ORDENANZA N° 236-MSI - Conforman Equipo Técnico para el Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009

Fecha de publicación14 Junio 2008
Fecha de disposición14 Junio 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 14 de junio de 2008 374097
la Elaboración y aprobación del Cuadro para la
Asignación de Personal –CAP- en las entidades de
la administración pública;
Que, de acuerdo al artículo 13º de la norma antes
referida, el reordenamiento de cargos contenidos en
el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), que no
incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de
Personal (PAP) de la entidad, no requiere de un nuevo
proceso de aprobación del CAP, siendo necesario
para tal fin la aprobación mediante Resolución de
Alcaldía, previo informe técnico de la Sub Gerencia de
Racionalización;
Que, visto el Memorando Nº 126-2008 del 12 de mayo
del 2008, de la Gerencia de Rentas, que precisa que es
la Gerencia de Rentas la encargada de la función de la
cobranza coactiva de la deuda tributaria y no tributaria
pecuniaria para lo cual es necesario que cuenta con la
plaza de Auxiliar Coactivo;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones,
establece nuevas funciones en la Gerencia de Rentas y
en ella se crea cuatro (04) equipos funcionales (Equipo
Funcional de Servicios al Administrado, Equipo Funcional
de Cobranza Coactiva, Equipo Funcional de Fiscalización
Tributaria y Equipo Funcional de Reclamaciones) de
los cuales tres (03) equipos funcionales están a cargo
de un jefe de equipo cada uno en calidad de empleado
de conf‌i anza, designado por el Alcalde a propuesta
del Gerente Municipal y/o Gerente de Rentas, siendo
necesaria la creación de la plaza de auxiliar coactivo
que permita la implementación del Equipo Funcional de
Cobranza Coactiva;
Que, de conformidad al numeral 4º de la Directiva Nº
001-82-INAP/DNP, aprobada con Resolución Jefatural
Nº 019-82-INAP/DIGESNAP, señala las Normas para la
formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP)
en las entidades públicas;
Que, de acuerdo con el Memorando Nº 454-2008-
GAF/MM, de la Gerencia de Administración, que señala
que la Sub Gerencia de Recursos Humanos ha procedido
al reordenamiento del presupuesto de las plazas que
forman parte del Presupuesto Analítico de Personal (PAP),
sin que ello implique la modif‌i cación del mencionado
presupuesto;
Que, de acuerdo con el informe Nº 114-2008-SGRE,
de la Sub Gerencia de Racionalización y Estadística, en
el que señala la necesidad de realizar una modif‌i cación
en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP), siempre
y cuando no se modif‌i que el Presupuesto de Personal
aprobado para el presente año;
Que, estando a la opinión favorable de la Gerencia de
Planif‌i cación, Gerencia de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica;
y la Gerencia de Administración y Finanzas;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6)
del artículo 20º y 43º de la Ley Orgánica de Municipales,
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el reordenamiento de
los cargos del Cuadro Analítico de Personal (CAP) y del
Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de acuerdo a
los anexos que forman parte de la presente resolución.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría
General, la publicación de la presente resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano y el Anexo a que se ref‌i ere el
artículo 1º, en la página Web de la Municipalidad de
Miraf‌l ores.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de
la presente resolución a la Gerencia de Planif‌i cación,
Sub Gerencia de Racionalización y Estadística,
Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y
Finanzas y la Sub Gerencia de Recursos Humanos.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MANUEL MASÍAS OYANGUREN
Alcalde
213069-1
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Conforman Equipo Técnico para el
Proceso de Presupuesto Participativo
para el Año Fiscal 2009
ORDENANZA Nº 236-MSI
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO
Visto, el Informe Nº 0951-2008-0400-GAJ/MSI de la
Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 101-2008-
0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Corporativo, sobre el Proceso
de Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2009, así
como los acuerdos de la Sesión Extraordinaria del Consejo
de Coordinación Local Distrital de fecha 3 de junio de 2008
y la Sesión Ordinaria del Consejo de Coordinación Local
Distrital de fecha 11 de junio de 2008; y,
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución
Política del Perú, modif‌i cada mediante Ley Nº 27680 que
aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del
Título IV, sobre Descentralización, establecen que las
municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus
presupuestos con la participación de la población y rinden
cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad,
conforme a ley;
Que, el Artículo 4º de la Ley Nº 28522, Ley del Sistema
Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro
Nacional de Planeamiento Estratégico, en concordancia
con el artículo 5º de su Reglamento aprobado por D.S.
Nº 054-2005-PCM, establecen la responsabilidad de
los Gobiernos Locales de conducir sus procesos de
planeamiento estratégico, el que se desarrolla en planes de
corto, mediano y largo plazo que orientan indicativamente
al sector privado y proyectan el quehacer del sector
público nacional en el ámbito de su competencia;
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, dispone en su artículo 17º numeral 17.1
que los Gobiernos Locales están obligados a promover
la participación ciudadana en la formulación, debate y
concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos
y en la Gestión Pública;
Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que
el proceso de planeación local es integral, permanente y
participativo, articulando a las municipalidades con sus
vecinos. Asimismo, la referida Ley establece en su artículo
97° que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados
deben responder fundamentalmente a los principios de
participación, transparencia, gestión moderna y rendición
de cuentas, inclusión, ef‌i cacia, ef‌i ciencia, equidad,
sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad,
consistencia de las políticas locales, especialización de
las funciones, competitividad e integración;
Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 28056, Ley Marco del
Presupuesto Participativo, establece que el Proceso de
Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignación
equitativa, racional, ef‌i ciente, ef‌i caz y transparente de los
recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado
- Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y
gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos
y estrategias de participación en la programación de sus
presupuestos, así como en la vigilancia y f‌i scalización de
la gestión de los recursos públicos.
Que, el literal h) del artículo 1º de la Ley Nº
28056, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto
Participativo, establece que el Equipo Técnico lo integran
los profesionales y técnicos de la Of‌i cina de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno
Regional, los funcionarios de la Of‌i cina de Planeamiento
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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