Breyer y Scalia conversan acerca de la Constitución (primera parte)

Autor1.Stephen Breyer - 2.Antonin Scalia
Cargo1. Associate Justice de la Corte Suprema de los Estados Unidos desde 1994. - 2. Associate Justice de la Corte Suprema desde 1986.
Páginas9-19

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MODERADORA: Bueno, en primer* lugar es un honor para mi estar aquí.

Pensé que1podríamos comenzar2con una especie3 de mirada retrospectiva. Quisiera traer a colación esta famosa historia sobre estos dos antiguos titanes del Derecho, el Justice Hand y el Justice Holmes. Ambos estaban almorzando y Holmes estaba apunto de retirarse cuando Hand le dice: “Adiós; y haga justicia, señor, haga justicia”. Holmes detuvo su carruaje y le respondió: “No es mi trabajo hacer justicia, mi trabajo es aplicar la ley”4.

Justice Breyer, ¿es usted Holmes o Hand?

BREYER: En realidad, estaría contento de ser cualquiera de ellos… (risas).

La respuesta corta es que cuando tenemos casos ante nosotros tratamos de aplicar la ley y obtener la respuesta correcta al caso. Y, por su puesto, creo que ambos creemos que el objetivo último de la ley es satisfacer un deseo humano que tiene diez mil o veinte dos mil años de antigüedad. La gente por supuesto que quiere justicia... “Justicia... Justicia” es lo que debes perseguir… También creen que la ley los va a ayudar a alcanzar ese básico y noble objetivo. Ambos sabemos cuál es ese noble objetivo. Ambos sabemos también que no podemos alcanzar ese resultado determinando “intuitivamente” la respuesta al caso; pero no olvidamos cuál es el objetivo último.

MODERADORA: Justice Scalia, ¿qué piensa usted?, ¿Holmes se sentiría representado en esas ideas?

SCALIA: Yo soy Holmes... (risas).

Quisiera hacer referencia uno de los casos que tuve en los últimos veinte años, en el cual sentí que la justicia no sería realmente atendida si yo fuera el último árbitro de lo que la justicia es.

Existe un ámbito de la legislación diseñado para preservar la integridad de las tribus originarias de EEUU, la cual prescribe que ningún niño miembro de cualquier tribu puede ser adoptado por personas ajenas a la tribu, sin la autorización del Consejo Tribal. Bien, un joven y una joven indios tenían un niño, no estaban casados, y decidieron dar al niño en adopción por una buena “retribución” de trabajo y tierra. Posteriormente solicitaron que se les devuelva el niño luego que éste pasara dos o tres años con sus padres adoptivos, dueños de un rancho.

El asunto estaba claro, el niño tenía que volver con la tribu si el Consejo Tribal así lo decidía, y nosotros decidimos de esa manera, porque la normatividad era clara respecto a lo que debía hacerse. Ahora, yo no creo que haya sido la manera en que las cosas debieron terminar. Creo que los padres del niño querían que estuviese con alguien que ellos pensaban que se ocuparía mejor de su hijo. Asunto que concierne a ellos y no al Consejo Tribal.

Sin embargo, no es mi trabajo decir lo que es justo y lo que no lo es; mi trabajo es interpretar la ley aprobada por los representantes de la población, de la manera más fiel posible, y la única interpretación ajustada a la ley en este caso, era que se produzca ese resultado.

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Ahora bien, yo diría que me siento diferente si juzgo en una corte de primera instancia, ésta está mucho más interesada en lo que se refiere a los resultados en casos particulares. En el momento en que se llega a un tribunal de apelación (y los abogados saben esto) a uno no le preocupa mucho el caso particular; yo no me preocupo por darle el mejor resultado a un caso porque se debe tomar en cuenta el costo de generar resultados funestos en un centenar de otros casos, y es que eso es lo que hace un tribunal de apelación, fija principios que rigen un número significativo de casos, no solo uno. En una corte de apelación estoy preocupado en crear un principio que produzca justicia en un gran número de casos posteriores.

Entonces, el punto está en que la sentencia producirá un principio jurídico que debe buscar la interpretación más ajustada de las normas que se expandirá a lo largo de un gran número de casos en que ésta se aplicará.

Por otro lado, a propósito de esto, ustedes saben que existe una gran cantidad de maneras exentas de control en las que un juez de distrito puede llegar al resultado que quiera... (risas).

MODERADOR: Justice Breyer, ¿alguna vez ha tenido un caso donde la ley haya producido un resultado que le parezca personalmente repugnante?

BREYER: ¡Qué tal ley tendría que ser esa!... (risas).

No se me ocurre una en particular, creo que aquello no ocurre muy a menudo.

