Algunas consideraciones sobre la influencia de la Constitución de Cádiz en México

AutorJosé Barragán
CargoInstituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM
Páginas282-293
Bicentenario Constitución de Cádiz 1812 - 2012
ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA INFLUENCIA
DE LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ EN MÉXICO
Por: José Barragán
Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM.
I
IDEA GENERAL
on frecuencia se suele decir que la Constitución española de Cádiz, cuyo bicentenario
estamos festejando, tuvo poca inuencia, aún en la propia península ibérica. Y, no obstante
ello, se trata de un texto que siempre ha sido atractivo y nos mueve a la reexión y a su
estudio.
En México, se suele aceptar comúnmente que dicha Constitución tuvo dos periodos de
vigencia, muy cortos: el primero que corre desde su promulgación en Cádiz el día 18 de marzo
de 1812 y hasta los decretos de su abolición emitidos por Fernando VII a su regreso a España en
1814; y el segundo período que coincide con el levantamiento del general Riego en 1820 y hasta
la declaración formal de independencia del año de 1821.
Dos períodos de vigencia, efectivamente breves, y, por ello, se dice, de escasa inuencia
en México, ya que, al consumarse la independencia, se supone que se dejaron de aplicar las leyes
del llamado gobierno opresor.
Los siguientes dos ejemplos, sin duda pueden darnos una mejor idea de este
planteamiento inicial. Se trata de testimonios, tomados de un Expediente judicial resuelto por
C
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97º-98º REVISTA DEL FORO

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