02 460-2002-JUS - Designan representantes del Poder Ejecutivo y señalan composición de Comisión encargada de elaborar anteproyecto de la Reforma del Código Civil

Fecha de disposición03 Diciembre 2002
Fecha de publicación03 Diciembre 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, martes 3 de diciembre de 2002
Designan representantes del Poder Eje-
cutivo y señalan composición de Comi-
sión encargada de elaborar anteproyec-
to de la Reforma del Código Civil
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 460-2002-JUS
Lima, 2 de diciembre de 2002
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26394, publicada el 22 de noviembre
de 1994, se crea la Comisión encargada de elaborar un
Anteproyecto de la Ley de Reforma del Código Civil; la
misma que está conformada por cuatro representantes
del Poder Legislativo, uno de los cuales la preside y tres
representantes del Poder Ejecutivo, designados por el
Ministerio de Justicia;
Que por Ley Nº 26673, publicada el 22 de octubre de
1996, se modifica la conformación de la Comisión, la cual
estará integrada por cinco representantes del Poder Le-
gislativo, designados por la Comisión de Constitución y
Reglamento, uno de los cuales la presidirá; y por ocho
representantes del Poder Ejecutivo, designados por el
Ministerio de Justicia;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 253-96-JUS,
publicada el 28 de octubre de 1996, se designó a los
ocho representantes del Poder Ejecutivo ante la Comi-
sión encargada de elaborar el anteproyecto de Ley de
Reforma del Código Civil;
Que, mediante Oficio Nº 092-2002-CCRYAC/CR, de
fecha 5 de noviembre de 2002, el Presidente de la Comi-
sión de Constitución, Reglamento y Acusaciones Cons-
titucionales, comunica la designación de sus nuevos re-
presentantes ante la Comisión encargada de elaborar el
anteproyecto de Ley de Reforma del Código Civil;
Que, es necesario reconformar la referida Comisión,
nombrando a los nuevos representantes del Poder Eje-
cutivo y señalar la composición completa de la misma,
así como designar a la Secretaría Técnica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, por el artí-
culo 1º de la Ley Nº 26394, modificada por la Ley Nº
26673, y por los artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993
- Ley del Sector Justicia;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe-
rial Nº 253-96-JUS.
Artículo 2º.- Designar como representantes del Po-
der Ejecutivo, ante la Comisión encargada de elaborar
el anteproyecto de la Ley de Reforma del Código Civil, a
los siguientes juristas:
- Señor doctor CÁRDENAS QUIRÓS, Carlos
- Señor doctor ESPINOZA ESPINOZA, Juan Alejandro
- Señor doctor FERRERO COSTA, Augusto
- Señor doctor LOHMANN LUCA DE TENA, Guillermo
- Señor doctor MC LEAN UGARTECHE, Roberto
- Señor doctor TORRES VÁSQUEZ, Aníbal
- Señor doctor VARSI ROSPIGLIOSI, Enrique Antonio
- Señor doctor VIDAL RAMÍREZ, Fernando
Artículo 3º.- La Secretaría Técnica estará a cargo de
la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos del Ministe-
rio de Justicia.
Artículo 4º.- La Comisión encargada de elaborar el
anteproyecto de la Ley de Reforma del Código Civil, es-
tará conformada de la siguiente manera:
- Señor doctor AVENDAÑO VALDEZ, Jorge; Presi-
dente
- Señor doctor ARNILLAS GAMIO, Pedro
- Señor doctor CÁRDENAS QUIRÓS, Carlos
- Señor doctor CARRILLO GÓMEZ, Camilo
- Señor doctor ESPINOZA ESPINOZA, Juan Alejandro
- Señor doctor FERRERO COSTA, Augusto
- Señor doctor LOHMANN LUCA DE TENA, Guillermo
- Señor doctor MC LEAN UGARTECHE, Roberto
- Señor doctor REÁTEGUI TOMATIS, Manuel
- Señor doctor RUBIO CORREA, Marcial
- Señor doctor TORRES VÁSQUEZ, Aníbal
- Señor doctor VARSI ROSPIGLIOSI, Enrique
- Señor doctor VIDAL RAMÍREZ, Fernando
Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución
Ministerial a la Comisión de Constitución y Reglamento
del Congreso, y a los interesados para tales fines.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO
Ministro de Justicia
21276
PRODUCE
Dejan en suspenso prohibición
establecida en el artículo 1º de la R.M.
Nº 031-2002-PRODUCE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 197-2002-PRODUCE
Lima, 2 de diciembre del 2002
CONSIDERANDO:
Que los artículos y 10º del Decreto Ley Nº 25977,
Ley General de Pesca, establecen que el Ministerio
de Pesquería, actualmente Ministerio de la Producción,
determinará, sobre la base de evidencias científicas
disponibles y de factores socioeconómicos, según el
tipo de pesquería, las normas que garanticen la pre-
servación y explotación racional de los recursos hi-
drobiológicos;
Que mediante la Resolución Ministerial Nº 031-2002-
PRODUCE del 20 de agosto de 2002 se estableció en
todo el litoral Peruano, en aplicación del criterio precau-
torio, la temporada de pesca del recurso percebes (Polli-
cipes elegans) durante el período comprendido entre el
1 de febrero y 30 de noviembre de cada año, quedando
prohibido realizar actividades extractivas en los meses
de diciembre y enero;
Que el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) mediante
Oficio Nº DE-100-361-2002-PRODUCE/IMP del 21 de
noviembre de 2002 remite el informe "Situación Actual
del recurso percebes (Pollicipes elegans)", en el cual se
manifiesta que las poblaciones de este recurso se ve-
rían afectadas positivamente ante la posibilidad del even-
to El Niño 2002 - 2003, incrementando su actividad repro-
ductiva y ampliando su distribución y concentración; por
lo que es factible la ampliación de la actividad extractiva
hasta el mes de enero de 2003, lo que permitirá maximi-
zar su aprovechamiento en forma oportuna. Asimismo,
se recomienda realizar la recolección dejando parte de
los individuos adheridos a las rocas, a fin de que éstos
sirvan como sustrato para la fijación de larvas, con lo
cual se incrementará las posibilidades de recolonización
masiva del sustrato, garantizando la disponibilidad del
recurso en el futuro;
De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley
Nº 25977, Ley General de Pesca y su Reglamento, apro-
Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque-
ría;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar en suspenso la prohibición esta-
blecida en el artículo 1º de la Resolución Ministerial
Nº 031-2002-PRODUCE, autorizándose, en forma excep-

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