DECRETO SUPREMO N° 194-2012-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Salud y los Gobiernos Regionales para la provisión de servicios en los establecimientos de salud a nivel nacional en el marco de los programas presupuestales del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012

Fecha de disposición29 Septiembre 2012
Fecha de publicación29 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 29 de setiembre de 2012 475545
mediante resolución, la desagregación de los recursos
autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel
programático, dentro de los cinco (05) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de
la resolución será remitida dentro de los cinco (05) días
de aprobada a los organismos señalados en el numeral
23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan
a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la
fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta
en anexos que forman parte de la presente norma, a
nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenéricas y
Específ‌i ca; y, se presentarán junto con la Resolución a la
que se hace referencia en el párrafo precedente.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General
de Presupuesto Público las codif‌i caciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas
de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.4 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los pliegos involucrados, instruirán a las unidades
ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que
hace referencia en el artículo 1° del presente decreto
supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad,
a f‌i nes distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Información
Las Municipalidades Distritales de Potoni y Asillo
informarán al Ministerio de Energía y Minas los avances
físicos y f‌i nancieros del “Estudio de factibilidad para la
construcción del Sistema de Irrigación Sapapujio II Etapa,
Distrito de Potoni-Azángaro-Puno” y del proyecto de inversión
pública “Mejoramiento de la colmatación del cauce de río
Crucero en los Sectores de Jila Central, Jila San Gerónimo,
Jila Huancasayani y Santa Cruz de Machariri, distrito de
Asillo – Azángaro – Puno”, de acuerdo a los requerimientos
que para el efecto le solicite dicho Ministerio.
Artículo 5º.- Del refrendo
El presente decreto supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de setiembre del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas
848083-2
Autorizan Transferencia de Partidas
a favor del Ministerio de Salud y los
Gobiernos Regionales para la provisión
de servicios en los establecimientos
de salud a nivel nacional en el marco
de los programas presupuestales del
Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2012
DECRETO SUPREMO
Nº 194-2012-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprueban los
presupuestos institucionales de los Pliegos 011 Ministerio
de Salud y 136 Instituto Nacional de Enfermedades
Neoplásicas;
Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2° de
la Ley Nº 29912, Ley que autoriza transferencia de
partidas en el presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2012, a favor del Ministerio de Salud y de
los Gobiernos Regionales para incrementar la provisión
de servicios en los establecimientos de salud a nivel
nacional en el marco de los programas presupuestales
y dicta otras medidas, se dispuso una transferencia de
partidas en el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2012 con cargo al pliego Ministerio de Salud,
a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por
la suma de TRESCIENTOS VENTICINCO MILLONES
TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VENTITRES
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 325 348 023,00), que
incluye recursos para ser ejecutados en el marco de los
programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud
Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis
y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis y
Enfermedades No Transmisibles;
Que, mediante el numeral 2.2 del artículo 2° de la Ley N°
29912, se dispone realizar una transferencia de partidas hasta
por la suma de TREINTA Y UN MILLONES SETECIENTOS
CUARENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 31 741 156,00), con el objeto
de ser ejecutados en el marco del programa presupuestal
Prevención y Control de Cáncer, correspondiéndole a
los Pliegos Gobiernos Regionales hasta la suma de
VENTISEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA
Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 26 381 155,00) y al Pliego 011
Ministerio de Salud hasta la suma de CINCO MILLONES
TRESCIENTOS SESENTA MIL UNO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 5 360 001,00);
Que, asimismo, en el numeral 2.3 del referido artículo
2º de la Ley Nº 29912, dispone que las transferencias
de partidas dispuestas en los numerales 2.1 y 2.2 del
mismo artículo, se realizarán mediante Decreto Supremo
refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por
la Ministra de Salud, a propuesta de esta última;
Que, mediante Of‌i cio N° 3047-2012-SG/MINSA, el
Ministerio de Salud solicita la aprobación del Decreto Supremo
que autorice la Transferencia de Partidas, hasta por la suma
de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES
OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 357 089 179,00), conforme
a la distribución por pliegos y unidades ejecutoras que
acompaña a su requerimiento;
Que, como parte del Of‌icio señalado en el
considerando precedente, se remiten el Informe N° 358-
2012-OGPP -OP/MINSA y el Informe N° 144-2012-OGPP-
OPE/INEN de las Of‌icinas Generales de Planeamiento y
Presupuesto del Ministerio de Salud y del Instituto Nacional
de Enfermedades Neoplásicas, respectivamente, en los
cuales los citados Pliegos manif‌i estan que cuentan con los
recursos respectivos en sus presupuestos institucionales,
para ser transferidos a favor de los establecimientos
de salud del pliego Ministerio de Salud y de los pliegos
Gobiernos Regionales, emitiendo la correspondiente
disponibilidad presupuestal;
De conformidad con el artículo 2° de la Ley Nº 29912, Ley
que autoriza transferencia de partidas en el presupuesto del
sector público para el año f‌i scal 2012 a favor del Ministerio
de Salud y de los Gobiernos Regionales para incrementar
la provisión de servicios en los establecimientos de
salud a nivel nacional en el marco de los programas
presupuestales y dicta otras medidas;
DECRETA:
Artículo 1º.- Transferencia de Partidas del
Ministerio de Salud
Autorízase al Pliego 011 Ministerio de Salud a
realizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por
la suma de TRESCIENTOS VEINTICINCO MILLONES
TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL VEINTITRES
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 325 348 023,00),
destinados al f‌i nanciamiento de la provisión de servicios
en los establecimientos de salud para las intervenciones
sanitarias nacionales en el marco de los programas

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