RESOLUCION Nº 17063-2010 - Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. la apertura de oficina especial en el Cercado de Lima
Fecha de disposición | 25 Diciembre 2010 |
Fecha de publicación | 25 Diciembre 2010 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 25 de diciembre de 2010 431705
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Continental
para que esta Superintendencia autorice la apertura
de una Agencia, según se indica en la parte resolutiva;
y,
CONSIDERANDO:
Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la
documentación pertinente que justifi ca la apertura de las
referidas agencias;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “B”, mediante el Informe Nº 231-
2010-DSB “B”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de
la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en
uso de las facultades delegadas mediante la Resolución
SBS Nº 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar al Banco Continental
la apertura de una Agencia ubicada en la Habilitación
Urbana Centro Poblado de Servicios Básicos El Pedregal,
MZ G Lote 2, distrito de Majes, provincia de Caylloma y
departamento de Arequipa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE
Intendente General de Banca
582179-1
Autorizan a El Pacífico Vida
Compañía de Seguros y Reaseguros
la comercialización de productos
de Seguros a través de los canales
“Comercializadores” y “Sistemas de
comercialización a distancia”
RESOLUCIÓN SBS Nº 17050-2010
Lima, 14 de diciembre de 2010
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por EL PACÍFICO VIDA
COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS para que
se el autorice comercializar productos de seguros a través
del canal “Comercializadores”; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 2996-2010, de
fecha 25 de marzo de 2010, se aprobó el Reglamento
Marco de Comercialización de Productos de Seguros,
que establece las normas a las que deberán sujetarse
las empresas aseguradoras para la comercialización de
productos de seguros;
Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a
este órgano de control la documentación señalada en el
Procedimiento Nº 144 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA, aprobado por Resolución SBS Nº
131-2002;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión del Sistema de Seguros “A”, mediante Informe
Nº 094-2010-DSSSA; y,
De conformidad con lo dispuesto en numeral 12 del
Reglamento Marco de Comercialización de Productos de
Seguros;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a EL PACÍFICO
VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS la
comercialización de productos de seguros a través del
canal “Comercializadores”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
581861-1
RESOLUCIÓN SBS Nº 17051-2010
Lima, 14 de diciembre de 2010
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por EL PACÍFICO VIDA
COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS para que
se le autorice comercializar productos de seguros a través
del canal “Sistemas de comercialización a distancia”; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 2996-2010, de
fecha 25 de marzo de 2010, se aprobó el Reglamento
Marco de Comercialización de Productos de Seguros,
que establece las normas a las que deberán sujetarse
las empresas aseguradoras para la comercialización de
productos de seguros;
Que, la citada empresa ha cumplido con remitir a
este órgano de control la documentación señalada en el
Procedimiento Nº 146 del Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA, aprobado por Resolución SBS Nº
131-2002;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión del Sistema de Seguros “A”, mediante Informe
Nº 095-2010-DSSSA; y,
De conformidad con lo dispuesto en numeral 28 del
Reglamento Marco de Comercialización de Productos de
Seguros;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a EL PACÍFICO
VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS la
comercialización de productos de seguros a través del
canal “Sistemas de comercialización a distancia”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
581860-1
Autorizan al Banco Falabella Perú S.A.
la apertura de oficina especial en el
Cercado de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 17063-2010
Lima, 15 de diciembre de 2010
EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Falabella Perú
S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura
de una ofi cina especial, según se indica en la parte
resolutiva; y,
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