RESOLUCION DIRECTORAL Nº 007-2010-EF/75.01 - Aprueban monto y características adicionales de la segunda colocación de Bonos Soberanos a ser realizada en el marco de lo dispuesto mediante D.S. N° 059-2010-EF
Fecha de disposición | 17 Mayo 2010 |
Fecha de publicación | 17 Mayo 2010 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 17 de mayo de 2010
419104
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban monto y características
adicionales de la segunda colocación
de Bonos Soberanos a ser realizada en
el marco de lo dispuesto mediante D.S.
N° 059-2010-EF
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 007-2010-EF/75.01
Lima, 13 de mayo de 2010
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29466,
Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año
Fiscal 2010, el Decreto Supremo Nº 059-2010-EF autorizó
la emisión de Bonos Soberanos hasta por la suma de
S/. 2 065 000 000,00 (Dos Mil Sesenta y Cinco Millones y
00/100 Nuevos Soles);
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 5º del
Decreto Supremo Nº 059-2010-EF y en el literal s) del
numeral 2 del Reglamento de la Emisión y Colocación de
Bonos Soberanos en el Mercado Interno, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, las características
adicionales de los bonos serán establecidas por la
Dirección Nacional del Endeudamiento Público, a través
de una resolución directoral;
Que, con cargo al monto autorizado mediante el Decreto
Supremo Nº 059-2010-EF, a la fecha se han colocado
Bonos Soberanos por la suma de S/. 75 000 000,00
(Setenta y Cinco Millones y 00/100 Nuevos Soles);
Que, es necesario aprobar el monto y las
características adicionales de la segunda colocación de
Bonos Soberanos a ser realizada en el mes de mayo
de 2010, a través de las reaperturas de los bonos
denominados Bonos Soberanos 12FEB2042 y Bonos
Soberanos 12AGO2046;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28563,
Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y
sus modifi catorias, la Ley Nº 29466, Ley de Endeudamiento
del Sector Público para el Año Fiscal 2010, el Decreto
Supremo Nº 059-2010-EF y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo y su modifi catoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- La segunda colocación de Bonos
Soberanos a ser realizada en el marco de lo dispuesto
en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 059-2010-EF,
será hasta por el importe de S/. 150 000 000,00 (Ciento
Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles), la cual será
efectuada a través de la subasta del Bono Soberano
12FEB2042 hasta por un monto de S/. 100 000 000,00
(Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles) y de la subasta del
Bono Soberano 12AGO2046 hasta por S/. 50 000 000,00
(Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles).
En el caso que sea necesario realizar la segunda y
tercera vuelta, a que se refi eren, respectivamente, los
items ii) y iii) del literal b) del numeral 3 del Reglamento
de la Emisión y Colocación de Bonos Soberanos en el
Mercado Interno, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 193-2004-EF, el monto autorizado en el párrafo anterior
podrá incrementarse en los porcentajes señalados en
dicho Reglamento.
Artículo 2º.- La colocación a que se refi ere el artículo
precedente, se instrumentará a través de las reaperturas
de los bonos denominados Bonos Soberanos 12FEB2042
y Bonos Soberanos 12AGO2046, cuyas características
serán las siguientes:
- Emisor : La República del Perú
- Moneda : Nuevos Soles
- Valor nominal de cada bono : S/. 1 000,00 (Un Mil y 00/100 Nuevos
Soles)
- Mecanismo de colocación : Subasta a través del sistema DATATEC
- Participantes de la subasta : Creadores de Mercado designados por
la Resolución Ministerial N° 007-2010-
EF/75
- Modalidad de subasta : Holandesa
- Variable a subastar : Precio del bono
El precio a subastar no incluirá los
intereses corridos generados por cada
bono
- Fecha de subasta : 18 de mayo de 2010
- Fecha de liquidación : 19 de mayo de 2010
- Negociabilidad : Libremente negociables
- Representación : Mediante anotación en cuenta en el
registro contable de CAVALI S.A ICLV
- Pago del principal e intereses : A través de CAVALI S.A ICLV
Los pagos se realizarán según los
cronogramas que se describen en el Anexo
1 a la presente Resolución Directoral
De los bonos a ser colocados en la primera subasta:
- Denominación : Bonos Soberanos 12FEB2042
- Código ISIN : PEP01000C4L7
- Nemónico : SB12FEB42
- Fecha de vencimiento : 12 de febrero de 2042
- Monto de colocación : Hasta por un monto de S/. 100 000 000,00
(Cien Millones y 00/100 Nuevos Soles)
- Tasa de interés : 6,85% nominal anual fi ja, base 30/360
- Cupón semestral : S/. 34,25
- Redención : Al vencimiento se cancelará el íntegro del
capital.
- Monto a pagar : El monto a pagar por el inversionista que
resulte adjudicatario en la subasta, será el
precio del bono fi jado en la subasta más
los intereses corridos generados por cada
bono adjudicado
- Intereses corridos : Por el número de días transcurridos entre
la fecha de pago del último cupón y la
fecha de liquidación del bono
- Monto en circulación : Actualmente están en circulación 1 497
300 unidades del bono que se reabre
De los bonos a ser colocados en la segunda subasta:
- Denominación : Bonos Soberanos 12AGO2046
- Código ISIN : PEP01000C1S8
- Nemónico : SB12AGO46
- Fecha de vencimiento : 12 de agosto de 2046
- Monto de colocación : Hasta por un monto de S/. 50 000 000,00
(Cincuenta Millones y 00/100 Nuevos
Soles)
- Tasa de interés : 3,83 % + VAC, base 30/360
- Redención : Al vencimiento se cancelará el íntegro
del capital reajustado bajo el concepto de
Valor Adquisitivo Constante (VAC), según
la metodología descrita en el Anexo 2 de
la presente Resolución Directoral
- Monto a pagar : El monto a pagar por el inversionista que
resulte adjudicatario en la subasta, será
el precio del bono fi jado en la subasta
más los intereses corridos generados por
cada bono adjudicado, y el reajuste por
concepto de Valor Adquisitivo Constante
(VAC)
- Intereses corridos : Por el número de días transcurridos
entre la fecha de pago del último cupón
y la fecha de liquidación del bono, y el
reajuste por concepto de Valor Adquisitivo
Constante (VAC)
- Monto en Circulación : Actualmente están en circulación 135 000
unidades del bono que se reapertura
- Reajuste por concepto VAC : Será determinado en la fecha de
liquidación
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BETTY SOTELO BAZÁN
Directora General
Dirección Nacional del Endeudamiento Público
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