Constityen Comisión de Indulto y Derecho de Gracia por razones humanitarias

Fecha de publicación07 Septiembre 2004
Fecha de disposición07 Septiembre 2004
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
P C M
R.S. Nº 290-2004-PCM.- Designan Presidente del Consejo
Directivo de la Oficina Central de Lucha Contra la Falsifica-
ción de Numerario 275892
ECONOMÍA Y FINANZAS
R.M. Nº 473-2004-EF/10.- Establecen condiciones para la co-
mercialización de trigo en el marco del Convenio para la Venta
de Productos Agrícolas derivado de la operación de Endeuda-
miento Externo aprobada por D.S. Nº 119-2004-EF 275892
EDUCACIÓN
R.M. Nº 0447-2004-ED.- Autorizan a procurador iniciar acciones
legales para la recuperación de suma de dinero otorgado a empresa
para la producción de película de largometraje 275893
R.M. Nº 0450-2004-ED.- Declaran fundada impugnación y otor-
gan buena pro en el ítem Nº 10 del Concurso Público Nacional "Con-
tratación de Instituciones a cargo de la ejecución del Programa de
Formación en Servicio - Nivel Educación Primaria 2004" 275894
INTERIOR
RR.MM. Nºs. 1734 y 1735-2004-IN/0105.- Designan repre-
sentantes del Sector Interior ante el Comité Directivo Nacional
para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Co-
misión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Interna-
cional Humanitario 275896
R.M. Nº 1736-2004-IN/0501.- Sancionan con destitución a ex
Director de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección Gene-
ral de Gobierno Interior 275897
JUSTICIA
D.S. Nº 010-2004-JUS.- Constituyen Comisión de Indulto y
Derecho de Gracia por razones humanitarias 275899
MIMDES
RR.MM. Nºs. 526 y 527-2004-MIMDES.- Autorizan a pro-
curador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la
comisión del delito de colusión en el otorgamiento de antici-
pos a las empresas Promulti S.A. e Incafer Perú S.A. 275900
PRODUCE
R.M. Nº 337-2004-PRODUCE.- Establecen régimen provi-
sional para la explotación del recurso chanque, abalón o tolina,
autorizándose su extracción y procesamiento en las Regiones
Moquegua y Tacna 275901
R.M. Nº 338-2004-PRODUCE.- Establecen medidas comple-
mentarias para optimizar la aplicación del Régimen Especial de
Pesca dispuesto por R.M. Nº 309-2003-PRODUCE 275903
RELACIONES EXTERIORES
R.S. Nº 250-2004-RE.- Remiten al Congreso de la República
documentación referente a la "Convención de las Naciones
Unidas contra la Corrupción" 275905
NORMAS LEGALES
Lima, martes 7 de setiembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8844 Pág. 275891
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
"AÑO DEL ESTADO DE DERECHO Y DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA"
R
E
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B
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C
A
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DIARIO OFICIAL
Director (e):
GERARDO BARRAZA SOTO
http://www.editoraperu.com.pe
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 665-2004-MTC/02.- Autorizan viaje de inspector de
la Dirección General de Aeronáutica Civil a Chile, en comisión
de servicios 275905
R.M. Nº 666-2004-MTC/03.- Otorgan a persona natural con-
cesión para la prestación del servicio público de distribución
de radiodifusión por cable en el departamento de Junín
275906
VIVIENDA
R.M. Nº 213-2004-VIVIENDA.- Convocan a la ciudadanía a
participar en la Undécima Convocatoria del Proyecto Techo Pro-
pio 275906
R.M. Nº 214-2004-VIVIENDA.- Crean el Registro de Grupos
Familiares para participar en el Programa "Techo Propio"
275907
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 107-2004-P-PJ.- Establecen conformación de
Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República
275908
ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Res. Nº 089-2004-AMAG-CD/P.- Exoneran de proceso de se-
lección la contratación del servicio de impresión, aplicación y
