RESOLUCION Nº 031-2010-BCRP - Autorizan viaje de funcionaria para participar en la Conferencia de Monedas y Billetes que se realizará en Argentina

Fecha de publicación29 Abril 2010
Fecha de disposición29 Abril 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 29 de abril de 2010
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de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando
se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el
Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir
plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y
nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”.
Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma
antes referida, se desprende que en adelante se denominará
como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que
antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la
nomenclatura y las características de los antes denominados
Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la
“Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma
antes acotada, establece requisitos para el nombramiento
de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo
reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos
formales se encontrarían en implementación por parte
de los entes encargados de ello; razón por la cual, la
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante
la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos
órganos jurisdiccionales de éste Distrito Judicial, se ve
en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de
reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como
magistrado, con la f‌i nalidad de brindar un adecuado servicio
de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada
la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta
solución de sus conf‌l ictos judicializados, debido a falencias
de orden meramente formal.
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es
la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su
cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con
el objeto de brindar un ef‌i ciente servicio de administración
de justicia en benef‌i cio de los justiciables; y en virtud a
dicha atribución, se encuentra facultado para designar,
reasignar, ratif‌i car y/o dejar sin efecto la designación de
los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que
están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.
Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º
y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CONCEDER a la doctora ZOILA
MARIANELA GARCÍA HUAMÁN, Juez Supernumeraria
del Cuarto Juzgado de Paz Letrado de Villa María del
Triunfo, licencia por vacaciones, a partir del 03 al 09 de
mayo del presente año.
Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora
ANTARKYSHA ELIZABETH GRAJEDA SOUZA, como
Juez Supernumeraria del Cuarto Juzgado de Paz Letrado
de Villa María del Triunfo, a partir del 03 al 09 de mayo del
presente año.
Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Of‌i cina de
Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder
Judicial, de la Of‌i cina de Administración Distrital, Of‌i cina
de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de
los Magistrados para los f‌i nes pertinentes.
Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.
CÉSAR JAVIER VEGA VEGA
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima
487201-1
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionaria para
participar en la Conferencia de
Monedas y Billetes que se realizará en
Argentina
RESOLUCION DE DIRECTORIO
N°031-2010-BCRP
Lima, 27 de abril de 2010
CONSIDERANDO:
Que, se ha recibido invitación del Currency Research
USA Corp. para participar en la Conferencia de Monedas
y Billetes, que se realizará en Buenos Aires, Argentina, del
9 al 12 de mayo;
Que, es política del Banco Central de Reserva del Perú
mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos
fundamentales relacionados con la f‌i nalidad y funciones
del Banco Central;
Que, para el cumplimiento del anterior considerando,
la Gerencia de Gestión del Circulante tiene entre sus
objetivos asegurar el volumen de circulante para cubrir
el requerimiento de la actividad económica del país,
poniendo en circulación y retirando los billetes o monedas
metálicas que aprueba el Directorio; custodia los valores
de propiedad del Banco o de terceros;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619
y el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, y estando a lo
acordado por el Directorio en su sesión de 4 de marzo
de 2010;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de la
señora Silvia Mejía Salviati, Jefe del Departamento de
Análisis del Circulante de la Gerencia de Gestión del
Circulante, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 9 al
12 de mayo y al pago de los gastos, a f‌i n de que intervenga
en el certamen indicado en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será
como sigue:
Pasajes US$ 507,35
Viáticos US$ 800,00
Tarifa Única de uso de Aeropuerto US$ 31,00
TOTAL US$ 1338,35
Artículo 3°.- La presente Resolución no dará
derecho a exoneración o liberación del pago de derechos
aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.
JULIO VELARDE
Presidente
487292-1
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Delegan facultades de inscribir
movimientos regionales y
organizaciones políticas locales de
alcance provincial y distrital, así como
otras facultades, a diversos ciudadanos,
para el proceso de Elecciones Regional
y Municipales del año 2010
REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS
RESOLUCIÓN Nº 076-2010-ROP/JNE
Lima, 20 de abril de 2010
CONSIDERANDO:
Que, el Jurado Nacional de Elecciones mantiene y
custodia el Registro de Organizaciones Políticas, y vela
por el cumplimiento de las normas que regulan a éstas, de
conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo
178º de la Constitución Política del Perú, así como el literal
e) del artículo 5º de su Ley Orgánica - Ley Nº 26486;
Que, a través de la inscripción ante el Registro
de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de
Elecciones, los partidos políticos, movimientos regionales
y organizaciones políticas locales adquieren personería
jurídica y el derecho de presentar candidatos a cargos

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