CIRCULAR Nº 030-2010-BCRP - Establecen porcentajes operativos máximos para los límites de inversión generales para los fondos administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

Fecha de publicación15 Septiembre 2010
Fecha de disposición15 Septiembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 15 de setiembre de 2010
425828
CONSIDERANDO:
Que, se ha recibido invitación del Banco de Pagos
Internacionales (BIS) y del Banco Central de Brasil para
participar en el Working Party on Monetary Policy in Latin
America, que se realizará en Río de Janeiro, Brasil, del 30
de septiembre al 1 de octubre;
Que, la f‌i nalidad del Banco Central de Reserva del
Perú es preservar la estabilidad monetaria;
Que, entre las funciones de la Gerencia Central de
Estudios Económicos está la de emitir opinión técnica
sobre materias económicas en el ámbito macroeconómico,
proponer las metas, políticas, estrategias y acciones
en los campos que le corresponden al Banco y
representarlo en exposiciones y seminarios en el campo
macroeconómico;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619
y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, y estando a lo
acordado por el Directorio en su sesión del 5 de agosto
de 2010;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del
señor Adrián Armas Rivas, Gerente Central de Estudios
Económicos, en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, del 29
de septiembre al 1 de octubre y al pago de los gastos, a
f‌i n de que participe en la reunión mencionada en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será
como sigue:
Pasaje: US$ 627,99
Viáticos: US$ 600,00
Tarifa Única Uso Aeropuerto: US$ 31,00
---------------------------
TOTAL US$ 1258,99
Artículo 3°.- La Presente Resolución no dará
derecho a exoneración o liberación del pago de derechos
aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
JULIO VELARDE
Presidente
542996-1
Establecen porcentajes operativos
máximos para los límites de inversión
generales para los fondos administrados
por las Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones
CIRCULAR Nº 030-2010-BCRP
Límites de inversión generales para los fondos
administrados por las Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones
CONSIDERANDO:
Que el Directorio del Banco Central de Reserva del
Perú, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
25°-D del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema
Privado de Administración de Fondos de Pensiones
acuerdo con las modif‌i caciones realizadas por la Ley No.
27988, y contando con la opinión de la Superintendencia
de Banca, Seguros y AFP, ha aprobado elevar el límite
de inversión que realicen los fondos de pensiones
administrados por las Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones en instrumentos emitidos por
Gobiernos, entidades f‌i nancieras y no f‌i nancieras cuya
actividad económica mayoritariamente se realice en el
exterior.
SE RESUELVE:
Establecer los siguientes porcentajes operativos
máximos para los límites de inversión generales y el
sublímite de instrumentos emitidos o garantizados por el
Estado Peruano (en porcentaje del valor del Fondo):
I. Límites de Inversión Generales
a. Instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano 30%
b. Instrumentos emitidos o garantizados por el Banco Central
de Reserva del Perú 30%
c. La suma de las inversiones a que se ref‌i eren los incisos
a y b precedentes 40%
d. Instrumentos emitidos por Gobiernos, entidades f‌i nancieras
y no f‌i nancieras cuya actividad económica mayoritariamente
se realice en el exterior 30%
II. Sublímite
Instrumentos emitidos o garantizados por el Estado
Peruano (Inciso a):
. Bonos Brady 10%
La presente Circular entra en vigencia a partir del día
de su publicación en el diario of‌i cial El Peruano, y deja sin
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Lima, 14 de setiembre de 2010
RENZO ROSSINI MIÑÁN
Gerente General
543704-1
OFICINA NACIONAL DE
PROCESOS ELECTORALES
Designan responsables de ingresar
y publicar la información del
TUPA de la ONPE en el Portal de
Servicios al Ciudadano y Empresas,
así como de la actualización de la
información contenida en el Portal de
Transparencia
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 159-2010-J/ONPE
Lima, 10 de septiembre del 2010
VISTOS; el Informe N° 161-2010-OGC/ONPE
de la Of‌i cina General de Comunicaciones e Imagen
Institucional, y el Informe N° 219-2010-OGAJ/ONPE de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 5° del Texto
Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, Ley N° 27806, aprobado por
Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, las entidades de la
administración pública, sometidas al principio de publicidad,
difundirán a través de Internet información relacionada a su
organización, marco legal a la que está sujeta, información
presupuestal, partidas salariales, benef‌i cios del personal
y remuneraciones, las adquisiciones de bienes y servicios
indicando montos comprometidos, cantidad, calidad y los
nombres de los proveedores, las actividades of‌i ciales de
los funcionarios y toda aquella información adicional que
la entidad considere pertinente;
Que, asimismo, de conformidad con el artículo 4° del
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 072-2003-PCM, las entidades deberán designar a los
funcionarios responsables de entregar información y a los
responsables de la elaboración y actualización del Portal;
designación que se realizará mediante resolución de la
máxima autoridad de la entidad y se publicará en el Diario
Of‌i cial El Peruano; debiéndose, adicionalmente, colocar
copia de la Resolución de designación en lugar visible en
cada una de sus sedes administrativas;

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