calificación del proceso de Examen de Admisión al Sexto Cur-
so PROFA - Programa de Formación de Aspirantes a Magistra-
dos 275909
Res. Nº 092-2004-AMAG-CD/P.- Amplían plazo de inscrip-
ción del Sexto Concurso Público de Méritos del PROFA para
el Curso de Preparación para Aspirantes a Magistrados de to-
dos los niveles del Poder Judicial y del Ministerio Público
275910
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
ONPE
R.J. Nº 213-2004-J/ONPE.- Designan Coordinadores de Lo-
cales de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos
Electorales constituidas para el Proceso de Consulta Popular
de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2004
275911
R.J. Nº 214-2004-J/ONPE.- Designan Coordinadores de Lo-
cal de Votación de la Oficina Descentralizada de Procesos Elec-
torales de El Collao 275914
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
R.J. Nº 439-2004-JEF/RENIEC.- Autorizan a la Oficina de
Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad
Distrital de Pira la apertura del Registro de Libro de Actas de
Nacimiento, Matrimonio y Defunción de diversos años
275915
Pág. 275892
NORMAS LEGALES
Lima, martes 7 de setiembre de 2004
PODER EJECUTIVO
P C M
Designan Presidente del Consejo
Directivo de la Oficina Central de Lu-
cha Contra la Falsificación de Nu-
merario
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 290-2004-PCM
Lima, 6 de setiembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27583 se creó la Oficina Cen-
tral de Lucha Contra la Falsificación de Numerario y me-
diante la Ley Nº 27694 se determinó su naturaleza jurí-
dica, estableciendo que constituye un organismo adscri-
to al Banco Central de Reserva del Perú, con personería
jurídica de derecho público interno, que goza de autono-
mía orgánica, técnica y administrativa en el ámbito de su
competencia;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 414-2002-
PCM se designó al señor Pacífico Huamán Soto como
Presidente del Consejo Directivo de la Oficina Central
de Lucha Contra la Falsificación de Numerario;
Que, mediante Oficio Nº 207-2004-PRES del
Presidente del Banco Central de Reserva del Perú, se
ha propuesto designar al señor José Arturo Pastor Po-
rras como Presidente del Consejo Directivo de la Oficina
Central de Lucha Contra la Falsificación de Numerario,
por lo que es pertinente atender dicha propuesta y dar
por concluida la designación del señor Pacífico Huamán
Soto;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs.
27583, 27594, 27694 y el Decreto Supremo Nº 038-2002-
PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del se-
ñor PACÍFICO HUAMÁN SOTO al cargo de Presidente
del Consejo Directivo de la Oficina Central de Lucha
Contra la Falsificación de Numerario, dándosele las gra-
cias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar al señor JOSÉ ARTURO PAS-
TOR PORRAS como Presidente del Consejo Directivo
de la Oficina Central de Lucha Contra la Falsificación de
Numerario.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
16185
ECONOMÍA Y FINANZAS
Establecen condiciones para la comer-
cialización de trigo en el marco del Con-
venio para la Venta de Productos Agrí-
colas derivado de la operación de En-
deudamiento Externo aprobada por
D.S. Nº 119-2004-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 473-2004-EF/10
Lima, 6 de setiembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001-
PCM dispone que los Titulares de las Entidades del Sec-
tor Público que desarrollen actividades de comercializa-
ción de bienes y servicios y efectúen cobros por tales
actividades, mediante Resolución establecerán la des-
cripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que
son objeto de comercialización por parte de la Entidad,
las condiciones y limitaciones para su comercialización
R.J. Nº 449-2004-JEF/RENIEC.- Autorizan delegación de
diversas funciones registrales a Oficinas de Registro de Estado
