Carta de Superintendencia nº 122-2010-SUNAT/2B0000

Año2010
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
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É',,f,ffluffi[in,É
1 r¡Búrús
l.qERris i
ltn¡o$9
"Décenio
de las Person¿s
con D¡scapac¡dad én etperú"
"Año de la Consol¡dación
Económtca
y Sociát
detperú"
oARTA
N.. I r ¿
-20.1o-SU
NAT/2ooooo
Lxrro, JLI ¿{ltu
Que
eslab
ece las nofi¡as
reler das
a tibros
y ¡egislros vinculados
a asuntos
tributarjos.
oublicada
e
30.12.2006,
modifcada mediante
la Resolucón
de Supeflnleidenc
a N
" 239-2008/SUNAT.
olb icada
el
31.12.2008
y norrnas
modif¡caiorias.
Que
dicta
disposiciones
para
a
lmple¡nentación
det ttevado de
deienninados
bros
v reoisfos
vincutados
a ésunios r'bura ios
de n¿Fera ere-üó-ca.
pub
cada et 31. 2 2009
Confoffne
lo señala
el inciso
0 de artícuto
1. de ta
Resotución de Superiniend€ncia
N.' 234-2006/SUNAT
y
elinclso
i) delartÍculo l" de la
Resolución
de Superintendencia
N..286-2009/5UNAT
Señor
JOSE ROSAS
BERNEDO
Gerente General
Cámara de Comercio
de Lima
Presente.-
Ref. : Carta
cc/034.1o/GL
De mi consideración:
Tengo
el agrado de d¡rigirme a usted en atención
al documento
de la referencia,
mediante
el cual consulta
si el ingreso
y salida del efectivo
proveniente
de las
cuentas corrientes
del contribuyenie,
así como su registro
en el Libro Caja y
Bancos
t¡ene un
procedimiento
específico
al amparo
de alguna norma
legal.
Al respecto,
tanto el acápite iii) de¡
inciso b) del artículo 6" de la Resolución
de
Superintendencia
N." 234-2006/SUNAT(])
como el ¡nciso
b) del articulo
g" oe ia
Resolución
de Superintendencia
N." 286-2009/SUNAT(z)
establecen
que
registro de las operaciones
en los
libros comprendidos
dentro
de los alcanóes
oe
la misma,
entre
los cuales
se encuentra
el Libro Caja
y Bancos(3),
debe reaiizarse
ut¡lizando
el Plan Contable
General
vigente en el pats, a cuyo efecto se
emplearán
cuentas contables
desagregadas
como
mínimo a nivel de los diajtos
establecidos
en dicho
plan,
salvo
que por
apricación de las normas
tnbut;rias
deba realizarse
una
desagregación
mayor.
Agregan
dichas
normas
que
la utillzación
del
plan
Contable ceneral
viqente
en el
país
no será de aplicación
en aquellos
casos en que. por ley eipresa. ros
deudores
tr¡butar¡os se encuentren
facultados
a emplear
un plan Contable,
i utl;soltlie
ily--

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