1083 054-2001-JNE - Modifican las circunscripciones electorales de Abancay y Andahuaylas

Fecha de publicación17 Enero 2001
Fecha de disposición17 Enero 2001
Pág. 197353
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 17 de enero de 2001
Aprueban cambio de denominación de
la organización política "Coordinadora
de Unidad Nacional" por la de "Todos
por la Victoria"
RESOLUCIÓN Nº 053-2001-JNE
Lima, 16 de enero de 2001
VISTO:
El Expediente Nº 1740-2000, iniciado con la solicitud
de inscripción en el Registro de Organizaciones Políticas
de la agrupación política "Coordinadora de Unidad Nacio-
nal", recibida el 20 de noviembre del 2000 y presentada
por el señor Juan Ricardo Flores Chipoco y la señora
Zarella Luisa Valencia Villaorduña, Presidente y Secre-
taria General, respectivamente, de la organización políti-
ca nombrada;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el inciso b)
26859, modificado por el Artículo 8º de la Ley Nº 27369
publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de noviem-
bre del año 2000, para la inscripción de una organización
política en el Registro de Organizaciones Políticas, se
requiere la presentación de una relación de adherentes no
menor del 1% del total nacional de votantes que participa-
ron en las elecciones generales del 9 de abril del año 2000,
cifra que equivale a 120,644 firmas según lo determinado
mediante la Resolución Nº 1309-2000-JNE de fecha 19 de
noviembre del 2000;
Que es de competencia del Registro Nacional de Iden-
tificación y Estado Civil la verificación de la autenticidad
de las firmas de adherentes presentadas por las organiza-
ciones que soliciten su inscripción en el Registro respec-
tivo, de conformidad con el procedimiento establecido en
los Artículos 91º y 92º de la Ley Orgánica de Elecciones
26859, modificados por el Artículo 10º de la Ley Nº 27369;
Que de la comprobación de las firmas de adherentes
presentadas por la agrupación Coordinadora de Unidad
Democrática entre el 20 de noviembre del 2000 y el 8 de
enero del 2001, se tiene que dicha organización ha obteni-
do un acumulado de ciento veintiún mil seiscientos ochen-
ta y un mil (121,681) firmas de adherentes válidas, según
los informes remitidos el 26 de diciembre del año 2000
mediante Oficios Nºs. 376, 377-2000-JEF/RENIEC; el 5 de
enero del 2001 mediante Oficio Nº 026-2001-JEF/RE-
NIEC; el 9 de enero del 2001 mediante Oficios Nºs. 036,
037, 038 y 045-2001-JEF/RENIEC; y, el 15 de enero del
presente mediante Oficios Nºs. 059, 079, 080, 081, 082,
083, 084, 085, 086 y 103-2001-JEF/RENIEC;
Que la agrupación política "Coordinadora de Unidad
Nacional" ha cumplido con los requisitos exigidos para la
inscripción de una organización política en el Registro de
Organizaciones Políticas, establecidos en los Artículos 88º
y 164º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859;
Que mediante escrito de fecha 11 de enero del 2001, el
señor Juan Ricardo Flores Chipoco solicitó el cambio de la
denominación de la agrupación "Coordinadora de Unidad
Nacional" por la de "Todos por la Victoria"; solicitud que
debe atenderse en tanto no lesione ningún derecho de los
señalados en el Artículo 89º de la Ley Orgánica de Eleccio-
nes en relación con las organizaciones políticas inscritas
ante el Jurado Nacional de Elecciones;
Que cumplidos con los requisitos de inscripción, el
Jurado Nacional de Elecciones procede inmediatamente
a efectuar la inscripción provisional, la que se convierte en
definitiva después de resueltas las tachas que pudiera
formularse dentro de los tres días naturales siguientes a
la publicación de la presente resolución o transcurrido
dicho plazo sin que se haya formulado tachas, de confor-
midad con lo establecido en los Artículos 96º y 101º de la
Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec-
ciones en cumplimiento de lo establecido en los numerales
Perú;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el cambio de la denomi-
nación de la organización política "Coordinadora de Uni-
dad Nacional" por la de "Todos por la Victoria".
Artículo Segundo.- Inscribir provisionalmente en el
Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional
de Elecciones a la agrupación política "Todos por la Victo-
ria", teniéndose como personero legal titular al señor
Mariano Fernando Acevedo Chipoco y como símbolo la
figura de una campana de bordes de color amarillo, ence-
rrada en un cuadrilátero de líneas de color azul y fondo
blanco, señalando domicilio en la Av. Grau Nº 122, distrito
de La Victoria, provincia de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA,
BOLÍVAR ARTEAGA, SOTO VALLENAS,
VELA MARQUILLÓ, DE VALDIVIA CANO,
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General
16387
Modifican las circunscripciones
electorales de Abancay y Andahuaylas
RESOLUCIÓN Nº 054-2001-JNE
Lima, 16 de enero de 2001
VISTO:
El Oficio Nº 033-2001/J/ONPE recibido el 12 de enero
del 2001, del señor Fernando Tuesta Soldevilla, Jefe de la
Oficina Nacional de Procesos Electorales, solicitando la
redistribución de las provincias que integran las circuns-
cripciones electorales de Huaraz, Santa, Abancay y An-
dahuaylas, así como la creación de una circunscripción
adicional para el departamento de Cusco;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 1364-2000-JNE de fecha 28
de diciembre del 2000, el Jurado Nacional de Elecciones
definió 49 circunscripciones electorales, así como sus respecti-
vas sedes para la constitución de Jurados Electorales Especia-
les con motivo de las elecciones generales del año 2001;
Que a solicitud de la Oficina Nacional de Procesos Electo-
rales, las circunscripciones electorales definidas por el Jurado
Nacional de Elecciones pueden ser modificadas por razones
técnicas a fin de agilizar las labores propias del proceso
electoral, de conformidad con lo establecido en el Artículo 32º
Nº 26486, concordante con el Artículo 26º de la Ley Orgánica
de la Oficina Nacional de Procesos Electorales Nº 26487;
Que la redistribución solicitada de las provincias que
integran las circunscripciones electorales de Abancay y
Andahuaylas, no afecta el proceso iniciado de constitu-
ción de los Jurados Electorales Especiales a instalarse, no
siendo el caso con las solicitudes correspondientes a las
circunscripciones de Huaraz y Santa, así como a la solici-
tud de creación de una nueva circunscripción electoral en
el departamento de Cusco;
Estando al informe técnico remitido por la Oficina Nacio-
nal de Procesos Electorales y al análisis efectuado del mismo,
el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar las circunscripciones
electorales de Abancay y Andahuaylas de la siguiente
manera:
Departamento de Apurímac:
ABANCAY Provincias de Abancay, Antabamba, Abancay
Aymaraes, Cotabambas y Grau.
ANDAHUAYLAS Provincias de Andahuaylas y Chincheros. Andahuaylas
Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la
Oficina Nacional de Procesos Electorales y de los Jurados
Electorales Especiales a constituirse en los departamentos
de Apurímac, la presente resolución para los fines de ley.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA.
BOLÍVAR ARTEAGA.
SOTO VALLENAS.
VELA MARQUILLÓ.
DE VALDIVIA CANO.
BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General
16388

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR