03 097-2005-PRODUCE/DNEPP - Relación de embarcaciones pesqueras cerqueras seleccionadas para participar en la Operación EUREKA LXIII que desarrollará el IMARPE

Fecha de disposición07 Abril 2005
Fecha de publicación07 Abril 2005
Pág. 290273
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 7 de abril de 2005
Aceptan donación de vivero flotante
efectuada a favor del FONDEPES para
uso en acuicultura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 084-2005-PRODUCE
Lima, 31 de marzo del 2005
VISTO:
El Oficio Nº 1449-2004-FONDEPES/GG, de fecha
13 de diciembre de 2004, del Fondo Nacional de Desa-
rrollo Pesquero (FONDEPES);
CONSIDERANDO:
Que, el 17 de octubre de 2003, se suscribió el Memo-
rándum de Entendimiento entre la Agencia Peruana de
Cooperación Internacional (APCI), Agencia de Coopera-
ción Internacional de Chile (AGCI), Agencia de Coopera-
ción Internacional del Japón en Perú y Chile (JICA), Fon-
do Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES) y la
Universidad Católica del Norte (UCN), sobre la imple-
mentación del Proyecto de "Desarrollo de Acuicultura
Sostenible de Concha de Abanico para Pescadores Ar-
tesanales de Casma", en el marco de Japan-Chile
Partnership Programme (JCPP);
Que, en el Plan Maestro del Proyecto de "Desarrollo
de Acuicultura Sostenible de Concha de Abanico para
Pescadores Artesanales de Casma", se señala como
resultados esperados entre otros, el fortalecimiento ins-
titucional del Centro de Acuicultura de la Arena y el me-
joramiento de la producción de semillas de concha de
abanico, a través de aportes de materiales necesarios
para la transferencia técnica;
Que, mediante Carta Nº JP-D-2004/023 de fecha 22
de octubre de 2004, el Gobierno de Japón a través de la
Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA)
Oficina en el Perú, donó al FONDEPES un (1) vivero
flotante (desarmado) para uso en acuicultura compues-
to de lo siguiente: 500 linternas (jaulas) de 15 mm., 1 000
pearl nets de 2 mm., 2 000 pearl nets de 6 mm., 4 000
pearl nets de 9 mm., 2 000 bolsas colectoras de 1 mm.,
2 000 cortes de 1,80 mts. de malla netlon, 555 kilos de
cabo de polipropileno de 6 mm., 100 kilos de cabo de
polipropileno de 8 mm. y 600 boyas plásticas de 30 cms.
de diámetro, amparado en la siguiente documentación:
Factura de Exportación # 00267 Inversiones Tecno Net
Limitada Equipos de Acuicultura y Redes para la Pesca,
Valor Total CIF Callao Perú US$ 26 608,49, Conocimiento
de Embarque B/L Nº SA/040148, siendo necesario for-
malizar la aceptación de la referida donación;
Que, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942,
Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, Artículo 172º del
Reglamento General de Procedimientos Administrativos
de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por el De-
creto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolución de Contra-
loría Nº 122-98-CG, y Resolución Nº 031-2002/SBN que
aprueba la Directiva Nº 009-2002/SBN "Procedimiento
para la Donación de Bienes Muebles dados de baja por
las Entidades Públicas y para la aceptación de la Dona-
ción de Bienes Muebles a favor del Estado";
Con el visado del Viceministro de Pesquería, las Ofi-
cinas Generales de Desarrollo y Planeamiento Estra-
tégico y de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar, la donación efectuada por el
Gobierno de Japón a través de la Agencia de Coope-
ración Internacional del Japón (JICA), a favor del Fondo
Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES),
consistente en un (1) vivero flotante (desarmado) para
uso en acuicultura, según descripción señalada en la
parte considerativa de la presente resolución, con un
valor CIF Callao de Veinte y Seis Mil Seiscientos Ocho
y 49/100 Dólares Americanos (US$ 26 608,49), el cual
se sustenta en la documentación que forma parte
integrante de la presente Resolución y que se detalla
a continuación:
- Carta de Donación Nº JP-D-2004/023, de fecha 22
de octubre de 2004 consistente en un (1) vivero flotante
para uso de acuicultura.
- Factura de Exportación # 00267 Inversiones Tecno
Net Limitada Equipos de Acuicultura y Redes para la
Pesca, de fecha 19 de agosto de 2004, US$ 26 608,49.
- Conocimiento de Embarque B/L Nº SA/040148.
Artículo 2º.- Asignar al Fondo Nacional de Desa-
rrollo Pesquero (FONDEPES) el bien donado, dispo-
niéndose su incorporación al Inventario Patrimonial
correspondiente.
Artículo 3º.- Agradecer al Gobierno de Japón, por
su importante contribución.
Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a la
Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contralo-
ría General de la República dentro de los plazos legales
establecidos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DAVID LEMOR BEZDIN
Ministro de la Producción
06689
Relación de embarcaciones pesqueras
cerqueras seleccionadas para partici-
par en la Operación EUREKA LXIII que
desarrollará el IMARPE
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 097-2005-PRODUCE/DNEPP
Lima, 6 de abril del 2005
Vista, el Acta Notarial de fecha 5 de abril de 2005, del
Sorteo de las Embarcaciones Pesqueras Cerqueras que
conducirán la ejecución de la Operación EUREKA LXIII
entre el 9 al 11 de abril de presente año;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 079-2005-PRO-
DUCE del 29 de marzo de 2005, se autorizó al Instituto
del Mar del Perú - IMARPE, la ejecución de la Operación
EUREKA LXIII, entre los días 9 al 11 de abril del 2005, en
el área marítima comprendida entre el paralelo 04° 00’
Latitud Sur (Máncora) y el paralelo 14° 00’ Latitud Sur
(Pisco), hasta las 100 millas de la costa, con la participa-
ción de veinticuatro (24) embarcaciones pesqueras cer-
queras mayores de 270 m3 de capacidad de bodega,
con permiso de pesca vigente para la extracción del
recurso anchoveta, las que además deberán cumplir
con los requisitos establecidos en el artículo 2º la citada
Resolución;
Que, mediante el artículo 3º de la precitada Resolu-
ción, se encargó a la Dirección Nacional de Extracción y
Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produc-
ción, conducir el sorteo de selección de las embarcacio-
nes pesqueras que solicitaron su participación en la
Operación Eureka LXIII;
Que, el día 5 de abril de 2003 se llevó a cabo el
sorteo de selección de las embarcaciones pesque-
ras cuyos armadores solicitaron participar en la ope-
ración EUREKA LXIII, habiéndose logrado cubrir los
perfiles nominados del 1 al 24; siendo necesario pro-
ceder a su publicación conforme a lo dispuesto en el
artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 079-2005-
PRODUCE;
De conformidad con las disposiciones contenidas en
Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 012-2001-PE y la Resolución Ministerial Nº 079-2005-
PRODUCE;

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