó aprobar el
Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto
“Banda Ancha para el desarrollo del Valle de los ríos
Apurímac y Ene” - VRAE.
La relación de localidades a ser atendidas, podrá
ser modif‌i cada durante el proceso de promoción,
para cuyo efecto bastará una comunicación del
Viceministerio de Comunicaciones al Consejo Directivo de
PROINVERSIÓN.
$UWtFXOR La presente resolución será refrendada
por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de
Transportes y comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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EDUCACION
Exoneran de proceso de selección
la contratación de consultorías para
elaboración de expediente técnico de
obras a realizarse en diversas instituciones
educativas del departamento de Ica
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Lima, 27 de marzo de 2009
VISTOS; el Informe Nº 226-2009-ME/SG-OGA-UA
emitido por la Unidad de Abastecimiento de la Of‌i cina
General de Administración, en adelante Informe Técnico y
el Informe Nº 362-2009-ME/SG-OAJ emitido por la Of‌i cina
de Asesoría Jurídica, en adelante Informe Legal, y;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 15 de agosto de 2007 se produjo un
movimiento sísmico en el departamento de Ica, el mismo
que dejó como consecuencia pérdidas de vidas humanas,
daños, así como la destrucción y deterioro de viviendas,
servicios básicos e infraestructura estatal educativa;
publicado el 25 de diciembre del 2008, en el Diario
Of‌i cial El Peruano, se declaró el estado de emergencia
en el departamento de Ica, en las provincias de Cañete
y Yauyos del departamento de Lima, en las provincias de
Castrovirreyna, Huaytará y los distritos de Acobambilla y
Manta de la provincia de Huancavelica del departamento de
Huancavelica, por el plazo de sesenta (60) días naturales,
autorizando al Ministerio de Educación a ejecutar las
acciones necesarias para la atención de la emergencia
y la rehabilitación de las zonas afectadas, así como, en
caso de ser necesario, a continuar con la ejecución de las
acciones iniciadas al amparo del Decreto Supremo Nº 068-
2008-PCM y sus ampliatorias;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 011-2009-PCM,
de fecha 18 de febrero de 2009 se prorroga por el término
de sesenta (60) días, a partir del 24 de febrero de 2009,
el estado de emergencia en el departamento de Ica, en
las provincias de Cañete y Yauyos del departamento de
Lima; y en las provincias de Castrovirreyna, Huaytará
y los distritos de Acobambilla y Manta de la provincia
de Huancavelica del departamento de Huancavelica;
autorizando al Ministerio de Educación a continuar
ejecutando las acciones necesarias para la atención de la
emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas;
Que, en el Memorando Nº 0914-2009-ME/VMGI-
OINFE de fecha 12 de marzo de 2009, el Jefe de la
Of‌i cina de Infraestructura Educativa, con sustento en
los Informes Nº 052-2009-ME/VMGI-OINFE-ESTUDIOS
Y PROYECTOS, Nº 053-2009-ME/VMGI-OINFE-
ESTUDIOS Y PROYECTOS y Nº 054-2009-ME/VMGI-
OINFE-ESTUDIOS Y PROYECTOS de fecha 12 de
marzo de 2009, del Área de Estudios y Proyectos de la
Of‌i cina de Infraestructura Educativa, solicita a la Jefe de
la Of‌i cina General de Administración, que se promueva la
exoneración, por la causal de situación de emergencia, del
proceso de selección para la contratación de los servicios
de consultoría para la elaboración de los expedientes
técnicos de las obras a realizarse en las instituciones
educativas Nº 22462, “Hilda Bringas Quintanilla”, en el
distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica; Nº 22295
“San Luisito”, en el distrito, provincia y departamento de Ica
y Nº 22517 “Rosa de Santa María”, ubicada en el distrito de
San Clemente, provincia de Pisco, departamento de Ica;
Que, en los informes del Área de Estudios y Proyectos
alcanzados por el Jefe de la Of‌i cina de Infraestructura
Educativa, se sustenta la subsistencia de la situación de
emergencia ocasionada por el sismo del 15 de agosto de
2007 que afectó fundamentalmente la región Ica, como
fundamento para promover la exoneración del servicio de
consultoría para elaboración de los expedientes técnicos
que permitan posteriormente atender las necesidades
de reconstrucción (mejoramiento y adecuación de
la infraestructura educativa) de las tres instituciones
educativas antes mencionadas. Precisan los informes
que, como consecuencia del sismo la Institución Educativa
Rosa de Santa María, en San Clemente, Pisco, ha sufrido
daños estructurales en su pabellón 1, el pabellón 2
colapsó y el pabellón 3 presenta rajaduras en los muros,
el cerco perimétrico se encuentra colapsado y los servicios
higiénicos presentan daños estructurales; asimismo, en la
Institución Educativa “San Luisito”, Ica, producto de ese
movimiento sísmico sus pabellones 1, 2, 3, 4 y 6 quedaron
inutilizables siendo necesaria su demolición y el pabellón
5 ha sufrido daños que requieren el reforzamiento de su
infraestructura; f‌i nalmente, en la Institución Educativa
“Hilda Bringas Quintanilla” Pisco, Ica, sus cuatro pabellones
han sufrido f‌i suras y grietas, por lo que es necesaria su
rehabilitación, reforzamiento en el tanque elevado y
reposición de cerco perimétrico;
Que, de acuerdo al Memorando Nº 0914-2009-
ME/VMGI-OINFE, la contratación de los servicios de
consultoría para la elaboración de expediente técnico,
cuya exoneración se solicita, se realizará bajo el sistema
de suma alzada; adjuntando para el efecto los términos de
referencia de las contrataciones y estructuras de costo;
Que, los proyectos de inversión correspondientes a la
Rehabilitación y Mejoramiento de la Infraestructura de las
Instituciones Educativas 22462 Hilda Bringas Quintanilla,
22295 San Luisito y Nº 22517 Rosa de Santa María, han
sido evaluados y cuentan con Ficha de Proyecto de Inversión
Pública -PIP aprobadas, Nº 83207, 77435 y Nº 77208,
respectivamente;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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