1007 149-2002-PRODUCE/DNEPP - Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de Pesquera San Fermín S.A.

Fecha de disposición23 Enero 2003
Fecha de publicación23 Enero 2003
Pág. 237806
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 23 de enero de 2003
NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE COMÚN Nº DE
ESPECÍMENES
Melanotaenia praecox RAINBOW NEON DWARF MD 30
Colisa lalia GOURAMI DWARF POWDER BLUE LG 10
Xiphophrus maculatus PLATY RAINBOW ML 30
Cyclanobis senegalencis TURTLE SOLF SHELL SPINY B/B
(EXPORT ONLY) 20
Aphyocharax rathbuni TETRA BLOOD FIN PARAGUAY 50
Bardbodes schwannenfeldii BARB TINFOIL ALBINO SM 10
Labeo erythrurus SHARK RAINBOW MS 10
Pseudotropheus asst CICHID ASST AFRICAN MS 20
Micrgeophagus ramirzi CICHID CROWN RUBY 10
Astronotus ocellatus CICHID OSCAR TIGER 1½ 20
Pseudotropheus tropheops CICHID RUSTY SM 30
Botia macracanina LOACH CLOWN 13/4 10
Poecilia latipinna MOLLY PINEPLE LYRETAIL LG 20
Astronotus ocellatus CICHID OSCAR ALBINO RED 1.5 10
TOTAL: 440
01277
Aprueban cambio de titular de permiso
de pesca a favor de Pesquera San Fer-
mín S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 149-2002-PRODUCE/DNEPP
Lima, 13 de diciembre del 2002
Visto los escritos de registro Nº CE-00002001, Nº
11801002 y Nº 15554002, de fechas 2 de enero, 9 de mayo,
3 y 4 de setiembre, 21, 24 y 28 de octubre y 15 de noviem-
bre del 2002, respectivamente, presentados por EMPRE-
SA PESQUERA SAN FERMÍN S.A.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General
de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-
PE, establece que la transferencia de la propiedad o pose-
sión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacio-
nal durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la
transferencia de dicho permiso en los mismos términos y
condiciones en que se otorgó;
Que por Resolución Ministerial Nº 353-97-PE, de fecha
17 de julio de 1997, se otorgó permiso de pesca a PES-
QUERA JAVIER S.A., para operar la embarcación pesquera
denominada "JAVIER", con matrícula Nº CO-13008-PM, de
464.60 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de
los recursos hidrobiológicos de consumo humano indirec-
to, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5)
millas costeras;
Que mediante los escritos del visto, la EMPRESA PES-
QUERA SAN FERMÍN S.A., solicita el cambio de titular del
permiso de pesca a que se refiere el considerando ante-
rior, al haber adquirido la condición de arrendataria de la
embarcación pesquera "JAVIER", en virtud del contrato de
arrendamiento financiero y cesión de posición contractual
de fecha 19 de diciembre del 2001, celebrado con WIESE
SUDAMERIS LEASING S.A. y FIMA S.A.; así como la ex-
clusión de la referida embarcación del Anexo V de la Reso-
lución Ministerial Nº 152-2002-PE y su incorporación al
Anexo I de la misma, para cuyo efecto presenta el respectivo
Certificado de Matrícula vigente, así como los Certificados
de Adecuación de las dimensiones de su redes de cerco
anchovetera y sardinera;
Que por Resolución Ministerial Nº 193-2002-PRO-
DUCE, del 26 de noviembre del 2002, se publicaron los
listados actualizados de embarcaciones pesqueras de
mayor escala, consignando a la embarcación pesquera
"JAVIER", de matrícula Nº CO-13008-PM, en el Anexo I de
dicha resolución, correspondiente a las embarcaciones
pesqueras de mayor escala autorizadas a realizar faenas
de pesca en el ámbito litoral;
Que de la evaluación efectuada a los documentos que
obran en el expediente se ha determinado que la recurrente
ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en
el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Pesquería (actualmente
Ministerio de la Producción), aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 020-2001-PE, aplicable al presente caso en virtud a
lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº
004-2002-PE, así como se ha acreditado que la embarca-
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 148-2002-PRODUCE/DNEPP
Lima, 13 de diciembre del 2002
Visto el escrito con registro Nº CE-02002003 de fecha
21 de noviembre de 2002 y los escritos complementarios
de fechas 26 y 29 de noviembre de 2002, presentados por
la empresa FESTIVAL DE MASCOTAS S.A.C.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 44º del Decreto Ley
Nº 25977 - Ley General de Pesca -, las concesiones, auto-
rizaciones y permisos son derechos específicos que el Mi-
nisterio de la Producción otorga a plazo determinado para
el desarrollo de las actividades pesqueras;
Que conforme a lo dispuesto por el numeral 26.1 del
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la
importación y exportación de especies hidrobiológicas vi-
vas con fines de investigación, recreación o difusión cultu-
ral, requerirá la autorización del Ministerio de la Produc-
ción;
Que mediante los escritos del visto, la empresa FESTI-
VAL DE MASCOTAS S.A.C., solicita autorización por ocho
(08) meses para la importación de especies hidrobiológi-
cas vivas procedentes de los Estados Unidos de Nortea-
mérica, con fines de recreación y/o difusión cultural;
Que de la evaluación efectuada a los documentos pre-
sentados, se concluye que la empresa recurrente ha cum-
plido con presentar los requisitos establecidos en el proce-
dimiento Nº 18 del Texto Único de Procedimientos Admi-
nistrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por
Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que procede otor-
gar la autorización solicitada;
Estando a lo informado por la Dirección de Consumo
Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce-
samiento Pesquero mediante Informe Nº 017-2002-PRO-
DUCE/DNEPP-Ch de fecha 26 de noviembre del 2002 y
con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la empresa FESTIVAL DE
MASCOTAS S.A.C., por el período de ocho (08) meses, la
importación con fines de recreación y difusión cultural de
cuatrocientos cuarenta (440) ejemplares vivos de las es-
pecies hidrobiológicas (peces ornamentales) que se deta-
llan en el Anexo de la presente resolución, procedentes de
los Estados Unidos de Norteamérica, a ser estabulados
en la tienda acuarística ubicada en la Av. Angamos Este
Nº 1807, distrito de Surquillo, provincia y departamento de
Lima.
Artículo 2º.- La eficacia de la presente resolución es-
tará sujeta al ingreso de las especies hidrobiológicas, con
el correspondiente certificado sanitario, el mismo que de-
berá ser presentado a la Dirección Nacional de Extracción
y Procesamiento Pesquero en el término de veinticuatro
(24) horas de efectuada la importación.
Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Direc-
toral a la Superintendencia Nacional de Administración Tri-
butaria.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA
Directora Nacional de Extracción y
Procesamiento Pesquero
ANEXO
NOMBRE Y NUMERO DE ESPECIES HIDROBIOLOGICAS
NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE COMÚN Nº DE
ESPECÍMENES
Betta splenders BETTA MALE ASSORTE LG SPECIAL 50
Chanda ranga TETRA CLAS PAINTED MIX COLOR
LG 1.5 30
Gnathonems petersi ELEPHANT NOSE 3.4 10
Colisa lalia GOURAMI DWARF MALE LG 10
Poecilia velifera MOLLY SAIFIN GOLD PAIR LG 10
Boehikea fredcochui TETRA BLUE MD 50

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