CIRCULAR N° G-182-2015 - Circular referida a indicadores clave de riesgo para la gestión de la continuidad del negocio

Fecha de disposición09 Mayo 2015
Fecha de publicación09 Mayo 2015
El Peruano
Sábado 9 de mayo de 2015
552326
Circular referida a indicadores clave de
riesgo para la gestión de la continuidad
del negocio
CIRCULAR N° G-182- 2015
Lima, 6 de mayo de 2015
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Ref.: Indicadores clave de riesgo para
la gestión de la continuidad del
negocio
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Señor
Gerente General
Sírvase tomar nota que, en uso de la atribución
conferida por el numeral 7 del artículo 349° de la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
- Ley N° 26702 y sus normas modi catorias, en adelante
Ley General, y por el inciso d) del artículo 57° del Texto
Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de
Administración de Fondos de Pensiones aprobado por el
Decreto Supremo N° 054-97-EF, esta Superintendencia
ha considerado conveniente ampliar el plazo señalado
en el numeral 4 de la Circular N° G-180-2015 para el
primer envío de los reportes sobre indicadores clave de
riesgo para la gestión de la continuidad del negocio; y
tomando en consideración las condiciones de excepción
dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14° del Decreto
Supremo Nº 001-2009-JUS, la Superintendencia dispone
la publicación de la presente Circular:
1. Alcance
La Circular modi ca la última parte del numeral 4 de
la Circular Nº G-180-2015 sobre Indicadores Clave para
la gestión de la continuidad del negocio, de acuerdo con
lo siguiente:
“(…) No obstante, el primer envío de los reportes
establecidos en la presente norma corresponderá al
cuarto trimestre del año 2015 (en el caso de los reportes
RO-1 y RO-2) y al segundo semestre del 2015 (en el caso
de los reportes RO-3 y RO-4).”
2. Vigencia
La presente circular entrará en vigencia a partir del
día siguiente de su publicación en el Diario O cial El
Peruano.
Atentamente,
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
1234472-1
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Autorizan viaje de magistrado a
Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 056-2015-P/TC
Lima, 6 de mayo de 2015.
VISTA:
La Carta de invitación de fecha 18 de marzo de 2015,
dirigida a la Presidencia del Tribunal Constitucional; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Carta de vista, la Organización
Iberoamericana de Seguridad Social –OISS y la
Procuraduría General de la Nación de Colombia, comunica
que los días 11 y 12 de mayo de 2015, se realizará el
“Seminario Iberoamericano sobre Constitucionalismo de
la Seguridad Social”, en la ciudad de Cartagena de Indias,
Colombia;
Que asimismo, consta en la referida comunicación
que por la importancia del tema a tratar, los organizadores
solicitan la participación del Presidente o de una/un
Magistrada/o del Tribunal Constitucional para que participe
como ponente en el evento académico;
Que el Secretario General ha informado que el Pleno
ha tomado conocimiento de la invitación y acordado
la participación del magistrado Carlos Augusto Ramos
Nuñez en su sesión de fecha 7 de abril de 2015, estimando
que su asistencia y concurso será importante y valiosa
para intercambiar experiencia en el área académica y
jurisdiccional, la misma que, sin duda, redundará en
bene cio de éste Tribunal;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la
el Reglamento Interno de Trabajo, la Ley Nº 27619, el
Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM, su modi catoria el
Decreto Supremo N.º 056-2013-PCM, la Décimo Tercera
Disposición Final de la Ley N.º 28411 y la Directiva N.º
001-2013-DIGA/TC aprobada por Resolución de Dirección
General N.º 24/2013-DIGA/TC.
SE RESUELVE
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor
magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez, del 10 al
12 de mayo de 2015, a la ciudad de Cartagena de
Indias, Colombia, para los fines que se exponen en
la presente.
Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto
en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del
Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle:
COMISIONADO FECHA DE VIAJE PASAJE
AÉREO VIÁTICOS
POR DOS DÍAS GASTOS DE
INSTALACIÓN
CARLOS AUGUSTO
RAMOS NUÑEZ DEL 10 al 12 DE
MAYO DE 2015 S/. 3,306.22 US$ 740.00 US$ 370.00
Artículo Tercero.- La presente resolución no dará
derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros, cualquiera fuera su denominación.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario
siguientes de realizado el referido viaje, el magistrado
informará sobre los resultados obtenidos con motivo de
su participación en la actividad antes mencionada.
Artículo Quinto.- Comunicar la presente Resolución
al señor magistrado Carlos Augusto Ramos Nuñez,
a la Secretaría General, la Dirección General de
Administración y a las O cinas de Administración de
Personal, Contabilidad y Tesorería, Presupuesto y
Estadística y Control Institucional.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
ÓSCAR URVIOLA HANI
Presidente
Tribunal Constitucional
1234709-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Designan responsables de entregar
información de conformidad con la
Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
N° 0178-2015-GORE-ICA/GR
Ica, 30 de abril de 2015

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