DECRETO SUPREMO N° 051-2008-EM - Aprueban cesión de posición contractual en el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 108

Fecha de publicación03 Octubre 2008
Fecha de disposición03 Octubre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 3 de octubre de 2008 380819
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar las transferencias f‌i nancieras
del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo (Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO
Nacional), a favor del Gobierno Regional de Amazonas,
hasta por la suma de quinientos mil y 00/100 nuevos
soles (S/. 500,000.00), y de la Municipalidad Provincial
de Puno, hasta por la suma de setecientos mil y 00/100
nuevos soles (S/. 700,000.00), con cargo a la Fuente
de Financiamiento Recursos Ordinarios, para ser
destinados a la ejecución de los proyectos incluidos
en el vigente Plan de Promoción y Desarrollo Turístico
Nacional, conforme al siguiente detalle:
COD
SNIP PROYECTO ENTIDAD DE
DESTINO CRONOGRAMA DE
DESEMBOLSOS
PROYECTADO S/.
HASTA UN
MONTO
TOTAL S/.
01 Mes
92250 “Consolidación y Acondicionamiento
Turístico de las Áreas de Emergencia
de la Fortaleza de Kuelap Sector
Muralla Sur”
Gobierno
Regional de
Amazonas
500.000,00 500.000,00
22867 “Acondicionamiento Ambiental y
Turístico de la Bahía Interior de Puno
del Lago Titicaca - Puno”
Municipalidad
Provincial de
Puno
700.000,00 700.000,00
TOTAL 1.200.000,00
Artículo 2º.- La Of‌i cina General de Administración
del MINCETUR girará a nombre de las entidades
mencionadas en el artículo 1º, el monto autorizado por la
presente Resolución Ministerial, de acuerdo al cronograma
de desembolsos aprobado y en función al calendario
de compromisos que autorice la Dirección Nacional
de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y
Finanzas.
Artículo 3º.- Publíquese la presente Resolución
Ministerial en el Diario Of‌i cial El Peruano y en la página
web del MINCETUR.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
259722-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Establecen disposiciones en materia
de plazos para la presentación de
los Proyectos de Presupuesto de los
Gobiernos Locales para el año fiscal
2009
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 055-2008-EF/76.01
Lima, 1 de octubre de 2008
CONSIDERANDO:
Que, en el Cuadro de Plazos del Anexo III de la
Directiva Nº 006-2007-EF/76.01 “Directiva para la
Programación y Formulación del Presupuesto del Sector
Público”, aprobado por Resolución Directoral Nº 025-2008-
EF/76.01, se establecen los plazos para la Programación
y Formulación de los Presupuestos de los Gobiernos
Locales para el año f‌i scal 2009, en el cual se f‌i jan fechas
para la presentación del Proyecto de Presupuesto de los
Gobiernos Locales para el año f‌i scal 2009;
Que, las municipalidades provinciales y distritales
en su condición de pliegos presupuestales remiten a la
Dirección Nacional del Presupuesto Público la información
correspondiente al Proyecto de Presupuesto de los
Gobiernos Locales para el año f‌i scal 2009, a través del
Aplicativo Informático mencionado en el artículo 12º del
Anexo III, que forma parte de la Directiva Nº 006-2007-
EF/76.01;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 045-
2008-EF/76.01, se aprobaron los nuevos Clasif‌i cadores
de Ingresos y Gastos a ser utilizados en las diferentes
operaciones del Sector Público durante las etapas del
Proceso Presupuestario, los mismos que recientemente
han sido adaptados al citado Aplicativo Informático;
Que, con el objeto de adecuar los Clasif‌i cadores
de Ingresos y Gastos a la Formulación Presupuestaria
de los Gobiernos Locales para el año f‌i scal 2009, es
necesario def‌i nir nuevas fechas de presentación de la
información presupuestaria correspondiente al Proyecto
de Presupuesto de los Gobiernos Locales para el año
f‌i scal 2009;
En uso de las facultades conferidas en el artículo
13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración
Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de
la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto y el artículo 17º del Decreto Legislativo
Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y
Finanzas;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Establecer en materia de plazos para
la presentación de los Proyectos de Presupuesto de los
Gobiernos Locales para el año f‌i scal 2009, lo siguiente:
La presentación de los Proyectos de Presupuesto
para el año f‌i scal 2009 por parte de las Municipalidades
Distritales a las Municipalidades Provinciales de su
ámbito geográf‌i co, a que hace referencia el numeral 14.2
del artículo 14º del Anexo III de la Directiva Nº 006-2007-
EF/76.01 “Directiva para la Programación y Formulación
del Presupuesto del Sector Público”, se efectuará dentro
de un plazo que no exceda del 20 de octubre de 2008.
La presentación por parte de las Municipalidades
Provinciales a la DNPP del consolidado a nivel provincial
de los Proyectos de Presupuesto para el año f‌i scal 2009
y de la información detallada por cada Municipalidad
Distrital, se efectuará dentro de un plazo que no exceda
del 23 de octubre de 2008.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MUÑOZ ROMERO
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
260146-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban cesión de posición
contractual en el Contrato de Licencia
para la Exploración y Explotación de
Hidrocarburos en el Lote 108
DECRETO SUPREMO
Nº 051-2008-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es política del Gobierno promover el desarrollo
de las actividades hidrocarburíferas, a f‌i n de garantizar el
futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la
libre competencia;
Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de
hidrocarburos en el territorio nacional;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2005-EM,
de fecha 06 de octubre de 2005, se aprobó el Contrato
de Licencia para la Exploración y Explotación de
Hidrocarburos en el Lote 108, ubicado entre las provincias
de Oxapampa del departamento de Pasco; Chanchamayo
y Satipo del departamento de Junín; Huanta y La Mar del
departamento de Ayacucho; Atalaya del departamento de
Ucayali; y, La Convención del departamento del Cusco,

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