Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de persona jurídica
Fecha de publicación | 16 Octubre 2004 |
Fecha de disposición | 16 Octubre 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 16 de octubre de 2004
Aprueban cambio de titular de permi-
so de pesca a favor de persona jurídica
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 263-2004-PRODUCE/DNEPP
Lima, 30 de setiembre del 2004
Vistos los Escritos de Registro Nº CE-12729001 de
fecha 10 de noviembre de 2003 y 30 de marzo de 2004,
presentados por PESQUERA MIGUEL S.A.C.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General
de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-
PE, establece que el permiso de pesca es indesligable
de la embarcación a la que corresponde y que durante
su vigencia la transferencia de la propiedad o posesión
de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional
conlleva la transferencia de dicho permiso en los mis-
mos términos y condiciones en los que se otorgaron;
Que mediante Resolución Directoral Nº 046-2000-
PE/DNE de fecha 20 de marzo de 2000, se otorgó permi-
so de pesca al señor VÍCTOR JAVIER RAMOS DÍAZ
para operar la embarcación pesquera "MIGUEL" de
matrícula Nº CO-15669-PM, de 127.21 m3 de capaci-
dad de bodega, en la extracción de los recursos ancho-
veta y sardina con destino al consumo humano indirec-
to, utilizando redes de cerco con longitudes de malla de
½ pulgada (13 mm.) y de 1 ½ pulgada (38 mm.), en el
ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco millas ad-
yacentes a la costa;
Que a través de los escritos del visto, la empresa
PESQUERA MIGUEL S.A.C., solicita a su favor el cam-
bio de titular del permiso de pesca para operar la
embarcación pesquera "MIGUEL" de matrícula Nº CO-
15669-PM, en virtud al certificado compendioso de do-
minio que obra en el expediente administrativo;
Que de la evaluación efectuada a los documentos
que obran en el expediente, se ha determinado que el
solicitante ha cumplido con presentar los requisitos
establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de
Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción),
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE,
por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titu-
lar de permiso de pesca solicitado por la empresa PES-
QUERA MIGUEL S.A.C.;
Que mediante Decreto Supremo Nº 001-2002-
PRODUCE de fecha 5 de setiembre de 2002, se estable-
ció que los recursos sardina (
Sardinops sagax sagax
),
jurel (
Trachurus picturatus murphy
) y caballa (
Scomber
japonicus peruanus
) serán destinados al consumo hu-
mano directo, resultando necesario que la indicada em-
presa armadora tenga en cuenta dicha disposición en el
desarrollo de sus actividades extractivas;
Estando a lo informado por la Dirección de Consumo
Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac-
ción y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Nº
006-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con el visado de
la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido por el Decreto
Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el
Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA
del Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la
Producción), aprobado mediante Decreto Supremo Nº
004-2002-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de
pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 046-
2000-PE/DNE para operar la embarcación pesquera "MI-
GUEL" de matrícula Nº CO-15669-PM y de 127.21 m3 de
capacidad de bodega, a favor de la empresa PESQUERA
MIGUEL S.A.C., en los mismos términos y condiciones en
que fue otorgado, y de acuerdo a la normativa vigente.
Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere la
presente Resolución será ejercido conforme a lo dispues-
to por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que
establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán
destinados al consumo humano directo, o las normas
que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previs-
tas por su incumplimiento establecidas en el Decreto
Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto la
totalidad de bodegas de la embarcación deben mante-
ner implementado y operativo el medio o el sistema de
preservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamien-
to es obligatorio.
Artículo 3º.- Dejar sin efecto el permiso de pesca
otorgado al señor VICTOR JAVIER RAMOS DÍAZ, a tra-
vés de la Resolución Directoral Nº 046-2000-PE/DNE,
para operar la embarcación pesquera "MIGUEL" de
matrícula Nº CO-15669-PM.
Artículo 4º.- Excluir al señor VICTOR JAVIER RA-
MOS DÍAZ, como titular del permiso de pesca para ope-
rar la embarcación pesquera "MIGUEL" de matrícula Nº
CO-15669-PM del Anexo III de la Resolución Ministerial
Nº 229-2002-PRODUCE, así como del literal J) del Anexo
I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE.
Artículo 5º.- Incorporar a PESQUERA MIGUEL
S.A.C. como titular del permiso de pesca para operar la
embarcación pesquera "MIGUEL" de matrícula Nº CO-
15669-PM, y la presente Resolución, en el Anexo III de
la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE, así
como en el literal J) del Anexo I de la Resolución Minis-
terial Nº 284-2003-PE.
Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución Direc-
toral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y
Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direc-
ciones Regionales Sectoriales de la Producción del lito-
ral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacos-
tas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal
de la Página Web del Ministerio de la Producción:
www.produce.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SILVIA DONGO ARÉVALO
Directora Nacional de Extracción y
Procesamiento Pesquero
18567
Otorgan a empresa permiso de pesca y
licencia de procesamiento para operar
embarcación en la extracción de atún
y especies afines
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 264-2004-PRODUCE/DNEPP
Lima, 4 de octubre del 2004
Vistos los escritos de Registro Nº CE-04597003 del
28 de junio, 14 de julio, 6 de agosto y 27 de setiembre del
2004, presentados por la empresa AGENCIA MARÍTI-
MA Y NAVIERA MARKING S.A., en representación de la
empresa panameña OCEANLANE NAVEGATION S.A.
CONSIDERANDO:
Que el inciso c) del artículo 43º del Decreto Ley Nº
25977, Ley General de Pesca, dispone que las perso-
nas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pes-
ca para la operación de embarcaciones pesqueras de
bandera nacional y extranjera. Asimismo, el artículo 47º
de dicha norma establece que las operaciones de embar-
caciones de bandera extranjera en aguas jurisdicciona-
les peruanas, sólo podrán efectuarse sobre el exceden-
te de la captura permisible no aprovechada de recursos
hidrobiológicos por la flota existente en el país, sujetán-
dose a los términos y condiciones establecidos en la
legislación interna sobre preservación y explotación de
los recursos hidrobiológicos y sobre los procedimientos
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