DECRETO DE ALCALDIA Nº 003 - Establecen la conformación de la Comisión Ambiental Metropolitana constituida mediante la Ordenanza N° 1016

Fecha de publicación03 Junio 2011
Fecha de disposición03 Junio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 3 de junio de 2011 443797
lo expuesto en la parte considerativa de la presente
Resolución Jefatural.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto
en la presente resolución y a la Gerencia de Imagen
Institucional la difusión del contenido de la misma.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
648419-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro de Intermediarios
y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 6185-2011
Lima, 27 de mayo de 2011
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Jesús Iván Herencia
Vicuña para que se le autorice la inscripción en el Registro
de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los
Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.-
Corredores de Seguros Generales y de Personas; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de
febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales
para la inscripción de los Corredores de Seguros;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
formales exigidos por la citada norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros
mediante Sesiones de la Comisión Evaluadora de fechas
3 y 24 de marzo del 2011, convocadas de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 10º del Reglamento del Registro
del Sistema de Seguros, ha calif‌i cado y aprobado la
inscripción respectiva en el indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
- Ley Nº 26702, y sus modif‌i catorias; y en virtud de la
facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005
del 25 de julio de 2005;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor
Jesús Iván Herencia Vicuña con matrícula Nº N-4034 en
el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros,
Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas
Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y
de Personas, que lleva esta Superintendencia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
647604-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Establecen la conformación de la
Comisión Ambiental Metropolitana
constituida mediante la Ordenanza
Nº 1016
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 003
Lima, 30 de mayo de 2011
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 25° de la Ley N° 28245 - Ley Marco del
Sistema Nacional de Gestión Ambiental, concordante con
el artículo 49° de su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 008-2005-PCM, establecen que la Comisión
Ambiental Municipal (CAM) es la instancia de gestión
ambiental encargada de coordinar y concertar la política
ambiental, así como promover el diálogo y el acuerdo
entre los sectores público y privado;
Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante
Ordenanza N° 1016, instituye el Sistema Metropolitano
de Gestión Ambiental como instrumento de gestión
concordante con el Sistema Nacional de Gestión
Ambiental y como parte de la Política Nacional Ambiental,
con la f‌i nalidad de efectivizar la aplicación de las políticas,
planes, programas y acciones para asegurar un ambiente
saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo
de la vida de los habitantes de la provincia de Lima;
Que, dado el régimen especial de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, en el artículo 6° de la Ordenanza
N 1016 citada, se constituyó la Comisión Ambiental
Metropolitana (CAM) como órgano consultivo del ente
rector del Sistema Metropolitano de Gestión Ambiental,
encargado de brindar apoyo en las gestiones de
coordinación y concertación de la política ambiental en la
provincia de Lima; promover el diálogo y el acuerdo entre
los actores locales y ex Consejo Nacional del Ambiente
(absorbido por el Ministerio del Ambiente), además de
actuar como gestor de la Cooperación Internacional para
la obtención de recursos que serán destinados a mejorar
la gestión ambiental en la provincia de Lima;
Que, en el último párrafo del artículo 6° de la
Ordenanza N° 1016 in comento, se establece que la
Comisión Ambiental Metropolitana estará integrada por
aquellos actores del nivel local del sector público, sector
privado y la sociedad civil, los cuales serán designados
por Decreto de Alcaldía;
Que, mediante el Decreto de Alcaldía N° 015 de
fecha 2 de febrero de 2009, publicado en el diario of‌i cial
El Peruano el 6 del mismo mes y año, se designó a los
integrantes de la Comisión Ambiental Metropolitana (CAM),
entre representantes de las municipalidades distritales de
las zonas norte, este, sur y centro de la provincia de Lima,
de los Ministerios del Ambiente y de la Producción, de la
Dirección General de Salud - DIGESA, de la Dirección
General de Capitanías y Guardacostas del Perú - DICAPI
y del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales -
INRENA (absorbido por el Ministerio del Ambiente).
Asimismo, por representantes de instituciones privadas:
Cámara de Comercio de Lima, Sociedad Nacional de
Industrias y Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de
Lima - SEDAPAL, y por representantes de organizaciones
de la Sociedad Civil: Colegio de Ingenieros del Perú,
Colegio de Arquitectos del Perú y un representante de las
Organizaciones No Gubernamentales;
Que, según el Informe Anual 2010 de la Comisión
Ambiental Metropolitana (CAM), presentado por la
Gerencia de Servicios a la Ciudad, la inasistencia de los

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