RESOLUCION JEFATURAL N° 381-2013-JNAC/RENIEC - Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Nangao, departamento de San Martín
Fecha de disposición | 18 Diciembre 2013 |
Fecha de publicación | 18 Diciembre 2013 |
El Peruano
Miércoles 18 de diciembre de 2013
509488
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registros del
Estado Civil de la Comunidad Nativa
Nangao, departamento de San Martín
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 381-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 17 de diciembre de 2013
VISTOS:
El Informe N° 000647-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC
(04NOV2013) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando N° 001083-2013/GRC/RENIEC
(19NOV2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe N° 000163-2013/GPRC/RENIEC (09DIC2013) de
la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, el artículo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece
que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber
una Ofi cina de Registros del Estado Civil. Asimismo, en
cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas,
el artículo 262° del Código Civil señala que éste puede
tramitarse y celebrarse ante un comité especial;
Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Comunidad Nativa Nangao, Distrito de
Alonso de Alvarado, Provincia de Lamas, Departamento
de San Martín; a la cual hacen referencia los informes
de vistos, ha formalizado su respectivo expediente de
incorporación de Ofi cina Registral, presentando incluso el
acta de conformación de comité especial a que se refi ere
el considerando precedente, habiendo sido califi cado
positivamente por la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles,
órgano técnico de Registros del Estado Civil; y por la
Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano
encargado de supervisar y controlar el proceso de
autorización de delegación de funciones de las Ofi cinas
de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y
Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a fi n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identifi cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de
la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº
124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por
el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-
2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la delegación de las funciones
registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y
q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante tal
delegación, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la
Comunidad Nativa Nangao, Distrito de Alonso de Alvarado,
Provincia de Lamas, Departamento de San Martín.
Artículo 2°.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado
Civil de la Comunidad Nativa señalada en el artículo 1°, queda
encargado de las funciones registrales cuya delegación
se autoriza; así como de las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante la delegación funcional
dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral
vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio
y Defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la
Comunidad Nativa Nangao, Distrito de Alonso de Alvarado,
Provincia de Lamas, Departamento de San Martín;
correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción
pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de
que el procedimiento registral se realice conforme a las
normas legales, reglamentarias y administrativas, que
regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1029286-7
MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncias, dan por concluidas
designaciones, designan y nombran
fiscales en diversos Distritos
Judiciales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4120-2013-MP-FN
Lima, 17 de diciembre del 2013
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante ofi cio N° 3589-2013-FS/CFEMA-FN, se
eleva la solicitud de renuncia formulada por el doctor JORGE
ENRIQUE CORREA ROBALINO, Fiscal Adjunto Provincial
Provisional del Distrito Judicial de Ucayali, designado en el
Despacho de la Primera Fiscalía Especializada en Materia
Ambiental del Distrito Judicial de Ucayali - sede Pucallpa,
por motivos personales, con efectividad a partir del 07 de
diciembre del 2013;
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo
previsto con el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada
por el doctor JORGE ENRIQUE CORREA ROBALINO,
como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito
Judicial de Ucayali y su designación en el Despacho de la
Primera Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del
Distrito Judicial de Ucayali - sede Pucallpa, materia de las
Resoluciones N° 748-2011-MP-FN y N° 2559-2012-MP-
FN, de fechas 10 de mayo del 2011 y 28 de setiembre del
2012, respectivamente, con efectividad a partir del 07 de
diciembre del 2013.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales
Superiores del Distrito Judicial de Ucayali, Coordinación
de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental,
Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano,
Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal
mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES
Fiscal de la Nación.
1029245-1
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 4121-2013-MP-FN
Lima, 17 de diciembre del 2013
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, mediante ofi cios N°10847-2013-MP-FN-PJFS-
DF-PUNO, N°1924 y 1941-2013-MP-PJFS-DF-SAN
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