En un Estado constitucional de Derecho, ¿se pueden suspender los derechos fundamentales? La interposición de garantías constitucionales durante los regímenes de excepción

AutorCarlos Hakansson
Páginas255-266
255
En un Estado constitucional de Derecho, ¿se pueden
suspender los derechos fundamentales?
La interposición de garantías constitucionales durante los
regímenes de excepción
Carlos Hakansson1
I. LAS EXPECTATIVAS DE UNA CONSTITUCIÓN Y EL REALISMO CONSTI-
TUYENTE
Las constituciones fruto de una revolución o guerra civil pertenecen a la era
jurásica del constitucionalismo. Hoy en día, los textos constitucionales contem-
poráneas nacen fruto de la discusión entre distintas fuerzas políticas que, asumiendo
el encargo del poder constituyente (usualmente por medio de una consulta po-
pular), elaboran un texto codicado con la nalidad de recoger la experiencia
constitucional anterior y realizar otras propuestas, más de una fruto del derecho
comparado (nuevas garantías constitucionales, régimen económico); más de una
populista (mecanismos de consulta popular, derecho al agua y otros provenientes
del llamado “derechos del buen vivir”); pero más importante que todas ellas, con
el propósito de dotar de más competencias al ejecutivo sin necesariamente com-
pensarlos con más controles políticos; una tendencia que termina por amenazar
las libertades civiles y que terminan contaminando distintas instituciones, entre
ellas los regímenes de excepción2.
Como es de conocimiento, las disposiciones constitucionales establecidas
para regular los regímenes de excepción, tienen la nalidad de describir estados
o situaciones extraordinarias, muchas veces surgidas de modo imprevisible e
irresistible para los gobernantes y la sociedad (por ejemplo, catástrofes naturales),
circunstancias que las comunidades políticas afrontan en determinados momentos
1 Doctor en Derecho (Universidad de Navarra), Profesor Ordinario principal de Derecho Constitu-
cional e Integración (Universidad de Piura), Titular de la Cátedra Jean Monnet (Comisión Europea),
Director del Instituto para los Derechos Humanos y la Democracia (Universidad de Piura).
2 Los actuales casos de las constituciones de Venezuela, Bolivia, Nicaragua y Ecuador.

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