Creo que normalmente las personas no comprenden que nos encontramos en un Tribunal particular en el cual nosotros decidimos, y quiero hacer hincapié en esto, decidimos con efectos en trescientos millones de personas, y si uno trata de preocuparse por los efectos en solo dos personas que están frente al Tribunal, puede fácilmente equivocarse respecto a los otros doscientos noventa y nueve millones, y eso es particularmente importante...

Ahora bien, creo que lo que normalmente ocurre en nuestro Tribunal, y otros tribunales de apelación, es que el problema que tenemos ante nosotros es, en realidad, uno en el que no se tiene una respuesta clara, lo cual nos divide, cinco contra cuatro, siete contra dos, ocho contra uno o cualquier fórmula; y no hay unanimidad en el cuarenta por ciento de las veces. Se comienzan a asimilar otras perspectivas, y “el cinco contra cuatro” alcanza un veinte por ciento de las veces, y no son siempre los mismos cinco contra los mismos cuatro; y la razón es que normalmente hay palabras dentro de las normas en las cuales la interpretación constitucional es realmente abierta.

A propósito, veamos los precedentes, ¿los precedentes deciden que es lo que se está haciendo en nuestro tribunal?, ¿el idioma es el referente? No se mencionan ninguna de las evidentes herramientas que tenemos a la mano.

Cuando tienes estas “palabras oscuras”... estoy pensando por ejemplo en un caso de interpretación absolutamente abierta respecto a lo que realmente quería decir la norma. Habían dos formas de interpretar la norma, la primera cerraba la puerta del habeas corpus5 a muchos presos quePage 11−yo consideraba− no habían hecho nada que ameritara cerrarles esa opción; y la otra mantenía la puerta abierta. Yo opté por la última opción, ya que en mi opinión es un hecho que, en un país con tradiciones jurídicas para todos y que busca mantener la puerta del habeas corpus abierta, incluso para los detenidos; sea así. Esto no se deduce del texto, no se deduce de los precedentes… con el significado adoptado por el Congreso a partir de la lectura del texto; entonces se interpreta de acuerdo con las tradiciones, y creo que este es un ejemplo de que algo así como una base de tradiciones jurídicas producen “justicia” para las personas, influyen en la interpretación de un juez, de un lenguaje abierto, e incluso en un tribunal de apelación.

SCALIA: Conozco el caso al que te refieres. A mi me pareció que el lenguaje era bastante claro... (risas)

BREYER: Creo que lo que se discutía era el uso del procedimiento del Estado “u otros procedimientos paralelos”. Y el cuestionamiento se hallaba en si la palabra “otros”: significa “otros procedimientos del Estado”, u “otros estados y procedimientos federales”.

Yo diría que la palabra “otros” −por sí misma− no es tan clara... (risas).

MODERADORA: Creo que podríamos pasar de tema, estamos siendo demasiado abstractos...

SCALIA: Quisiera volver a la pregunta original. Sí, la gente está de acuerdo con Holmes, ellos no quieren que sus jueces simplemente apliquen sus propias nociones de lo que es una buena norma, sino más bien que sigan el mejor camino posible en base a lo que los ciudadanos han decidido a través de la Constitución y a través de las normas, de ser el caso.

De ello se deduce que no se puede juzgar a los jueces simplemente sobre la base de si te gusta o no el resultado del caso, que es normalmente lo que vas a encontrar en un periódico. No vas a encontrar la gimnasia argumentativa que el juez tiene que desarrollar para llegar a un resultado. Siempre nos vamos a topar con que el chico bueno ha ganado o que el chico malo ha ganado, y que esto nos inclina a afirmar que si ganó el bueno, hay excelentes jueces, y si ganó el malo, hay pésimos jueces; pero eso no es verdad, no se puede creer sin más que cada norma siempre va a producir un resultado “razonable”.

La regla ideal para el juez honesto es “Garbage in, garbage out”6. Se supone que debe interpretar las normas razonablemente, incluso si no está de acuerdo con el resultado, ya que no depende de él decidir qué es basura. Si se tiene en cuenta esto, deben ser más cuidadosos al decidir si criticar o no a los jueces sobre la base de si les gusta o no la decisión a la que llegan al resolver un caso.

MODERADORA: Temo no comprender... Justice Breyer, ¿está diciendo que no hay algún ningún caso que recuerde, desde que está en la Suprema Corte, donde usted personalmente ha estado en desacuerdo con el resultado, pero se sentía obligado por la ley?

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BREYER: Hay varios, y seguramente me pedirá comentar alguno, pero no podré hacerlo porque no he preparado una lista. Y usted tendrá que descubrir cuales son mirando la lista oficial de casos... y estoy seguro que si descubre uno donde el resultado sea horrible, probablemente estaré en desacuerdo,... (risas).

SCALIA: Apuesto a que lo hago más que tú... (risas).

BREYER: (...) y estamos en un terreno peligroso. De acuerdo a lo que mencionaba el Justice Scalia, en el último punto mencionó que las personas deben...

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