ACUERDO Nº 031-2010-GR.CAJ-CR - Conceden licencia a Presidente del Gobierno Regional para participar en las Elecciones Regionales

Fecha de disposición14 Julio 2010
Fecha de publicación14 Julio 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 14 de julio de 2010
422202
E)18 F)V1:N8268 E596 V2:N8267 E596 V3:N8267
E595 V4:N8268 E595 18.-A)KOKIN 7 B)540015609
C)CASTILLO CASTILLO SARA MILAGROS D)087-
2010-GRA/GREM 30/06/10 E)18 F)V1:N8309 E536 V2:
N8308 E536 V3:N8308 E535 V5:N8309 E535 19.-A)EL
PUMA 3 2008 B)540001608 C)EL PUMA TORCONTA
S.R.L. D)088-2010-GRA/GREM 30/06/10 E)19 F)V1:
N8201 E195 V2:N8199 E195 V3:N8199 E193 V4:N8201
E193 20.-A)AURIFERA ATAHUALLPA II B)540008609
C)S.M.R.L. AURIFERA ATAHUALLPA D)089-2010-GRA/
GREM 30/06/10 E)18 F)V1:N8258 E693 V2:N8257 E693
V3:N8257 E691 V4:N8258 E691 G)V1:N8257675.95
E693 V2:N8257794.49 E691 V3:N8258 E691 V4:N8258
E693 21.-A)GUILLERMO 01 B)010422806 C)MINERA
DYNACOR DEL PERU S.A.C. D)090-2010-GRA/GREM
30/06/10 E)18 F)V1:N8260 E760 V2:N8260 E761 V3:
N8259 E761 V4:N8259 E760 G)V1:N8260 E 760073.31V2:
N8259 E760856.47 V3:N8259 E760 V4:N8260 E760
Regístrese y publíquese.
ALBERTO BUTRON FERNÁNDEZ
Gerente Regional
Gerencia Regional de Energía y Minas
517872-1
GOBIERNO REGIONAL
DE CAJAMARCA
Conceden licencia a Presidente del
Gobierno Regional para participar en
las Elecciones Regionales
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 031-2010-GR.CAJ-CR
Cajamarca, 4 de junio de 2010
El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca,
en su Sesión Ordinaria de fecha 04 de junio del año 2010;
VISTO Y DEBATIDO el Of‌i cio Nº 257-2010-GR.CAJ/P,
presentado por el Presidente del Gobierno Regional
Cajamarca, Econ. Jesús Coronel Salirrosas, con el que
solicita licencia sin goce de haberes por cuanto manif‌i esta
su intención de participar en las próximas Elecciones
Municipales y Regionales Programadas para el día 03 de
Octubre del año 2010, con el voto mayoritario del Pleno,
dispensa del dictamen correspondiente; y,
CONSIDERANDO:
modif‌i cada por la Ley Nº 29470, en su artículo 14º
numeral 4, literal a) señala que “no pueden ser candidatos
en las elecciones de gobiernos regionales los siguientes
ciudadanos….Salvo que soliciten licencia sin goce
de haber ciento veinte (120) días antes de la fecha de
elecciones los presidentes y vicepresidentes regionales
que deseen postular a cualquier cargo de elección
regional…”;
- Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional
del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante
Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, en el
artículo 47º in f‌i ne, referido a los Dictámenes, establece
que “se exceptúa de dictamen aquellos Acuerdos de
Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona
(permisos debidamente justif‌i cados por los Consejeros
Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional)
o que estén referidos a saludos que se realizan a otras
instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y
complejidad no ameriten informes técnicos, quedando a
criterio de la Mesa Directiva determinarlo”;
- Que, mediante Of‌i cio Nº 0004-2010-DCGI/JNE, de
fecha 07 de enero del año 2010, la Directora Central de
Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones,
hizo de conocimiento del Consejero Delegado que
conforme a la Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-
CR, último párrafo de la; parte considerativa publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano, el 30 de mayo de 2008,
la designación del Consejero Delegado para asumir
el Despacho Presidencial del Gobierno Regional de
Cajamarca, en ausencia o impedimento simultáneo del
presidente y vicepresidente Regional, es un acto que
ya ha sido sometido a evaluación y acuerdo por parte
del Pleno del Consejo Regional, en su sesión ordinaria
realizada el 09 de mayo de 2008, tan como usted podrá
apreciar en el artículo Nº 12.2 del Reglamento Interno del
Consejo Regional de Cajamarca;
- Que, mediante Of‌i cio Nº 257-2010-GR.CAJ/P, de
fecha 04 de junio del año 2010, el Presidente del gobierno
Regional Cajamarca, Econ. Jesús Coronel, remite y
hace de conocimiento del Presidente del Consejero
Regional, Ing. Wilson Flores Castillo y demás miembros
del Consejo Regional, que ante su decisión de participar
en las próximas Elecciones Municipales y Regionales
programadas para el día 03 de Octubre del año en curso,
de conformidad al artículo 14º, numeral 4, inciso a, de la
por la Ley Nº 29470, solicitó se le otorgue Licencia Sin Goce
de Haberes que a su derecho asiste por el plazo de ley.
También manifestó tener en cuenta, que en la actualidad
en el Poder Legislativo, se encuentra en agenda para su
debate y votación en el próximo Pleno del Congreso de la
República, una propuesta legislativa del Poder Ejecutivo
tendiente a modif‌i car el inciso a, del numeral 4, del artículo
14 de la Ley de Elecciones Regionales, en lo concerniente
a la reducción del plazo de la licencia establecida,
en caso de ser aprobada dicha iniciativa legislativa la
licencia peticionada deberá entenderse automáticamente
adecuada a dicha modif‌i cación;
Estando a las atribuciones conferidas por la Ley
de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases
Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los
Gobiernos Regionales Nº 27867, modif‌i cada por las Leyes
Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento
Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca,
aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJ-
CR; el Pleno del Consejo Regional acordó:
Primero.- CONCEDER licencia sin goce de
remuneraciones al señor Presidente del Gobierno Regional
Cajamarca, Econ. Jesús Coronel, del 04 de junio al 03 de
octubre del presente año, por cuanto estará participando
en las próximas Elecciones Municipales y Regionales
programadas para el día 03 de Octubre del año en curso,
de conformidad al artículo 14º, numeral 4, inciso a, de la
por la Ley Nº 29470. Dicha Licencia será adecuada en
caso se produzca modif‌i caciones legislativas respecto
al literal a) del numeral 4 del artículo 14º de la Ley de
Elecciones Regionales, en lo concerniente a la reducción
del plazo de la licencia establecida.
Segundo.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia
Regional con las prerrogativas y atribuciones propias del
cargo al señor Consejero Delegado Ing. Wilson Nicolás
Flores Castillo, en mérito al artículo Nº 12.2 del Reglamento
Interno del Consejo Regional de Cajamarca, por el tiempo
que dure la investigación del señor Vicepresidente Regional
de Cajamarca.
Tercero.- DISPONER que la Gerencia General
Regional a través de la Dirección Regional de
Administración proceda a la publicación del presente
Acuerdo en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Diario de
Mayor Circulación de la Región Cajamarca.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
WILSON NICOLÁS FLORES CASTILLO
Consejero Delegado
Pdte. Consejo Regional
517763-1

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