CIRCULAR N° G-171-2013 - Circular sobre actualización del capital social mínimo de empresas supervisadas correspondiente al trimestre julio - setiembre de 2013.

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición 8 de Julio de 2013
El Peruano
Lunes 8 de julio de 2013
498908
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Circular sobre actualización del capital
social mínimo de empresas supervisadas
correspondiente al trimestre julio -
setiembre de 2013
CIRCULAR Nº G-171-2013
Lima, 4 de julio de 2013
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Ref.: Actualización del capital social mínimo
correspondiente al trimestre julio –
setiembre de 2013
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Señor
Gerente General:
Sírvase tomar conocimiento que en uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo
349º de la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modif‌i catorias,
la Superintendencia dispone mediante la presente
norma de carácter general, la actualización trimestral,
correspondiente al período julio – setiembre de 2013, de
los capitales sociales mínimos de las empresas indicadas
en los artículos 16º y 17º de la referida Ley General, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha
norma, según se indica a continuación, disponiéndose
su publicación en virtud de lo señalado en el Decreto
Supremo N° 001-2009-JUS:
Actualización del capital social mínimo de las
empresas supervisadas correspondientes al
trimestre julio – setiembre 2013
(en nuevos soles)
CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (*)
A. Empresas de Operaciones Múltiples
1. Empresas Bancarias. 24,907,247
2. Empresas Financieras. 12,525,436
3. Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 1,132,299
4. Caja Municipal de Crédito Popular. 6,680,233
5. Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro
Empresa - EDPYME. 1,132,299
6. Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a
captar recursos del público. 1,132,299
7. Caja Rural de Ahorro y Crédito. 1,132,299
B. Empresas Especializadas
1. Empresa de Capitalización Inmobiliaria. 12,525,436
2. Empresa de Arrendamiento Financiero. 4,074,942
3. Empresa de Factoring. 2,264,599
4. Empresa Af‌i anzadora y de Garantías. 2,264,599
5. Empresa de Servicios Fiduciarios. 2,264,599
6. Empresas Administradoras Hipotecarias 4,088,060
C. Bancos de Inversión 24,907,247
D. Empresas de Seguros
1. Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos
generales o de vida). 4,529,198
CAPITAL SOCIAL MÍNIMO (*)
2. Empresa que opera en ambos ramos (de riesgos
generales y de vida). 6,225,977
3. Empresa de Seguros y Reaseguros. 15,850,522
4. Empresa de Reaseguros. 9,624,545
E. Empresas de Servicios Complementarios y
Conexos
1. Almacén General de Depósito. 4,074,942
2. Empresa de Transporte, Custodia y Administración
de Numerario. 16,700,581
3. Empresa Emisora de Tarjetas de Crédito y/o
Débito. 1,132,299
4. Empresa de Transferencia de Fondos. 1,132,299
5. Empresas Emisoras de Dinero Electrónico 2,264,599
Índice Base: Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 – junio 2013:
1.6700581
* Las actualizaciones se realizan respecto del Índice de Precios
al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, artículo 18º de la
Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº
26702 y sus modif‌i catorias.
Atentamente,
JAVIER POGGI CAMPODÓNICO
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones (a.i.)
958740-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Desafectan bienes de uso público en
los distritos de Villa María del Triunfo
y Carabayllo
ORDENANZA N° 1711
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11 de
junio del 2013, el Dictamen Nº 013-2013-MML-CMDUVN
de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano,
Vivienda y Nomenclatura y el Dictamen Nº 059-2013-
MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos
Legales
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE DESAFECTA UN BIEN DE USO PÚBLICO EN EL
DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO
Artículo Único.- Desafectar el Uso del Suelo del
terreno de 377.13 m2 que forma parte de un área
mayor de 596.30 m2 calif‌i cado como Parque /Jardín,
correspondiente a la Mz. F Lotes 1 y 2 del Sector
Kahuashi del Proyecto Integral Los Héroes de José Carlos
Mariátegui, distrito de Villa María del Triunfo, Provincia y
Departamento de Lima.

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