RESOLUCION Nº 020-024-0000037/SUNAT - Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lima

Fecha de publicación02 Noviembre 2008
Fecha de disposición02 Noviembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 2 de noviembre de 2008 382749
Ley Nº 26361, las Bolsas de Productos, las Cámaras
de Compensación, los Corredores de Productos, los
Operadores Especiales, así como las operaciones que se
realicen en este mecanismo están sometidos al control
y supervisión de la Comisión Nacional Supervisora de
Empresas y Valores - CONASEV;
Que, los artículos 3º y 4º del Reglamento de Corredores
de Productos y Operadores Especiales aprobado por
Resolución CONASEV Nº 576-97-EF/94.10, así como
el Texto Único de Procedimientos Administrativos de
CONASEV aprobado mediante Decreto Supremo Nº 056-
2002-EF (Tupa Conasev), establecen los requisitos que
se deben acompañar a la solicitud de organización de una
sociedad corredora de productos;
Que, el señor Luis Enrique Arteaga Ruiz y Corporación
Geco S.A.C. (Los Organizadores), han solicitado
se les autorice a organizar la empresa denominada
Perucommodities Sociedad Corredora de Productos S.A.,
para operar en la Bolsa de Productos del Perú S.A.;
Que, de la evaluación a la documentación e
información presentada por Los Organizadores para
obtener la autorización solicitada, se ha determinado que
éstos han cumplido con los requisitos establecidos en el
citado Reglamento de Corredores de Productos y en el
Tupa Conasev; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley sobre
Bolsas de Productos, artículos 4º y 5º del Reglamento de
Corredores de Productos y Operadores Especiales; así
como a lo señalado por el literal i) inciso d) del artículo
28 del Reglamento de Organización y Funciones de
CONASEV;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar al señor Luis Enrique Arteaga
Ruiz y Corporación Geco S.A.C., representada por
los señores Eduardo Adrían Noriega Hoces y Luis
Fernando Quispe Macalupú, la autorización de
organización de la sociedad corredora de productos a
ser denominada Perucommodities Sociedad Corredora
de Productos S.A.
Artículo 2º.- La presente resolución no autoriza
el inicio de actividades como sociedad corredora de
productos hasta que CONASEV expida la autorización de
funcionamiento respectiva.
Artículo 3º.- La presente resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal
de CONASEV.
Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución al señor
Luis Enrique Arteaga Ruiz, a Corporación Geco S.A.C., y
a la Bolsa de Productos del Perú S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABIOLA TELLO LAS HERAS
Directora de Mercados Secundarios (e)
269199-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de la
Intendencia Regional Lima
INTENDENCIA REGIONAL LIMA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 020-024-0000037/SUNAT
Lima, 20 de octubre de 2008
CONSIDERANDO:
Que, es necesario designar a un nuevo Auxiliar
Coactivo de la Intendencia Regional Lima para garantizar
el normal funcionamiento de su cobranza coactiva;
conforme al artículo 114° del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 135-99-EF y modif‌i catorias, se establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de Auxiliar Coactivo; habiendo el personal propuesto
presentado una Declaración Jurada manifestando reunir
los requisitos antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la
Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia
N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de
Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana
Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión
de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales
Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas
desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la
SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia,
a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares
Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una
de esas Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT.
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como auxiliar coactivo de
la Intendencia Regional Lima, al funcionario que se indica
a continuación :
Registro Apellidos y Nombres
1 6935 AZAÑERO ALVAREZ FRANKLIN
Regístrese, comuníquese y publíquese.
C. HARALDO CRUZ NEGRÓN
Intendente Regional
Intendencia Regional Lima
272254-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
CIENEGUILLA
Autorizan celebración del “II
Matrimonio Civil Masivo”
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 003-2008-A-MDC
Cieneguilla, 24 de octubre del 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CIENEGUILLA.
VISTO:
El Informe Nº 190-2008-GSCYRC/MDC, de fecha 18 de
octubre del 2008 de la Gerencia de Servicios Comunales
y Registro Civil y el Informe Nº 327-2008-GAJ-MDC, de la
Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 4º de la Constitución Política del
Perú, es obligación del estado promover y proteger a la

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