Civil que funcionan en Comunidades Nativas de Amazonas,
Ucayali, Loreto y Junín 275916
MINISTERIO PÚBLICO
Res. Nº 1224-2004-MP-FN.- Nombran a magistrado del Dis-
trito Judicial de Ayacucho en el despacho de la Segunda Fisca-
lía Superior Mixta 275917
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INEI
R.J. Nº 238-2004-INEI.- Encargan funciones de plazas vacan-
tes de diversas unidades orgánicas del INEI 275917
SEGURO INTEGRAL DE SALUD
R.J. Nº 0082-2004/SIS.- Aprueban distribución de monto au-
torizado en el calendario de compromisos correspondiente al
mes de setiembre de 2004, destinado al pago de prestaciones
de salud 275918
SUNARP
Res. Nº 441-2004-SUNARP-TR-L.- Confirman observación for-
mulada por Registradora del Registro de Propiedad Vehicular de Lima
a solicitud de inscripción de transferencia de vehículo 275920
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Res. Nº 270-2004-REGIÓN CALLAO-PR.- Modifican el Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Re-
gional del Callao para el ejercicio 2004 275921
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Ordenanza Nº 148-MPL.- Aprueban beneficio gratuito para
reconocimiento de hijos menores de edad 275922
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Res. Nº 794-2004-RASS.- Declaran nulidad de proceso de se-
lección convocado para la adquisición de barras de luces ofi-
ciales 275923
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA
Acuerdo Nº 146-9-2004-MPT.- Autorizan viaje de alcalde a
España para participar en seminario sobre Gobernabilidad Mu-
nicipal 275925
Pág. 275893
NORMAS LEGALES
Lima, martes 7 de setiembre de 2004
si las hubiere, el monto del precio expresado en porcen-
taje de la UIT y su forma de pago;
Que, de conformidad con el Artículo 2º del Decreto
Supremo Nº 119-2004-EF, la Unidad Especial PL 480
del Ministerio de Economía y Finanzas se encargará del
manejo económico-financiero y administrativo de la im-
portación de alimentos bajo el Programa PL 480, de
acuerdo con los términos y condiciones previstos en el
Convenio para la Venta de Productos Agrícolas suscrito
en el marco de la operación de Endeudamiento Externo
aprobada por dicha norma legal, acordada entre la Re-
pública del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de
América a través de la Commodity Credit Corporation
(CCC) hasta por US $ 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y
00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a finan-
ciar la adquisición de trigo, el mismo que será comercia-
lizado con terceros de acuerdo con los términos y condi-
ciones previstos en el citado Convenio;
Que, es necesario establecer las condiciones para la
comercialización del trigo americano en el marco del Con-
venio para la Venta de Productos Agrícolas derivado de
la operación de Endeudamiento Externo aprobada por
el Decreto Supremo Nº 119-2004-EF;
De conformidad con lo estipulado en el Artículo 2º
del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Las condiciones para la comerciali-
zación de trigo, a cargo de la Unidad Especial PL 480
del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco del
Convenio para la Venta de Productos Agrícolas derivado
de la operación de Endeudamiento Externo aprobada por
Decreto Supremo Nº 119-2004-EF, serán según el deta-
lle del Anexo que forma parte de la presente Resolu-
ción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
I. CARACTERÍSTICAS DEL TRIGO
1. Tipo : Hard Red Winter Nº 2 o mejor,
a granel
2. Humedad : Máximo 12.5%
3. Proteína : Mínimo 12% sobre la base de
12% de humedad
4. Peso Hectolítr ico: Mínimo 78 Kg./hl
5. Peso : Mínimo 28 gr. (1000 granos)
6. Falling Number : Mínimo 300 seg.
7. Dockage : Máximo 0.7% (todo deducible
del FOB)
8. Vomitoxina : Máximo 2 ppm
9. Ergot : Máximo 0.05%
10.Gluten Húmedo : Mínimo 28
11.No se acepta variedad ANZA
12.Cosecha nueva.
