BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU RESOLUCION DIRECTORAL Nº 196-2007-BNP - Designan Directora General del Centro de Investigaciones y Desarrollo BibliotecolOgico de la Biblioteca Nacional del PerU RESOLUCION DIRECTORAL Nº 196-2007-BNP

Fecha de disposición21 Noviembre 2007
Fecha de publicación21 Noviembre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 21 de noviembre de 2007 357989
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
Ley Nº 26702 y sus modicatorias; y en virtud de la
facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005
del 25 de julio de 2005;
RESUELVE:
Artículo Único.- Cancelar el certicado de inscripción
Nº J-0500 de la empresa JUAN CARLOS FISHER TUDELA
CORREDORES DE SEGUROS E.I.R.L. en el Registro del
Sistema de Seguros de la Superintendencia de Banca,
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones - Sección II: De los Corredores de Seguros B:
Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de
Vida), por los motivos expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
134678-1
Autorizan al Banco Santander Perú S.A.
a efectuar el procesamiento principal
de su información en los Estados
Unidos Mexicanos
RESOLUCIÓN SBS Nº 1621- 2007
Lima, 13 de noviembre de 2007
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por Banco Santander S.A.
(Ex Banco Santander Central Hispano S.A.), organizador
responsable de la empresa bancaria Banco Santander Perú
S.A., para que se le autorice el procesamiento principal de
su información en la ciudad de Querétaro, de los Estados
Unidos Mexicanos, a cargo del proveedor América Latina
Tecnología de México S.A. de C.V - Altec México del Grupo
Santander y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución SBS Nº 006-2002 se
aprobó el Reglamento para la Administración de Riesgos
de Operación, en adelante el Reglamento;
Que, la Circular Nº G-105-2002 establece que las
empresas que deseen realizar su procesamiento principal
de datos en el exterior, deberán requerir la autorización
previa y expresa de esta Superintendencia, presentando,
para dicho efecto, la documentación que sustente la
forma en que la empresa asegurará el cumplimiento de lo
dispuesto en la Circular antes mencionada, y en la Primera
Disposición Final y Transitoria del Reglamento;
Que, mediante Resolución SBS Nº 1530 -2007 del
23 de octubre de 2007, se autorizó el funcionamiento de
Banco Santander Perú S.A. como empresa bancaria;
De acuerdo a lo informado por el Departamento de
Evaluación Bancaria “C” mediante Informe Nº 161-2007-
DEB “C” y el Departamento de Evaluación de Riesgos de
Operación mediante Informe Nº 88-2007-DERO;
Con la opinión favorable de las Superintendencias
Adjuntas de Banca y Micronanzas, de Asesoría Jurídica
y de Riesgos;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
Ley N° 26702 y modicatorias;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a Banco Santander
Perú S.A. a efectuar el procesamiento principal de su
información en la ciudad de Querétaro, de los Estados
Unidos Mexicanos, a cargo del proveedor América Latina
Tecnología de México S.A. de Capital Variable.- Altec
México.
Artículo Segundo.- Las modicaciones que se realicen
a los contratos, el cambio de proveedor, o la contratación de
nuevos servicios de procesamiento de datos en el exterior
deberán ser comunicadas a esta Superintendencia y estar
a satisfacción de ella.
Artículo Tercero.- La Unidad de Auditoría Interna del
Banco Santander Perú S.A., deberá realizar anualmente,
por lo menos, un examen a los servicios de procesamiento
de información que le serán provistos en el exterior, en los
términos señalados en la normativa vigente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FELIPE TAM FOX
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones
133823-1
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
AGENCIA PERUANA DE
COOPERACION INTERNACIONAL
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA
Nº 107-2007/APCI-DE
Fe de Erratas de la Resolución Directoral Ejecutiva
Nº 107-2007/APCI-DE, publicada en nuestra edición del
día 16 de noviembre de 2007.
DICE:
“Artículo Tercero.- DISPONER se efectúe la entrega
– recepción del cargo conforme a los procedimientos y
plazos de ley.”
DEBE DECIR:
“Artículo Segundo.- DISPONER se efectúe la entrega
– recepción del cargo conforme a los procedimientos y
plazos de ley.”
134709-1
BIBLIOTECA NACIONAL
DEL PERÚ
Designan Directora General del
Centro de Investigaciones y Desarrollo
Bibliotecológico de la Biblioteca
Nacional del Perú
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 196-2007-BNP
Lima, 8 de noviembre de 2007
EL SEÑOR DIRECTOR NACIONAL DE LA
BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ
CONSIDERANDO:
Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo
Público Descentralizado con autonomía técnica,
administrativa y económica, en concordancia con lo
establecido en el artículo 12º de la Ley Orgánica del
Ministerio de Educación aprobada por Decreto Ley
Nº 25762 y el artículo 4º del Reglamento de Organización
y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado

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