Sobre las calidades y qualidades de los indios americanos. Claves para comprender la limitación del derecho de representación en las Cortes Constituyentes de Cádiz (1812)

AutorMaría Magdalena Martínez Almira
CargoUniversidad de Alicante, Alicante-España, Profesora e Investigadora, Catedrática de Historia del Derecho. Código ORCID https://orcid.org/0000-0003-2721-8029, mm.martinez@ua.es
Páginas445-488
Sobre las calidades y qualidades de los indios
americanos. Claves para comprender la
limitación del derecho de representación en
las Cortes Constituyentes de Cádiz*
On the Personal Attributes and Qualities of Native
Americans. Keys to Understanding the Limitation of
Performing Rights in the Constitutive Parliament of Cadiz
(1812)
MARÍA MAGDALENA MARTÍNEZ ALMIRA**
Universidad de Alicante (España)
Resumen: El propósito de este trabajo es analizar la terminología con la que
se identificó a la población india a través de una selección de fuentes para el
conocimiento del derecho indiano, entre las que cabe mencionar legislación,
documentos de aplicación del derecho y memoriales e informes elevados
al monarca español. Se trata de conceptos cargados de significado jurídico,
en muchas ocasiones con connotaciones peyorativas y que minusvaloraban
las capacidades y competencias dela población indígena. La limitación de
derechos, y en concreto de privilegios y exenciones reservados a los españoles,
pudiera tener su causa en este hecho. La trascendencia que tuvo la asignación
de determinados adjetivos y nombres constante el tiempo en la génesis del
imaginario del indio ciudadano se evidencia en el proceso de la construcción
de una política americana y, especialmente, en el proceso constituyente
español de principios del siglo XIX.
Palabras clave: indios, indígenas, identidad, ciudadanos, derecho de
representación
Abstract: The purpose of this paper is to analyze the terminology with
which Indian people was identified, through a selection of sources for the
knowledge of Indian law, amongst them legislation, documents relating to
the implementation of law, memorials and reports submitted to the Spanish
king. These are concepts loaded with legal significance, often with pejorative
connotations that undervalued the capacities and competences of the
Indigenous population. The limitation of rights, and in particular privileges
and exemptions reserved to the Spaniards, could have its cause in this fact.
* Trabajo de investigación realizado en el marco del Proyecto financiado por la Conselleria de
Educación, Investigación, Cultura y Deporte Género y Raza: Las subjetividades omitidas en el
constitucionalismo (GV/2017/168), siendo su investigadora principal la doctora Nilda Margot Garay
Montañez, a quien agradezco sus comentarios e indicaciones bibliográficas sobre algunas de
las cuestiones abordadas desde el punto de vista histórico jurídico, pero con proyección en otras
disciplinas de interés y actualidad; y también del Proyecto I+D+i: El Estado secular y las políticas de
coexistencia (2016-). DER2016-79293-P, liderado por la investigadora principal doctora Rosa María
Martínez de Codes.
** Universidad de Alicante, Alicante-España, Profesora e Investigadora, Catedrática de Historia
del Derecho.
Código ORCID https://orcid.org/0000-0003-2721-8029, mm.martinez@ua.es
https://doi.org/10.18800/derechopucp.201901.015
N° 83, 2019
diciembre-mayo
pp.445-488
MARÍA MAGDALENA MARTÍNEZ ALMIRA
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Derecho PUCP, N° 83, 2019 / ISSN 0251-3420 / e-ISSN: 2305-2546
The importance of the assignment of certain adjectives and names constantly
in the genesis of the Indian citizen’s imaginary is evidenced in the process
of building an American policy and, especially, in the Spanish constitutional
process in the early nineteenth century.
Key words: Indians, indigenous people, identity, citizens, right of
representation
CONTENIDO. I. INTRODUCCIÓN. II. INDIOS LIBRES Y CON UN PASADO
IMPERIAL. GENTES DE ORDEN SOMETIDOS A UNA NUEVA AUTORIDAD.
II.1. AUTORIDAD Y SEÑORÍO INDÍGENA II.2. MALTRATO Y PRESIÓN FISCAL
SOBRE LOS INDIOS. III. CALIDADES Y QUALIDADES DE LOS INDÍGENAS.
CAUSAS DE LA FALTA DE CONSIDERACIÓN HACIA LA IDENTIDAD DEL
INDÍGENA. III.1. EL DERECHO A LA IDENTIDAD DE LOS INDIOS. III.2. LA
IDENTIDAD FEMENINA Y SU DESIGUAL TRATO ANTE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA EN INDIAS. III.3. EL ATAQUE A LA IDENTIDAD CRIOLLA EN DEFENSA
DEL DERECHO DE LOS INDIOS. IV. EL RACIONALISMO ILUSTRADO ANTE
EL FRACASO DEL HUMANISMO MODERNO EN LA DEFENSA DEL INDIO.
IV.1. EL SENTIDO DE LA INSTRUCCIÓN PARA LA DEFENSA DE LA
IDENTIDAD DEL INDIO. EL SEMPITERNO RECURSO A LA LENGUA COMO
VEHÍCULO DE CAMBIO DEL DERECHO DEL INDIO. IV.2. INSTRUIDOS Y
CIUDADANOS ESPAÑOLES ELEGIDOS PARA DEFENDER LOS INTERESES
DE OTROS INDIOS. V. A MODO DE REFLEXIÓN FINAL.
I. INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene tres objetivos específicos que se concretan
en uno general, centrado en la defensa de la identidad del indio
americano en el marco de los debates parlamentarios entre 1810 y
1812. No es en modo alguno un estudio exhaustivo, pues EELO exigiría
una extensión a todas luces desaconsejable para el propósito que nos
ocupa: abordar planteamientos legislativos y doctrinales, a partir de
crónicas y descripciones correspondientes a dos periodos consecutivos.
Las denuncias de quienes llevaron a cabo el proceso evangelizador
en Indias junto a las descripciones de la realidad vivida en aquellos
territorios en documentos de aplicación del derecho corresponden a la
primera etapa, coincidente con el humanismo tomista de los siglos XVI
y XVII. Los memoriales y descripciones de tierras y gentes por parte de
ilustrados que se citan en este trabajo corresponden al segundo periodo,
el del racionalismo ilustrado tendente a la defensa de la igualdad y de la
condición de ciudadanos como superación de la del vasallaje1 de antaño.
1 En cursiva están aquellos términos y conceptos que aparecen en la documentación, pero que,
desde el punto de vista etimológico, no significaban en aquel tiempo lo mismo que en la actualidad.
Entrecomillados, pero sin cursiva, están los términos que, considero, merecen, ser abordados o
tratados de manera específica, y que no tienen por qué figurar en documentos consultados, pero sí
en diccionarios de aquel tiempo.
MARÍA MAGDALENA MARTÍNEZ ALMIRA
SOBRE LAS
CALIDADES Y
QUALIDADES
DE LOS INDIOS
AMERICANOS.
CLAVES PARA
COMPRENDER
LA LIMITACIÓN
DEL DERECHO DE
REPRESENTACIÓN
EN LAS CORTES
CONSTITUYENTES
DE CÁDIZ
ON THE PERSONAL
ATTRIBUTES AND
QUALITIES OF NATIVE
AMERICANS. KEYS
TO UNDERSTANDING
THE LIMITATION
OF PERFORMING
RIGHTS IN THE
CONSTITUTIVE
PARLIAMENT OF
CADIZ (1812)
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Derecho PUCP, N° 83, 2019 / ISSN 0251-3420 / e-ISSN: 2305-2546
Los tres objetivos específicos son los siguientes: primero, plantear la
efectividad de la consideración de los individuos residentes y originarios
en Indias en un mismo plano de igualdad, sobre materias concretas
para el buen gobierno; siendo el ámbito de la tributación y el de la
instrucción los que destacan principalmente. No en vano, la tributación
era el elemento que igualaba a los individuos en el territorio indiano y
que, supuestamente, debería también redundar en su bienestar y mayor
protección; y la educación o instrucción era el factor que contribuía a
una formación en valores y principios sobre una cultura, una lengua
para el caso que nos ocupa. La lengua es un vehículo de uniformidad
cultural, también religiosa. El segundo objetivo consiste en plantear el
reconocimiento efectivo de la igualdad como valor individual y colectivo,
a la luz de las disposiciones legales. Y el tercer objetivo es identificar el
alcance de la protección de los individuos por la ley, en defensa de su
igual consideración, ante extorsiones y maltrato; pues hay evidencias
de que la protección que merecían los habitantes de las Indias, ante esa
serie de acciones lesivas, no era la misma que amparaba a los habitantes
peninsulares, dando esto lugar a un desigual trato legislativo, como así
se evidencia en el periodo preconstitucional.
Estos planteamientos respecto a la población india se han de realizar
también para otros colectivos que llegaron hasta el Nuevo Mundo y
que se adaptaron, a duras penas por razones estrictamente legales, en
el complejo poblacional. Las dificultades para una integración plena
obligaron a aquellas gentes a adoptar actitudes esquivas con el fin de
disimular y esconder su identidad. El disimulo fue una actitud personal
constante en todos los territorios indianos, y objeto de conocimiento por
la actuación de los familiares inquisitoriales y denuncia ante los oficiales
reales y miembros del clero, principalmente; y, en menor medida, por
denuncia también de algunos vecinos y conocidos. Pero este tema,
amplio y complejo, queda al margen de este estudio por haberlo
desarrollado en otra publicación; no obstante, ha servido de argumento
para el presente texto. Este trabajo centra su atención en las «calidades
y qualidades» de los indios americanos que constituyeron el imaginario
de quienes, durante siglos, lucharon por sí mismos, y con el apoyo de
algunos individuos, al servicio de los intereses de la monarquía española,
en defensa de la identidad y personalidad jurídica de la población india
americana. Aquellos conceptos fueron los que condicionaron el respeto
a sus personas, minusvaloraron sus capacidades y confundieron a los
españoles en muchas ocasiones sobre la identidad de los sujetos con los
que convivían; a veces involuntariamente, pero otras muchas, como
reflejan las fuentes, no bien intencionados.
La finalidad es mostrar cómo la terminología, consignada tanto en
la legislación como en los documentos de aplicación del derecho y
en los informes elaborados al servicio de los intereses institucionales,

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