RESOLUCION N° 034-2011-EF/94.01.2 - Autorizan viaje de Superintendente del Mercado de Valores para participar en evento que se realizará en Trinidad y Tobago

Fecha de disposición16 Octubre 2011
Fecha de publicación16 Octubre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 16 de octubre de 2011
451744
de la Superintendencia del Mercado de Valores, de
acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes US$ 2 795,16
- Viáticos US$ 2 640,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios
deberán presentar al titular de la entidad un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje.
Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores
702640-1
Autorizan viaje de Superintendente del
Mercado de Valores para participar en
evento que se realizará en Trinidad y
Tobago
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE
Nº 034-2011-EF/94.01.2
Lima, 13 de octubre de 2011
LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE
VALORES
VISTO:
La carta del 07 de octubre de 2011, remitida por
The Trinidad and Tobago Securities and Exchange
Commission (TTSEC), invitando a la Superintendencia del
Mercado de Valores a la 8th Annual Caribbean Group of
Securities Regulators (CGSR) Meeting and International
Conference, que tendrá lugar del 24 al 27 de octubre de
2011 en Port of Spain, Trinidad y Tobago;
CONSIDERANDO:
Que, del 24 al 27 de octubre de 2011, se desarrollará, en
Port of Spain, Trinidad y Tobago, la 8th Annual Caribbean
Group of Securities Regulators (CGSR) Meeting and
International Conference, organizada por The Trinidad and
Tobago Securities and Exchange Commission (TTSEC);
Que, el evento contará con la participación de los
representantes de los diversos organismos reguladores
locales, regionales e internacionales;
Que, el tema que se desarrollará en la conferencia es
“Regulatory challenges in a time of f‌i nancial turbulence: The
way forward”, cuyos tópicos se encuentran relacionados
con los desafíos que enfrentan los organismos reguladores
en el entorno actual, las calif‌i caciones de riesgo de
acuerdo a la regulación f‌i nanciera y la evolución del papel
del auditor en el entorno f‌i nanciero actual, entre otros;
Que, a f‌i n de asegurar el cumplimiento de los objetivos
y metas de la Superintendencia del Mercado de Valores,
corresponde autorizar el viaje de la Superintendente del
Mercado de Valores, cuyos gastos serán cubiertos con
cargo al Presupuesto de la Superintendencia del Mercado
de Valores;
De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27619,
Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de
Servidores y Funcionarios Públicos, la Ley N° 29782, Ley de
Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, la
Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2011, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Lilian
Rocca Carbajal, Superintendente de la Superintendencia
del Mercado de Valores, a la ciudad de Port of Spain,
Trinidad y Tobago, del 23 al 28 de octubre de 2011,
para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la
presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto
de la Superintendencia del Mercado de Valores, de
acuerdo al siguiente detalle:
- Pasajes US$ 1 195,00
- Viáticos US$ 1 000,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria autorizada
según el artículo 1º de la presente resolución, deberá
presentar un informe detallado de las acciones realizadas
durante el viaje.
Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de
cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores
704322-1
Inscriben a Celfin Capital S.A.C. en
el Registro Público del Mercado de
Valores
RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES
Nº 74-2011-EF/94.06.3
Lima, 7 de octubre de 2011
VISTOS:
El expediente N° 2011031387 y el Informe Interno N°
643-2011-EF/94.06.3.1, del 07 de octubre de 2011, de la
Dirección de Emisores;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 28739, Ley que promueve el canje o
redención de las acciones de inversión, establece en su
artículo 7 que el valor de canje o redención de las referidas
acciones será determinado por las entidades valorizadoras
inscritas en el registro creado por la Superintendencia del
Mercado de Valores para tales efectos;
Que, mediante Resolución CONASEV N° 060-2006-
EF/94.10 se modif‌i có el Reglamento de Registro Público
del Mercado de Valores y se incorporó el Capítulo VII
referido a las Entidades Valorizadoras comprendidas en
la Ley Nº 28739 y se establecieron los requisitos que
deberán cumplir para obtener su inscripción como tales;
Que, Celf‌i n Capital S.A.C. ha solicitado su inscripción
en el Registro Público del Mercado de Valores como
entidad valorizadora comprendida en la Ley N° 28739,
Ley que promueve el canje o redención de las acciones
de inversión;
Que, de la evaluación de la documentación presentada
se ha determinado que Celf‌i n Capital S.A.C. ha cumplido
con presentar la información requerida por el Reglamento
del Registro Público del Mercado de Valores, así como por
el Reglamento del Sistema MVNet;
Que, el artículo 2, numeral 1, de las Normas Relativas
a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas
por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del
Mercado de Valores, establece que las autorizaciones
emitidas por la Superintendencia del Mercado de Valores
en el ejercicio de sus atribuciones deben ser difundidas a
través del Boletín de Normas Legales del Diario Of‌i cial El
Peruano y de la página web de la Superintendencia del
Mercado de Valores en internet; y,
Estando a lo dispuesto por la Primera Disposición
Complementaria Transitoria de la Ley N° 29782, el artículo
5º de la Resolución de Superintendente Nº 001-2011-
EF/94.01.1; el artículo 13 y siguientes del Texto Único

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