Cierre de minas o minas cerradas

Por RoxanaBarrantes

El Comercio no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.Lo que podría parecer un juego de palabras claramente no lo es. En el mundo moderno, una operación minera se planifica incluyendo el programa de cierre, de acuerdo a los estudios previos realizados sobre el potencial del yacimiento.Por supuesto, este programa puede sufrir cambios, ya que se puede obtener más información sobre el potencial de la tierra durante la operación.Esto genera el inicio de nuevos procedimientos para que se autoricen los cambios en el programa de operaciones y cierre y así, hasta que finalmente se agote la vida útil, es decir, el tiempo posible para extraer el mineral con la tecnología disponible a los precios vigentes. Un cambio técnico puede extender la vida útil, así como podría hacerlo una elevación de los precios. Es recién en el 2003 cuando se aprobó la Ley 28090, que regula el cierre de minas. Antes, nuestro país no contaba con una regulación que exigiera a las empresas y sus operaciones seguir estándares de calidad ambiental y de relacionamiento comunitario para los cierres.De esa carencia es que se puede explicar que, al día de hoy, el inventario de pasivos ambientales cuenta con casi ocho mil pasivos. Cada uno exhibe diversos niveles de riesgo para la vida y la mayoría de ellos son ?huérfanos?, es decir, no se puede identificar o ubicar a la operación minera que los creó originalmente.En estos casos, su gestión es asumida por la empresa pública Activos Mineros (AM). De más está decir que no cuenta con el...

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