13. Las demás condiciones deben coincidir con el es-
tándar de USA
II. CONDICIONES
1. El trigo se venderá a valor CIF e incluirá:
a. El precio FOB promedio que resulte del precio que
se fije en los Estados Unidos de América con motivo del
proceso de compra del producto.
b. El valor promedio del flete que resulte del proceso
de contratación del embarque, previa deducción del fle-
te asumido por la CCC, así como los gastos financieros
que se deriven de la cancelación del flete.
c. El valor de seguro de transporte marítimo.
2. La cantidad aproximada de trigo es de 36,600 TM
por un valor estimado de 6,375 UIT.
3. Las condiciones de venta consideradas son al
contado y al crédito con plazos de vencimiento hasta
de doscientos diez (210) días calendario, contados a
partir de la fecha programada para la nacionalización
del trigo.
4. Los compradores se obligan a comprar el trigo en
un plazo máximo de cuatro (4) meses, contados a partir
de la fecha de arribo del mismo a puertos peruanos.
5. Los intereses serán calculados sobre el valor CIF
del trigo, en dos tramos según lo siguiente:
a. A partir de la fecha de emisión de la factura de
venta, se devengará un interés a la tasa LIBOR anual,
hasta la fecha de nacionalización del producto estipula-
da en la Declaración Única de ADUANAS (DUA) corres-
pondiente.
b. A partir de la fecha de nacionalización estipulada
en la DUA correspondiente, se devengará una tasa de
interés LIBOR anual más 1.25%, capitalizable mensual-
mente, hasta el vencimiento del plazo de financiamiento.
6. Las empresas molineras se obligan a asumir todos
los gastos derivados del proceso de desaduanaje, inter-
namiento y nacionalización del trigo.
III. LIMITACIONES PARA SU COMERCIALIZACIÓN
1. A fin de asegurar que no se produzcan distorsio-
nes en la compra del producto, en precios, producción y
comercio en general, reventa o desviación en tránsito,
se acuerda usar el producto para los fines del mercado
nacional.
2. Según lo establecido en el Convenio, los produc-
tos que no pueden ser exportados son: trigo, harina de
trigo, trigo molido, semolina, farina y bulgur (o los mis-
mos productos bajo nombres diferentes).
16159
EDUCACIÓN
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales para la recuperación de suma de
dinero otorgado a empresa para la pro-
ducción de película de largometraje
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0447-2004-ED
Lima, 1 de setiembre de 2004
Visto, el Oficio Nº 030-CONACINE, de fecha 6 de fe-
brero de 2004, mediante el cual el Presidente del Con-
sejo Nacional de Cinematografía (CONACINE), hace de
conocimiento del Ministerio de Educación, el incum-
plimiento del Contrato de fecha 18 de mayo de 1999, efec-
tuado por la empresa Películas del Pacífico SRL, en re-
lación a la obligación asumida para la realización de la
película de largometraje titulada “Imposible Amor”, y que
conforme a los términos del contrato en referencia, a la
fecha se ha entregado a dicha empresa la suma de
US$ 147,281.50 (Ciento Cuarentisiete Mil Doscientos
Ochenta y uno y 50/100 Dólares Americanos).
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 5º de la Ley Nº 26370, Ley de Cinemato-
grafía Peruana, creó el Consejo Nacional de Cinemato-
grafía (CONACINE), como órgano dependiente del Mi-
nisterio de Educación y con fecha 18 de mayo de 1999,
el Presidente del CONACINE, suscribió el Contrato de
Producción Cinematográfica de Largometraje, con la
empresa Películas del Pacífico SRL, siendo el objeto de
dicho contrato la realización de la película titulada “Im-
posible Amor”, conforme al proyecto ganador del Segun-
do Premio del Concurso CONACINE, culminado en di-
ciembre de 1998;
Que, conforme a la cláusula Sétima del Contrato, se
estableció el presupuesto proyectado de la película en

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