COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS RESOLUCION Nº 141-2013-DV-PE - Autorizan transferencias financieras para la ejecuciOn de actividades y elaboraciOn de expedientes tEcnicos de diversos proyectos RESOLUCION Nº 141-2013-DV-PE

EmisorOrganismos Ejecutores
Fecha de la disposición15 de Octubre de 2013
El Peruano
Martes 15 de octubre de 2013
504822
sin Drogas, correspondiente a la fuente de nanciamiento
Recursos Ordinarios.
Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS
RECURSOS
La Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, solo
destinará los recursos públicos que se transeran para
la ejecución de la actividad descrito en el Anexo de la
presente resolución, quedando prohibida de reorientar
dichos recursos a otras actividades y proyectos, en
concordancia con lo dispuesto por el numeral 12.3 del
artículo 12° de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2013 y el Convenio de
Cooperación Interinstitucional suscrito.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN MASÍAS CLAUX
Presidenta Ejecutiva
anexo
PRoGRaMa PReSUPUeSTaL: “DeSaRRoLLo aLTeRnaTIVo
InTeGRaL Y SoSTenIBLe - PIRDaIS”
enTIDaD
eJeCUToRa noMBRe
DeSeMBoLSoS
HaSTa S/. MonTo De La
TRanSFeRenCIa
HaSTa S/.
1° 2°
1
Municipalidad
Provincial de
Picota
Actividad: “Actualización
del Plan Vial de la
Provincia de Picota -
Región San Martín”
50,000.00 0.00 50,000.00
999783-2
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EjECUTIvA
Nº 141-2013-Dv-PE
Lima, 10 de octubre 2013
VISTO:
El Memorándum Nº 844-2013-DV-PIR DAIS del 02 de
octubre del 2013, emitido por el Responsable Técnico del
Programa Presupuestal “Desarrollo Alternativo Integral y
Sostenible - PIRDAIS”, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3° del Reglamento de Organización y
Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y
Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo
Nº 063-2011-PCM, establece que DEVIDA es el organismo
público encargado de diseñar la Política Nacional de
carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráco Ilícito de
Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo
integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en
coordinación con los Sectores competentes, tomando en
consideración las Políticas Sectoriales vigentes, asi como
conducir el proceso de su implementación;
Que, el acápite vii) del inciso a) del numeral 12.1 del
artículo 12 de la Ley Nº 29951 - Ley del Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2013 autoriza a
DEVIDA en el presente año scal, a realizar de manera
excepcional, transferencias nancieras entre entidades en
el marco de los Programas Presupuestales: “Desarrollo
Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS”, “Prevención y
Tratamiento del Consumo de Drogas” y “Gestión Integrada
y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”;
precisándose en el numeral 12.2 del referido artículo,
que dichas transferencias nancieras, en el caso de las
entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante
resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe
previo favorable de la ocina de presupuesto o la que
haga sus veces en la entidad, siendo que tal resolución,
debe ser publicada en el Diario Ocial El Peruano;
Que, asimismo, el numeral 12.3 del artículo señalado
en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que
transere los recursos en virtud del numeral 12.1 del mismo
artículo es la responsable del monitoreo, seguimiento y
cumplimiento de las metas en sus dimensiones físicas
y nancieras, para los cuales les fueron entregados
los recursos. Además, el referido numeral, precisa que
los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser
destinados, solo a los nes para los cuales se autorizó su
transferencia nanciera;
Que, para tal efecto y en el marco del Programa
Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible
- PIRDAIS, con fecha 07 de agosto del año scal
2013, DEVIDA suscribió el Convenio de Cooperación
Interinstitucional con la Municipalidad Distrital de Luyando,
para la elaboración de los Expedientes Técnicos de
los proyectos: “Mejoramiento del Potencial Técnico de
Agricultores en Manejo del Cacao y Café en Sistemas
Agroforestales para mitigar la Agricultura migratoria
en el Distrito de Luyando, Provincia de Leoncio Prado,
Región Huánuco” y “Rehabilitación y Mejoramiento
del Camino Vecinal Bolaina - San Juan de Tulumayo -
San Miguel de Tulumayo - Alto San Juan de Tulumayo,
Distrito de Luyando, Provincia de Leoncio Prado, Región
Huánuco” en el año scal 2013, a través de transferencias
nancieras. En tal sentido, es necesario que DEVIDA
realice las transferencias nancieras hasta por la suma
de S/. 140,000.00 (CIENTO CUARENTA MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES);
Que, el Área de Presupuesto de la Unidad Ejecutora
001 - Comisión Nacional de Lucha Contra las Drogas”,
del Pliego 012 - DEVIDA, ha emitido su informe previo
favorable a través de las Certicaciones de Créditos
Presupuestales Nros. 1308 y 1309. Adicionalmente,
DEVIDA ha emitido las respectivas conformidades a los
Planes Operativos;
Con las visaciones del Responsable Técnico del
Programa Presupuestal Desarrollo Alternativo Integral
y Sostenible - PIRDAIS, de la Dirección de Promoción
y Monitoreo, de la Dirección de Asuntos Técnicos, de la
Ocina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12° de
la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZACIÓN DE
TRANSFERENCIA FINANCIERA
Autorizar las transferencias nancieras hasta por
la suma de S/. 140,000.00 (CIENTO CUARENTA MIL
Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la elaboración de los
Expedientes Técnicos de los proyectos: “Mejoramiento
del Potencial Técnico de Agricultores en Manejo del
Cacao y Café en Sistemas Agroforestales para mitigar la
Agricultura migratoria en el Distrito de Luyando, Provincia
de Leoncio Prado, Región Huánuco” y “Rehabilitación
y Mejoramiento del Camino Vecinal Bolaina - San Juan
de Tulumayo - San Miguel de Tulumayo - Alto San Juan
de Tulumayo, Distrito de Luyando, Provincia de Leoncio
Prado, Región Huánuco”, según se detalla en el Anexo
que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO
Las transferencias nancieras autorizadas por el
artículo primero de la presente Resolución se realizará
con cargo al presupuesto aprobado en el presente
Año Fiscal del Pliego 012: Comisión Nacional para el
Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente
de nanciamiento Donaciones y Transferencias.
Artículo Tercero.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS
RECURSOS
La Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, solo
destinará los recursos públicos que se transeran para
la elaboración de los Expedientes Técnicos de dichos
proyectos descritos en el Anexo de la presente resolución,
quedando prohibida de reorientar dichos recursos a otras
actividades y proyectos, en concordancia con lo dispuesto
por el numeral 12.3 del artículo 12° de la Ley N° 29951 -
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2013 y el Convenio de Cooperación Interinstitucional
suscrito.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN MASÍAS CLAUX
Presidenta Ejecutiva

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