DECRETO SUPREMO N° 160-2011-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil

Fecha de disposición24 Agosto 2011
Fecha de publicación24 Agosto 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 24 de agosto de 2011
448880
Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al Ingeniero
José Eduardo Torres Vega en el cargo de Director de
Logística de la Dirección General de Administración del
Ministerio de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL MORA ZEVALLOS
Ministro de Defensa
681616-1
Autorizan ingreso al territorio peruano
de personal militar de Colombia, Brasil,
Uruguay y Chile
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 863-2011/DE/SG
Lima, 23 de agosto de 2011
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímiles (DSD) Nº 516, 517, 519 de fecha
4 de agosto de 2011 y Nº 535 del 10 de agosto de 2011, el
Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones
Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso
de personal militar de la República de Colombia, República
Federativa de Brasil, la República Oriental del Uruguay y la
República de Chile, respectivamente, sin armas de guerra;
Que, en el marco de los compromisos asumidos entre
el Cuerpo de Infantería de Marina de los Estados Unidos
de América con la Fuerza de Infantería Naval del Perú,
se llevará a cabo en nuestro país, la Conferencia de
Jefes de Infantería de Marina de las Américas, contando
con la participación de personal militar de la República
de Colombia, República Federativa de Brasil, República
Oriental del Uruguay y República de Chile;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento de
futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o
entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas
o para realizar visitas de coordinación o protocolares con
autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado
por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial,
con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en
un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la
resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial
de autorización debe especif‌i car los motivos, la relación
del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el
tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos
en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio
de Relaciones Exteriores”; y
Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del
Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de
requisitos para la autorización y consentimiento para el
ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República
y la Ley Nro. 28899 - Ley que modif‌i ca la Ley Nro. 27856;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano,
sin armas de guerra, a personal militar de la República
de Colombia, República Federativa de Brasil, República
Oriental del Uruguay y República de Chile, detallado a
continuación, para participar en la Conferencia de Líderes
de Infantería de Marina de las Américas 2011, a realizarse
entre el 27 de agosto al 3 de setiembre de 2011:
Colombia:
1. Capitán de Navío Rafael Poveda Romero
2. Capitán de Corbeta Miguel Zambrano Martínez
Brasil:
1. Almirante (FN) Marco Antonio Correa Guimaraes
2. Capitán de Corbeta (FN) Adilson Capucci Junior
Uruguay:
1. Capitán de Navío (CG) Gerardo Briguetti
2. Capitán de Corbeta (CG) Victor Heredia
Chile:
1. Contralmirante ( CH) Marco Amigo Jiménez
2. Teniente Primero (CH) Jose Blazquez Quevedo
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que dé
cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se
contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL MORA ZEVALLOS
Ministro de Defensa
681616-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2011 a favor del Pliego
Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO
Nº 160-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2011, se aprueba entre
otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de
Defensa Civil;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la
Ley Nº 29628 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2011, señala que en la
Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de
CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50
000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil
- INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año
Fiscal 2011, orientadas a brindar una respuesta oportuna
ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los
efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno
natural o antrópico, declarado por el organismo público
técnico-científ‌i co competente, y rehabilitar la infraestructura
pública;
Que, los literales b) y c) del primer párrafo de la Tercera
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, antes
citada, establecen que el Instituto Nacional de Defensa
Civil - INDECI es responsable por el adecuado uso de los
recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que
se ref‌i ere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio
de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
de Política de Inversiones - DGPI (ex Dirección General de
Programación Multianual del Sector Público - DGPM), dictar
los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad
del uso de dichos recursos;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Directiva Nº
002-2010-EF/68.01 - Directiva que establece los criterios
y procedimientos para el uso de los recursos a que se
ref‌i ere la Tercera Disposición Complementaria Final de
la Ley Nº 29628, aplicable para el año 2011 de acuerdo
con la Resolución Ministerial N° 040-2011-EF/15, señala
que es competencia del INDECI ser responsable por el
adecuado uso de los recursos antes señalados, así como
de solicitarlos a f‌i n de incorporarlos a su presupuesto y
transferirlos f‌i nancieramente;
Que, en aplicación de lo antes señalado el INDECI,
a través de los Informes Técnicos Nº 009-2011-INDECI/
DNPE/EPEFT y N° 009-2011-INDECI/14.0, ha determinado
la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de
CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 43 639,00), los cuales serán
transferidosf‌i nancieramente a la Municipalidad Distrital de San
Antonio de Antaparco (Provincia de Angaraes, Departamento
de Huancavelica) para el alquiler de maquinaria que permita la
recuperación de la plataforma de la trocha carrozable Puente
Laramate - Antaparco, afectada por las lluvias frecuentes
ocurridas el 12 de febrero de 2011, ocasionando rotura de la
plataforma y deslizamiento de tierra y lodo;
Que, el INDECI, mediante los Informes Técnicos Nº 010-
2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 010-2011-INDECI/14.0, ha
determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por
la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y

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