RESOLUCION Nº 617-2009-CONAFU - Admiten a trámite solicitud de autorización de nuevas carreras profesionales de Administración de Empresas e Ingeniería Civil de la Universidad Peruana del Centro

Fecha de disposición21 Enero 2010
Fecha de publicación21 Enero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 21 de enero de 2010 411589
de Lima, mientras dure la promoción de la doctora
Valer Fernández en la Oficina Desconcentrada de
Control de la Magistratura, a partir del 21 de enero del
presente año.
Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora OLGA
ROSA CORTEZ VALENCIA como Juez Supernumeraria
del Décimo Segundo Juzgado Laboral de Lima, mientras
dure la promoción del doctor Quispe Montesinos en la
Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura,
a partir del 21 de enero del presente año.
Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina
de Control de la Magistratura, Gerencia General del
Poder Judicial, de la Oficina de Administración Distrital,
Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de
Lima y de los Magistrados para los fines pertinentes.
Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.
CÉSAR JAVIER VEGA VEGA
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
448323-1
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 018-2010-CSJLN/PJ
Mediante Of‌i cio Nº 370-2010-SJR-A-CSJLN/PJ la
Corte Superior de Justicia de Lima Norte solicita se
publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa
Nº 018-2010-CSJLN/PJ, publicada en la edición del 15 de
enero de 2010.
En el Artículo Primero
DICE:
(...)
Dr. ARNOLD ARTURO TAVARA VALDEZ, Juez
Supernumerario del Juzgado Penal Transitorio.
Que, además conocerá lo que corresponda al:
- 5to Juzgado Especializado en lo Penal
- 11mo Juzgado Penal de Ejecución
- 1er Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia
de Carabayllo
- 1er Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia
de Condevilla
DEBE DECIR:
(...)
Dr. ARNOLD ARTURO TAVARA VALDEZ, Juez
Supernumerario del Juzgado Penal Transitorio.
Que, además conocerá lo que corresponda al:
- 5to Juzgado Especializado en lo Penal
- 11mo Juzgado Penal de Ejecución
- 1er Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia
de Carabayllo
- 1er Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia
de Condevilla
- Juzgado Penal Transitorio de Condevilla
448320-1
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL
PARA LA AUTORIZACION
DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Admiten a trámite solicitud de
autorización de nuevas carreras
profesionales de Administración de
Empresas e Ingeniería Civil de la
Universidad Peruana del Centro
RESOLUCIÓN Nº 617-2009-CONAFU
Lima, 25 de noviembre de 2009
“Universidad Peruana del Centro”
VISTOS: La Resolución Nº 167-2007-CONAFU de
fecha 18 de junio de 2007, el Of‌i cio Nº 061-2009/PCO-
UPeCEN recibido con fecha 13 de noviembre de 2009,
el Of‌i cio Nº 1113-2009-CONAFU-CDAA de fecha 19 de
noviembre de 2009 y el Acuerdo N° 553-2009 de la sesión
del Pleno del CONAFU de fecha 23 de noviembre de
2009, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional
para la Autorización de Funcionamiento de Universidades
- CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea
Nacional de Rectores, teniendo como una de sus
atribuciones: Evaluar en forma permanente y durante el
tiempo que estime conveniente el funcionamiento de las
universidades, hasta autorizar o denegar su funcionamiento
def‌i nitivo; en concordancia con el artículo 3° inciso b) del
Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución N° 189-
2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006;
Que, en el artículo 10º del Estatuto, se establece que:
“Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades:… t)
Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos
correspondan al Pleno del CONAFU”;
Que, en el artículo 3° del Estatuto, se establece
que: “son atribuciones del Consejo Nacional para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades:… e)
Autorizar, denegar, ampliar o suprimir facultades, carreras
o escuelas, así como determinar el número de vacantes
en las universidades con funcionamiento provisional”, en
concordancia con el inciso n) del artículo 10º del mismo
cuerpo normativo;
Que, en el artículo 9° del Reglamento para la
Autorización de Funcionamiento de Universidades bajo
competencia del CONAFU aprobado por Resolución
N° 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de
2004, se establece que: “… los Proyectos (ref‌i riéndose
a los Proyectos de Desarrollo Institucional de una
Universidad) se presentarán con un máximo de 5 carreras
profesionales”;
Que, por Resolución Nº 167-2007-CONAFU de fecha
18 de junio de 2007, se resuelve aprobar el Proyecto de
Desarrollo Institucional (PDI) del Proyecto de “Universidad
Peruana del Centro”, presentado por la Promotora
Universidad Peruana del Centro, con las siguientes
Carreras Profesionales: 1) Enfermería, 2) Derecho y
Ciencia Política, y 3) Obstetricia;
Que, con Of‌i cio Nº 061-2009/PCO-UPeCEN recibido
con fecha 13 de noviembre de 2009, el doctor Efraín Pedro
Uribe Correa, Presidente de la Comisión Organizadora

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